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	Comentarios en: ¿Es necesario que ministros y directores de entes renuncien para ser precandidatos?	</title>
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		Por: Bernardo Urrutia López		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Bernardo Urrutia López]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 16 Jan 2024 11:48:13 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Deberían renunciar los intendentes postulados como precandidatos presidenciales del FRENTE AMPLIO, como así también los precandidatos presidenciales de la Coalición que ya lo hicieron.
Agradezco mucho la información necesaria para estar tranquilo. GRACIAS.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Deberían renunciar los intendentes postulados como precandidatos presidenciales del FRENTE AMPLIO, como así también los precandidatos presidenciales de la Coalición que ya lo hicieron.<br />
Agradezco mucho la información necesaria para estar tranquilo. GRACIAS.</p>
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		Por: Jorge Laviano		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Jorge Laviano]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 09 Oct 2023 17:53:15 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Escuchando de  nuevo esta tertulia, noté que algunos participantes cuestionaron en alguna forma que integrantes de un gobierno pudieran ser de nuevo candidatos  paralas elecciones siguientes.
Hay que aceptar  que los derechos cívicos de la ciudadanía no pueden ser limitados, salvo por la propia Constitución, y en ese sentido, todos los ciudadanos tienen derecho a participar de  la vida  política, emitiendo opiniones  y pudiendo ser electores y candidatos. Así, los directores de entes autónomos y servicios descentralizados tienen, desde la Constitución de 1966, la prohibición de desarrollar actividades políticas  (salvo el voto) y ser candidatos para las próximas elecciones, debiendo renunciar un año antes si quieren dedicarse a su candidatura. En los casos del BPS. la exigencia es más fuerte: deben  pasar por lo menos cinco años de su cese. Esto se estableció porque anteriormente era común que los integrantes de esos organismos dieran recomendaciones de trámite a personas a cambio de participar en reuniones  y actos de campaña electoral.
Ahora, los ministros, subsecretarios, y el secretario y pro-secretario de la Presidencia,  no tienen ningún impedimento constitucional de desarrollar actividad  política, incluso electoral. Lo que puede pasar es que  el Presidente  entienda inconveniente que desarrollen campaña electoral en forma simultánea a las actividades de gobierno. En ese sentido, cabe recordar que Lacalle Herrera y Tabaré Vázquez, por ejemplo, dijeron que los integrantes de sus gobiernos que quisieran  dedicarse  a la actividad  electoral deberían renunciar a sus cargos (y si no, el Presidente tenía facultad para cesarlos).]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Escuchando de  nuevo esta tertulia, noté que algunos participantes cuestionaron en alguna forma que integrantes de un gobierno pudieran ser de nuevo candidatos  paralas elecciones siguientes.<br />
Hay que aceptar  que los derechos cívicos de la ciudadanía no pueden ser limitados, salvo por la propia Constitución, y en ese sentido, todos los ciudadanos tienen derecho a participar de  la vida  política, emitiendo opiniones  y pudiendo ser electores y candidatos. Así, los directores de entes autónomos y servicios descentralizados tienen, desde la Constitución de 1966, la prohibición de desarrollar actividades políticas  (salvo el voto) y ser candidatos para las próximas elecciones, debiendo renunciar un año antes si quieren dedicarse a su candidatura. En los casos del BPS. la exigencia es más fuerte: deben  pasar por lo menos cinco años de su cese. Esto se estableció porque anteriormente era común que los integrantes de esos organismos dieran recomendaciones de trámite a personas a cambio de participar en reuniones  y actos de campaña electoral.<br />
Ahora, los ministros, subsecretarios, y el secretario y pro-secretario de la Presidencia,  no tienen ningún impedimento constitucional de desarrollar actividad  política, incluso electoral. Lo que puede pasar es que  el Presidente  entienda inconveniente que desarrollen campaña electoral en forma simultánea a las actividades de gobierno. En ese sentido, cabe recordar que Lacalle Herrera y Tabaré Vázquez, por ejemplo, dijeron que los integrantes de sus gobiernos que quisieran  dedicarse  a la actividad  electoral deberían renunciar a sus cargos (y si no, el Presidente tenía facultad para cesarlos).</p>
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