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	<title>Santiago Magni, Author at Radiomundo En Perspectiva</title>
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	<title>Santiago Magni, Author at Radiomundo En Perspectiva</title>
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		<title>Poder Ejecutivo prepara reglamentación que permitirá empezar a cobrar peaje ferroviario a operadores habilitados</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Santiago Magni]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 05 Jun 2025 18:34:02 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[En Perspectiva]]></category>
		<category><![CDATA[Ferrocarril Central]]></category>
		<category><![CDATA[MTOP]]></category>
		<category><![CDATA[UPM]]></category>
		<category><![CDATA[Waverley Tejera]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El director nacional de Transporte, Waverley Tejera, informó a En Perspectiva que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) trabaja en la reglamentación del artículo 247 de la Ley 20.075 de la Rendición de Cuentas de 2021, que establece el cobro de un peaje ferroviario a los operadores habilitados que utilizan infraestructuras del Estado.</p>
<p>La entrada <a href="https://enperspectiva.uy/en-perspectiva-programa/poder-ejecutivo-prepara-la-reglamentacion-que-permitira-empezar-a-cobrar-peaje-ferroviario-a-operadores-habilitados-que-utilizan-infraestructuras-del-estado/">Poder Ejecutivo prepara reglamentación que permitirá empezar a cobrar peaje ferroviario a operadores habilitados</a> se publicó primero en <a href="https://enperspectiva.uy">Radiomundo En Perspectiva</a>.</p>
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<p></p>



<p>El director nacional de Transporte, <strong>Waverley Tejera</strong>, informó a En Perspectiva que el<strong> Ministerio de Transporte y Obras Públicas </strong>(<strong>MTOP</strong>) trabaja en la reglamentación del artículo 247 de la Ley 20.075 de la <strong>Rendición de Cuentas</strong> de 2021, que establece el cobro de un <strong>peaje ferroviario</strong> a los operadores habilitados que utilizan infraestructuras del Estado.</p>



<p>Según Tejera, el contrato ROU-UPM estipula que la empresa UPM debe abonar un canon por el uso de las vías férreas, fijado en 0,005 dólares por tonelada bruta por kilómetro transportado. Sin embargo, agregó, ese mecanismo de cobro no ha podido aplicarse aún debido a la falta de reglamentación, en lo que fue "<strong>una omisión de la administración anterior</strong>", aseveró.</p>



<p>“Nos enteramos en las reuniones de transición, días antes de asumir, que no estaba reglamentado el peaje ferroviario. Por eso, buscamos rápidamente generar la herramienta legal que permita cobrarlo”, indicó Tejera.</p>



<p>El <strong>artículo 247 de la Ley 20.075 </strong>que el gobierno busca implementar autoriza “la utilización de las vías férreas por parte de empresas que cumplan con los requisitos técnicos y abonen al Ministerio de Transporte y Obras Públicas el peaje que establezca la reglamentación”.</p>



<p>Además, el texto establece que “el incumplimiento en el pago del peaje correspondiente dará lugar al dictado de una resolución la que constituirá título ejecutivo”.</p><div class="banner t728 flat6_p" id="flat6_p"></div>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full"><a href="https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2023/06/VIAS-DE-TREN-1024X576-ADHOC.jpg"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="1024" height="576" src="https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2023/06/VIAS-DE-TREN-1024X576-ADHOC.jpg" alt="" class="wp-image-108971" srcset="https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2023/06/VIAS-DE-TREN-1024X576-ADHOC.jpg 1024w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2023/06/VIAS-DE-TREN-1024X576-ADHOC-300x169.jpg 300w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2023/06/VIAS-DE-TREN-1024X576-ADHOC-768x432.jpg 768w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></a><figcaption class="wp-element-caption">Foto: Ricardo Antúnez / adhocFOTOS</figcaption></figure>
</div>


<p>El <strong>Ferrocarril Central </strong>quedó operativo hace un año, pero al no estar vigente la reglamentación, el Estado no contaba con los instrumentos necesarios para percibir el canon correspondiente. Tejera destacó que, paradójicamente, el propio operador que mueve la carga de UPM venía reclamando la posibilidad de pagar, ya que lo exige el contrato vigente. Estaba previsto que la reglamentación se hiciera efectiva en el año 2021.</p>



<p>Actualmente, la <strong>Dirección de Transporte Ferroviario </strong>ya elaboró el informe técnico necesario y el expediente está en trámite para ser aprobado por el <strong>Poder Ejecutivo</strong>. El jerarca estimó que la reglamentación podría quedar pronta “en algunas semanas”.</p>



<p>Además del canon base, Tejera explicó que "se está trabajando con el operador en el ajuste fino de los montos, considerando penalizaciones por retrasos, desvíos horarios y otros factores operativos que afectan el cálculo total".</p>



<p>En cuanto al período ya operado sin pago, Tejera señaló que desde abril de 2024 a abril de 2025 se transportaron aproximadamente un millón de toneladas, cifra que "servirá como base para calcular el monto adeudado por el operador, incluyendo tanto trenes cargados como vacíos", expresó.</p>



<p>“Lo que estamos haciendo es consolidar los datos para poder cobrar lo que corresponde. El problema fue la falta de reglamentación que debió haberse resuelto en el período anterior”, enfatizó el director de Transporte.</p>



<p>Tejera concluyó que este ingreso es el único mecanismo previsto para que el Estado recupere parte de la inversión en infraestructura ferroviaria, lo que "refuerza la necesidad de regularizar la situación cuanto antes".</p>



<p></p>



<p></p>
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		<title>El TCA desestimó la demanda que presentó Edgardo Ortuño contra OSE por el proyecto Arazatí en 2022</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Santiago Magni]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Jun 2025 14:48:47 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[En Perspectiva]]></category>
		<category><![CDATA[Arazatí]]></category>
		<category><![CDATA[Edgardo Ortuño]]></category>
		<category><![CDATA[OSE]]></category>
		<category><![CDATA[Proyecto Neptuno]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Con esta resolución, el Tribunal pone fin a una de las principales controversias internas sobre el proyecto Arazatí, que generó un amplio debate técnico, político y ambiental</p>
<p>La entrada <a href="https://enperspectiva.uy/en-perspectiva-programa/el-tca-desestimo-la-demanda-que-presento-edgardo-ortuno-contra-ose-por-el-proyecto-arazati-en-2022/">El TCA desestimó la demanda que presentó Edgardo Ortuño contra OSE por el proyecto Arazatí en 2022</a> se publicó primero en <a href="https://enperspectiva.uy">Radiomundo En Perspectiva</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>El <strong>Tribunal de lo Contencioso Administrativo</strong> (TCA) desestimó la demanda presentada por <strong>Edgardo Ortuño</strong>, actual ministro de Ambiente y que fue director de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (<strong>OSE</strong>) en la administración anterior, contra la resolución que habilitó el avance del <strong><a href="https://enperspectiva.uy/en-perspectiva-programa/entrevistas/lacalle-pou-firmo-contrato-para-iniciar-el-proyecto-arazati-y-orsi-fue-critico-con-robert-bouvier-ministro-ambiente/">proyecto Arazatí</a></strong>, también conocido como “Proyecto Neptuno”.</p>



<p>Con esta decisión, el máximo órgano jurisdiccional en materia administrativa ratificó la validez del acto aprobado por mayoría del Directorio de OSE en noviembre de 2022, y desechó los cuestionamientos de Ortuño sobre supuestas irregularidades formales y sustanciales.</p>



<p>La sentencia definitiva dictada el 27 de marzo y firmada por unanimidad de los ministros del TCA, confirma la legalidad de la resolución que dispuso aprobar los estudios de factibilidad del proyecto Arazatí e iniciar el proceso licitatorio correspondiente.</p>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full"><a href="https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/04/Ortuno-10241X576-ep.jpeg"><img decoding="async" width="1024" height="576" src="https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/04/Ortuno-10241X576-ep.jpeg" alt="Edgardo Ortuño" class="wp-image-91062" srcset="https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/04/Ortuno-10241X576-ep.jpeg 1024w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/04/Ortuno-10241X576-ep-300x169.jpeg 300w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/04/Ortuno-10241X576-ep-768x432.jpeg 768w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></a><figcaption class="wp-element-caption">Edgardo Ortuño</figcaption></figure>
</div>


<p>La iniciativa, tramitada bajo el régimen de iniciativa privada, busca<strong> instalar una planta potabilizadora de agua sobre el Río de la Plata para reforzar el abastecimiento de agua potable en el área metropolitana</strong>, en un contexto de creciente preocupación por la seguridad hídrica.</p>



<p>En su acción judicial, Ortuño —quien votó en contra del proyecto dentro del Directorio pasado— cuestionó el procedimiento seguido para aprobar <strong>la resolución que habilitó el avance del <strong>proyecto Arazatí</strong></strong>. Señaló que fue “convocado a una sesión extraordinaria con apenas 24 horas de antelación para tratar un asunto de gran complejidad técnica y alto impacto económico”, lo cual —según alegó— “violó el principio de razonabilidad y el reglamento interno” del órgano. También sostuvo que “no se contó con asesoramiento técnico adecuado de las gerencias de OSE ni con informes de impacto financiero suficientes”, lo que —a su juicio— “viciaba la voluntad administrativa” del organismo.</p>



<p>Asimismo, Ortuño planteó posibles violaciones constitucionales, citando los artículos 47 y 188 de la Carta Magna, y argumentó que el procedimiento de iniciativa privada “vulneró el marco legal y financiero al que está sujeto OSE”. La demanda apuntaba a anular la resolución en su totalidad por razones tanto de forma como de fondo.</p><div class="banner t728 flat6_p" id="flat6_p"></div>



<p>Sin embargo, el TCA rechazó los argumentos del demandante. En primer lugar, confirmó que la convocatoria a sesión extraordinaria fue válida, ya que el reglamento interno solo exige un mínimo de dos horas de antelación —requisito que fue ampliamente superado—, y destacó que “el procedimiento completo del proyecto llevaba más de un año y medio de análisis previo”. En consecuencia, la aprobación por mayoría del Directorio fue considerada jurídicamente regular.</p>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full"><a href="https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2024/09/RAN201501-004.jpg"><img decoding="async" width="1024" height="576" src="https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2024/09/RAN201501-004.jpg" alt="TORRE DE OSE" class="wp-image-143469" srcset="https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2024/09/RAN201501-004.jpg 1024w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2024/09/RAN201501-004-300x169.jpg 300w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2024/09/RAN201501-004-768x432.jpg 768w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></a><figcaption class="wp-element-caption"><em>TORRE DE OSE.  Foto: Ricardo Antúnez / adhocFotos </em></figcaption></figure>
</div>


<p>En lo que refiere al fondo del asunto, el Tribunal sostuvo que los elementos técnicos, económicos y financieros del proyecto exceden el marco de una contienda intraorgánica de competencia, prevista en el artículo 313 inciso 2º de la Constitución. Este mecanismo está diseñado para resolver diferencias entre miembros de órganos colegiados solo cuando no pueda formarse la voluntad institucional mediante el procedimiento regular. En este caso, la resolución fue adoptada por mayoría, con los procedimientos cumplidos, por lo que —a criterio del Tribunal— no hay base para habilitar este tipo de contienda judicial.</p>



<p>El Tribunal también abordó las objeciones procesales formuladas por la defensa de OSE, pero reconoció la legitimación activa de Ortuño en su calidad de director del ente, así como la suficiencia de la representación institucional del Directorio como parte demandada, a pesar de que el mismo carece de personería jurídica propia.</p>



<p>Con esta resolución, el Tribunal pone fin a una de las principales controversias internas sobre el proyecto Arazatí, que generó un amplio debate técnico, político y ambiental. Si bien la sentencia no se pronuncia sobre la viabilidad o conveniencia del proyecto, sí confirma que su tramitación administrativa cumplió con los requisitos legales formales, dejando firme la decisión institucional de OSE de avanzar con la obra.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Vea la resolución del TCA</h3>



 <iframe loading="lazy" class="scribd_iframe_embed" title="Tca Demanda Ortuño" src="https://www.scribd.com/embeds/871795708/content?start_page=1&#038;view_mode=scroll&#038;access_key=key-DvDKbg4bbCqeCPyK178j" tabindex="0" data-auto-height="true" data-aspect-ratio="0.7145122918318795" scrolling="no" width="100%" height="600" frameborder="0" ></iframe> <p style="margin: 12px auto 6px auto; font-family: Helvetica,Arial,Sans-serif; font-size: 14px; line-height: normal; display: block;"> <a title="View Tca Demanda Ortuño on Scribd" href="https://www.scribd.com/document/871795708/Tca-Demanda-Ortuno#from_embed" style="color: #098642; text-decoration: underline;"> Tca Demanda Ortuño </a> by <a title="View En Perspectiva En Perspectiva's profile on Scribd" href="https://www.scribd.com/user/502643685/En-Perspectiva-En-Perspectiva#from_embed" style="color: #098642; text-decoration: underline;" > En Perspectiva En Perspectiva </a> </p> 



<p></p>
</p><p>La entrada <a href="https://enperspectiva.uy/en-perspectiva-programa/el-tca-desestimo-la-demanda-que-presento-edgardo-ortuno-contra-ose-por-el-proyecto-arazati-en-2022/">El TCA desestimó la demanda que presentó Edgardo Ortuño contra OSE por el proyecto Arazatí en 2022</a> se publicó primero en <a href="https://enperspectiva.uy">Radiomundo En Perspectiva</a>.</p>
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