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	Comentarios en: Perspectivas de crecimiento en el turismo interno y externo uruguayo&#8230; Y otros telegramas	</title>
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	<description>¡Viva la radio!</description>
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		Por: M. Lourdes González		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[M. Lourdes González]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 14 Nov 2021 22:29:05 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Estimados Sres de la Tertulia del jueves, en especial al Lic. Martín Couto

Al referirse a la implementación  de la Ley de Aborto ( 18987)  comete algunos errores, a mi modo de ver. 

Si cumplir con la ley, es BLOQUEARLA  le diría que es al revés, el no cumplirla está bordeando la ilegalidad. 

El aborto voluntario en Uruguay continúa siendo un DELITO, que está despenalizado en determinadas condiciones, a saber, las más sencillas, menos de 12 semanas y pasando por todas las etapas de la llamada Ruta IVE. 

En donde la mujer tiene que expresar los motivos que la llevan a solicitarlo, luego de confirmar el embarazo y realizarse una ecografía, pasaría a la etapa llamada de IVE 2, en donde un equipo multidisciplinario la escucha, etc y también debe ofrecerle alternativas al aborto. 
Pasados los 5 días y si la gestante  persevera en realizarse un aborto pasa al IVE 3 el de indicación del fármaco, en donde se debe informar los riesgos, efectos secundarios etc.  del procedimiento.
Finalmente debería concurrir al control postaborto o IVE4, con una eventual ecografía para constatar que efectivamente no existe más embarazo.

Es decir, más allá de las 12 sem + 6 días , a no ser las excepciones, realizar un aborto es ILEGAL.
Si no se reúne el equipo de la IVE2 es ILEGAL. Si quien le indica el fármaco abortivo no es ginecólogo es ILEGAL.Si la mujer se realiza el aborto fuera del sistema de salud es ILEGAL,por más que esté dentro de las 12 semanas.
Si a todo este periplo ( siguiendo la ley rigurosamente) se lo llama DERECHO, allá cada colectivo su percepción. No lo comparto.

Si intentar hacer cumplir con la ley se lo llama BLOQUEO, menos. 

Si Ud. llama a los objetores de conciencia frente al aborto, es decir los ginecólogos, como profesionales con actitudes de BLOQUEO, le digo que está equivocado. 

Hablando de DERECHOS, le informo que la objeción de conciencia es un DERECHO FUNDAMENTAL, amparado por la Constitución de la República y por el Codigo de Etica Médica del Colegio Médico, que se transformó en la ley 19. 286.

Si presentarse al Tribunal de lo Contencioso Adiminstrativo ( TCA)  solicitando el respeto de la objeción de conciencia de los ginecólogos, avasallado por el decreto regamentario de la ley, es BOICOT , le digo que está equivocado. 

Sí Sr. Couto, las cuestiones morales de los profesionales de la salud son importantes, desde Hipó
crates a la fecha.

Reciba mis saludos, y le agradezco le realice algunas aclaraciones al Sr. Valenti  que lo apoyó fervientemente.

M. Lourdes González Bernardi
Médica , Esp. en Ginecotocología, Bioética y DDHH.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Estimados Sres de la Tertulia del jueves, en especial al Lic. Martín Couto</p>
<p>Al referirse a la implementación  de la Ley de Aborto ( 18987)  comete algunos errores, a mi modo de ver. </p>
<p>Si cumplir con la ley, es BLOQUEARLA  le diría que es al revés, el no cumplirla está bordeando la ilegalidad. </p>
<p>El aborto voluntario en Uruguay continúa siendo un DELITO, que está despenalizado en determinadas condiciones, a saber, las más sencillas, menos de 12 semanas y pasando por todas las etapas de la llamada Ruta IVE. </p>
<p>En donde la mujer tiene que expresar los motivos que la llevan a solicitarlo, luego de confirmar el embarazo y realizarse una ecografía, pasaría a la etapa llamada de IVE 2, en donde un equipo multidisciplinario la escucha, etc y también debe ofrecerle alternativas al aborto.<br />
Pasados los 5 días y si la gestante  persevera en realizarse un aborto pasa al IVE 3 el de indicación del fármaco, en donde se debe informar los riesgos, efectos secundarios etc.  del procedimiento.<br />
Finalmente debería concurrir al control postaborto o IVE4, con una eventual ecografía para constatar que efectivamente no existe más embarazo.</p>
<p>Es decir, más allá de las 12 sem + 6 días , a no ser las excepciones, realizar un aborto es ILEGAL.<br />
Si no se reúne el equipo de la IVE2 es ILEGAL. Si quien le indica el fármaco abortivo no es ginecólogo es ILEGAL.Si la mujer se realiza el aborto fuera del sistema de salud es ILEGAL,por más que esté dentro de las 12 semanas.<br />
Si a todo este periplo ( siguiendo la ley rigurosamente) se lo llama DERECHO, allá cada colectivo su percepción. No lo comparto.</p>
<p>Si intentar hacer cumplir con la ley se lo llama BLOQUEO, menos. </p>
<p>Si Ud. llama a los objetores de conciencia frente al aborto, es decir los ginecólogos, como profesionales con actitudes de BLOQUEO, le digo que está equivocado. </p>
<p>Hablando de DERECHOS, le informo que la objeción de conciencia es un DERECHO FUNDAMENTAL, amparado por la Constitución de la República y por el Codigo de Etica Médica del Colegio Médico, que se transformó en la ley 19. 286.</p>
<p>Si presentarse al Tribunal de lo Contencioso Adiminstrativo ( TCA)  solicitando el respeto de la objeción de conciencia de los ginecólogos, avasallado por el decreto regamentario de la ley, es BOICOT , le digo que está equivocado. </p>
<p>Sí Sr. Couto, las cuestiones morales de los profesionales de la salud son importantes, desde Hipó<br />
crates a la fecha.</p>
<p>Reciba mis saludos, y le agradezco le realice algunas aclaraciones al Sr. Valenti  que lo apoyó fervientemente.</p>
<p>M. Lourdes González Bernardi<br />
Médica , Esp. en Ginecotocología, Bioética y DDHH.</p>
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