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	Comentarios en: DDBA y las cámaras para AUF: “Quedamos en medio de una tormenta de falsedades”	</title>
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		Por: Guillermo Ballestrino		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Guillermo Ballestrino]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 13 Aug 2018 20:01:14 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Me pregunto cual es la reglamentación para las licitaciones ?
La unión europea tiene una reglamentación que se impone a todos los actores económicos sean o no públicos. 
Primero se califica a las empresas por sus elementos jurídicos, económicos, fiscales, laborales, etc.
A esto se da un puntaje a cada postulante para ver si están calificados a postularse o no. Luego se estudia la cuestiona técnica misma y se le da un puntaje y un ultimo puntaje al precio.
Muchas veces se da un 60% de incidencia al expediente técnico y 40% al precio. Se habla de mejor oferta que no siempre es la mas economica.
Para las licitaciones se presentan expedientes anónimos (sin nombre) para ser analizados. Es decir que la comisión puede expresarse sin conocer los nombres de los ofertantes. Es al final que se abre el ultimo sobre donde se conocerá el nombre del mejor puntado.

Estas reglas son así en Uruguay ? Pregunto porque no se entiende en el debate y me parecen reglas elementales de transparencia, de justicia y anti corrupción.
Es decir, cuando se analizan las cuestiones tecnicas no tiene porque hablarse de nombre de empresa. No es porque el ministerio tal o cual tuvo una buena experiencia con tal empresa que eso debe favorecerla.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Me pregunto cual es la reglamentación para las licitaciones ?<br />
La unión europea tiene una reglamentación que se impone a todos los actores económicos sean o no públicos.<br />
Primero se califica a las empresas por sus elementos jurídicos, económicos, fiscales, laborales, etc.<br />
A esto se da un puntaje a cada postulante para ver si están calificados a postularse o no. Luego se estudia la cuestiona técnica misma y se le da un puntaje y un ultimo puntaje al precio.<br />
Muchas veces se da un 60% de incidencia al expediente técnico y 40% al precio. Se habla de mejor oferta que no siempre es la mas economica.<br />
Para las licitaciones se presentan expedientes anónimos (sin nombre) para ser analizados. Es decir que la comisión puede expresarse sin conocer los nombres de los ofertantes. Es al final que se abre el ultimo sobre donde se conocerá el nombre del mejor puntado.</p>
<p>Estas reglas son así en Uruguay ? Pregunto porque no se entiende en el debate y me parecen reglas elementales de transparencia, de justicia y anti corrupción.<br />
Es decir, cuando se analizan las cuestiones tecnicas no tiene porque hablarse de nombre de empresa. No es porque el ministerio tal o cual tuvo una buena experiencia con tal empresa que eso debe favorecerla.</p>
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