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	Comentarios en: &quot;La adhesión al paro convocado por Fenapes ayer fue de 30%&quot;, dice Jenifer Cherro, directora general de Secundaria	</title>
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		Por: Juan Maria Bentos-Guimaraes		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Juan Maria Bentos-Guimaraes]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 03 Mar 2021 01:13:20 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Sr Cotelo, como Veterinario de libre ejercicio no me siento representado por Rubianes, mss avergonzado. Cero aporte positivo, si Ud busca generar algo positivo olvidelo. Dr Juan M Bentos Guimaraes Veterinario]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Sr Cotelo, como Veterinario de libre ejercicio no me siento representado por Rubianes, mss avergonzado. Cero aporte positivo, si Ud busca generar algo positivo olvidelo. Dr Juan M Bentos Guimaraes Veterinario</p>
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		Por: Jorge Laviano		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Jorge Laviano]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 02 Mar 2021 22:46:32 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Los sindicatos de la enseñanza parecen tener el concepto de que, cuando la Constitución prohíbe a los funcionarios públicos hacer proselitismo en sus lugares de trabajo, sólo se refiere a declarar apoyo, o rechazo, a algún partido o candidato. La verdad es que toda propuesta que vaya destinada a ser sometida a la votación de la ciudadanía es actividad política, por lo que está alcanzada por esa prohibición, y en este caso se trataba de un proyecto de reforma constitucional que sería plebiscitado en las elecciones de 2019, por lo cual no pueden hablar de que se coartan las libertades sindicales. Como dijo la Prof. Cherro, lo que se hizo fue una sanción provisoria mientras se sustancia el pronunciamiento definitivo. Los sancionados tienen todo el derecho de recurrir contra esa sanción, pero hacer un paro por este asunto es injustificado.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Los sindicatos de la enseñanza parecen tener el concepto de que, cuando la Constitución prohíbe a los funcionarios públicos hacer proselitismo en sus lugares de trabajo, sólo se refiere a declarar apoyo, o rechazo, a algún partido o candidato. La verdad es que toda propuesta que vaya destinada a ser sometida a la votación de la ciudadanía es actividad política, por lo que está alcanzada por esa prohibición, y en este caso se trataba de un proyecto de reforma constitucional que sería plebiscitado en las elecciones de 2019, por lo cual no pueden hablar de que se coartan las libertades sindicales. Como dijo la Prof. Cherro, lo que se hizo fue una sanción provisoria mientras se sustancia el pronunciamiento definitivo. Los sancionados tienen todo el derecho de recurrir contra esa sanción, pero hacer un paro por este asunto es injustificado.</p>
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