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	Comentarios en: Justicia condenó a cuatro hombres que agredieron a policías en Rocha	</title>
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		<title>
		Por: Leonardo Nidingas		</title>
		<link>https://enperspectiva.uy/en-perspectiva-programa/la-mesa/justicia-proceso-cuatro-hombres-agredieron-policias-rocha/#comment-226057</link>

		<dc:creator><![CDATA[Leonardo Nidingas]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 17 Feb 2021 20:18:26 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://enperspectiva.uy/en-perspectiva-programa/la-mesa/justicia-proceso-cuatro-hombres-agredieron-policias-rocha/#comment-226050&quot;&gt;Jorge Laviano&lt;/a&gt;.

No, estimado Laviano. El desacato es un delito que ya existía. El nuevo es resistencia al arresto. Parte de la (muy escasa) discusión que se dió con la LUC fue si era necesario crear el delito de resistencia al arresto siendo que resistirse a un arresto ya es un desacato. 

Otra cosa que no es exacta es que no se usó el art. 4 de la LUC porque los delitos que se tipificaron tenían penas mayores. El art. 4 prevé hasta 3 años de penitenciaría en caso de resistir un arresto y acá todas las penas fueron inferiores a 3 años. 

Esto me hace pensar otra cosa y es que a veces nos pasamos discutiendo sobre leyes siendo que luego el poder judicial decide cuáles aplicar y con qué grado de severidad. 

A veces los partidos prometen en campaña giros hacia la represión del delito o las oposiciones culpan a los gobiernos de ser demasiado blandos con el delito. Omiten que quien decide la sanción es un poder del Estado cuyas autoridades no son electas democráticamente y que es independiente del poder político. Eso es bueno para que los gobiernos no usen la justicia para perseguir a sus opositores, pero le da bastante poco control a los gobiernos sobre cómo se reprime efectivamente el delito. 

Este es un ejemplo: resistir un arresto y partirle la cara de una patada a una persona (y en este caso, un agente del Estado en cumplimiento de su trabajo) seguro que si se aplican las penas máximas por los delitos que ya había y los de la LUC da varias veces la pena que les tocó a los agresores. Pero la pena será de 2 años y 8 meses, que pidiendo la anticipada pueden ser 16 meses, que reduciéndola a 2/3 por trabajo o estudio pueden ser 10 meses y 20 días.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://enperspectiva.uy/en-perspectiva-programa/la-mesa/justicia-proceso-cuatro-hombres-agredieron-policias-rocha/#comment-226050">Jorge Laviano</a>.</p>
<p>No, estimado Laviano. El desacato es un delito que ya existía. El nuevo es resistencia al arresto. Parte de la (muy escasa) discusión que se dió con la LUC fue si era necesario crear el delito de resistencia al arresto siendo que resistirse a un arresto ya es un desacato. </p>
<p>Otra cosa que no es exacta es que no se usó el art. 4 de la LUC porque los delitos que se tipificaron tenían penas mayores. El art. 4 prevé hasta 3 años de penitenciaría en caso de resistir un arresto y acá todas las penas fueron inferiores a 3 años. </p>
<p>Esto me hace pensar otra cosa y es que a veces nos pasamos discutiendo sobre leyes siendo que luego el poder judicial decide cuáles aplicar y con qué grado de severidad. </p>
<p>A veces los partidos prometen en campaña giros hacia la represión del delito o las oposiciones culpan a los gobiernos de ser demasiado blandos con el delito. Omiten que quien decide la sanción es un poder del Estado cuyas autoridades no son electas democráticamente y que es independiente del poder político. Eso es bueno para que los gobiernos no usen la justicia para perseguir a sus opositores, pero le da bastante poco control a los gobiernos sobre cómo se reprime efectivamente el delito. </p>
<p>Este es un ejemplo: resistir un arresto y partirle la cara de una patada a una persona (y en este caso, un agente del Estado en cumplimiento de su trabajo) seguro que si se aplican las penas máximas por los delitos que ya había y los de la LUC da varias veces la pena que les tocó a los agresores. Pero la pena será de 2 años y 8 meses, que pidiendo la anticipada pueden ser 16 meses, que reduciéndola a 2/3 por trabajo o estudio pueden ser 10 meses y 20 días.</p>
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		Por: Jorge Laviano		</title>
		<link>https://enperspectiva.uy/en-perspectiva-programa/la-mesa/justicia-proceso-cuatro-hombres-agredieron-policias-rocha/#comment-226050</link>

		<dc:creator><![CDATA[Jorge Laviano]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 17 Feb 2021 19:47:43 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.enperspectiva.net/?p=72044#comment-226050</guid>

					<description><![CDATA[Leonardo Costa dijo que en estos procesamientos no se utilizó la LUC. Me parece que está equivocado, porque a uno de ellos le tipificaron desacato y ese delito sí está incluido en la LUC.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Leonardo Costa dijo que en estos procesamientos no se utilizó la LUC. Me parece que está equivocado, porque a uno de ellos le tipificaron desacato y ese delito sí está incluido en la LUC.</p>
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