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	Comentarios en: Ope Pasquet sobre voto desde el exterior: &quot;El FA se está llevando puesta la Constitución, lo hace con los que proclama candidatos y lo quiere hacer con los electores, una vergüenza&quot;	</title>
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	<description>¡Viva la radio!</description>
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		<title>
		Por: Diego Nelson Sosa Maipaicena		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Diego Nelson Sosa Maipaicena]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 05 Aug 2018 13:52:45 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Lo primero que quiero expresar es que el Dr. Pasquet reiteradamente omite tener presente en forma integral el Art. 77 Inciso 7° de la Constitución. Este inciso expresa: ”Toda nueva ley de Registro Cívico o de Elecciones, así como toda modificación o interpretación de las vigentes, requerirá dos tercios de votos del total de componentes de cada Cámara. Esta mayoría especial regirá sólo para las garantías del sufragio y elección, composición, funciones y procedimientos de la Corte Electoral y corporaciones electorales. Para resolver en materia de gastos, presupuestos y de orden interno de las mismas, bastará la simple mayoría”
El Dr. Pasquet cita el texto del inciso en forma parcial porque la segunda parte del inciso establece una limitación al alcance de lo dispuesto en la primera parte. Esa mayoría de dos tercios sólo será requerida en caso que la nueva ley o la modificación se refiera a dos temas: (a) las garantías del sufragio y (b) elección, composición, funciones y procedimientos de la Corte Electoral y corporaciones electorales.  En caso del segundo tema, si la nueva ley o la modificación se refiriera a materia de gastos, presupuestos y de orden interno (de las corporaciones electorales o –podría interpretarse también  - de la Corte Electoral) no sería necesaria la mayoría especial.
El Dr. Pasquet, a quien respeto y considero una persona muy capaz y generalmente se expresa en base a argumentos, en este caso, omitió –con toda seguridad, a sabiendas – la segunda parte del inciso.
La ley que se está considerando no se refiere en absoluto a las garantías del sufragio ni a las normas que rigen la actuación de la Corte Electoral y corporaciones electorales. La ley tiene dos partes: (a) una interpretación de la Constitución que procura clarificar los conceptos implícitos en sus disposiciones actuales con respecto al derecho al voto y (b) la creación de una comisión para analizar de qué manera podría asegurarse a todos los ciudadanos el derecho a votar.
La interpretación de la Constitución parecería innecesaria por varias razones:
a)	Los Artículos 73, 74 y 75 definen que es ser ciudadano natural o legal. En ningún caso se establece que para ser ciudadano natural o legal sea necesario demostrar ningún tipo de residencia en ninguna parte del planeta ni por un determinado lapso. Se es o no se es, independientemente de donde se encuentre la persona.
b)	El Art. 80 al establecer en qué circunstancias se pierde la ciudadanía no establece en ninguna parte que se pierde por no estar radicado en el territorio de la República Oriental del Uruguay
c)	Cuando se establece que los hijos de los ciudadanos naturales para adquirir la ciudadanía deben avecinarse en el país e inscribirse en el Registro Cívico, en ninguna parte establece cuanto tiempo tiene que residir en el país antes de adquirir la ciudadanía. Solo tiene que avecinarse para poderse inscribir en el Registro Cívico. Es evidente que para ser reconocido como ciudadano tiene que demostrar que su padre o su madre son ciudadanos naturales y registrarse en el Registro Cívico. Si no se encuentra registrado en el Registro Cívico aunque haya nacido en el país, no puede considerarse ciudadano para votar o para ser empleado público. En el caso de los ciudadanos legales se establece un lapso entre la obtención de la ciudadanía y el derecho a votar.
d)	Cuando se establece que los ciudadanos naturales que se hayan nacionalizados en otro país (se entiende que hayan adoptado la ciudadanía de otro país) para ser considerado ciudadano uruguayo tienen que avecinarse e inscribirse en el Registro Cívico.  Se admite que un ciudadano natural uruguayo (no ciudadano legal uruguayo) tenga la ciudadanía de otro país y la uruguaya a la vez. Para ello tendrá que “avecinarse” en la República y manifestar su voluntad de serlo registrándose en el Registro Cívico. No se aclara qué pasa si la persona ya estaba registrada antes de adoptar la ciudadanía de otro país. Tengo entendido que si un ciudadano deja de votar en una determinada cantidad de veces, para volver a ejercer el derecho al voto es necesario comparecer ante el Registro Cívico. Parece claro que para ser ciudadano hay que figurar en ese registro..
En mi opinión, el problema radica en que la legislación electoral no comprende hasta ahora los procedimientos que se deben seguir para que los ciudadanos que no  concurren a las mesas de votación instaladas en el territorio nacional físicamente considerado (¿las embajadas, los consulados, los barcos de bandera nacional no son considerados territorio nacional para los asuntos jurídicos?). En caso de establecerse procedimientos para recoger los votos de esos ciudadanos (naturales o legales) se daría a todos los ciudadanos la posibilidad real de expresar su voluntad.
El Dr. Pasquet tiene el derecho de opinar en el concepto sustancial del derecho al voto de quienes no residen en el país pero la Constitución no establece ningún requisito de residencia a los ciudadanos naturales para adquirir y mantener su ciudadanía. 
El Dr. Pasquet se refiere a la expresión “avecinarse” como significando residir. Lo que no dice el Dr. Pasquet es cuanto tiempo hay que residir para estar “avecinado”. La Constitución utiliza la palabra avecinarse y no establece tiempo por lo que parecería que para avecinarse solamente es necesario venir al país y estar en el país para poder tramitar su registro en el Registro Cívico.




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-]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Lo primero que quiero expresar es que el Dr. Pasquet reiteradamente omite tener presente en forma integral el Art. 77 Inciso 7° de la Constitución. Este inciso expresa: ”Toda nueva ley de Registro Cívico o de Elecciones, así como toda modificación o interpretación de las vigentes, requerirá dos tercios de votos del total de componentes de cada Cámara. Esta mayoría especial regirá sólo para las garantías del sufragio y elección, composición, funciones y procedimientos de la Corte Electoral y corporaciones electorales. Para resolver en materia de gastos, presupuestos y de orden interno de las mismas, bastará la simple mayoría”<br />
El Dr. Pasquet cita el texto del inciso en forma parcial porque la segunda parte del inciso establece una limitación al alcance de lo dispuesto en la primera parte. Esa mayoría de dos tercios sólo será requerida en caso que la nueva ley o la modificación se refiera a dos temas: (a) las garantías del sufragio y (b) elección, composición, funciones y procedimientos de la Corte Electoral y corporaciones electorales.  En caso del segundo tema, si la nueva ley o la modificación se refiriera a materia de gastos, presupuestos y de orden interno (de las corporaciones electorales o –podría interpretarse también  &#8211; de la Corte Electoral) no sería necesaria la mayoría especial.<br />
El Dr. Pasquet, a quien respeto y considero una persona muy capaz y generalmente se expresa en base a argumentos, en este caso, omitió –con toda seguridad, a sabiendas – la segunda parte del inciso.<br />
La ley que se está considerando no se refiere en absoluto a las garantías del sufragio ni a las normas que rigen la actuación de la Corte Electoral y corporaciones electorales. La ley tiene dos partes: (a) una interpretación de la Constitución que procura clarificar los conceptos implícitos en sus disposiciones actuales con respecto al derecho al voto y (b) la creación de una comisión para analizar de qué manera podría asegurarse a todos los ciudadanos el derecho a votar.<br />
La interpretación de la Constitución parecería innecesaria por varias razones:<br />
a)	Los Artículos 73, 74 y 75 definen que es ser ciudadano natural o legal. En ningún caso se establece que para ser ciudadano natural o legal sea necesario demostrar ningún tipo de residencia en ninguna parte del planeta ni por un determinado lapso. Se es o no se es, independientemente de donde se encuentre la persona.<br />
b)	El Art. 80 al establecer en qué circunstancias se pierde la ciudadanía no establece en ninguna parte que se pierde por no estar radicado en el territorio de la República Oriental del Uruguay<br />
c)	Cuando se establece que los hijos de los ciudadanos naturales para adquirir la ciudadanía deben avecinarse en el país e inscribirse en el Registro Cívico, en ninguna parte establece cuanto tiempo tiene que residir en el país antes de adquirir la ciudadanía. Solo tiene que avecinarse para poderse inscribir en el Registro Cívico. Es evidente que para ser reconocido como ciudadano tiene que demostrar que su padre o su madre son ciudadanos naturales y registrarse en el Registro Cívico. Si no se encuentra registrado en el Registro Cívico aunque haya nacido en el país, no puede considerarse ciudadano para votar o para ser empleado público. En el caso de los ciudadanos legales se establece un lapso entre la obtención de la ciudadanía y el derecho a votar.<br />
d)	Cuando se establece que los ciudadanos naturales que se hayan nacionalizados en otro país (se entiende que hayan adoptado la ciudadanía de otro país) para ser considerado ciudadano uruguayo tienen que avecinarse e inscribirse en el Registro Cívico.  Se admite que un ciudadano natural uruguayo (no ciudadano legal uruguayo) tenga la ciudadanía de otro país y la uruguaya a la vez. Para ello tendrá que “avecinarse” en la República y manifestar su voluntad de serlo registrándose en el Registro Cívico. No se aclara qué pasa si la persona ya estaba registrada antes de adoptar la ciudadanía de otro país. Tengo entendido que si un ciudadano deja de votar en una determinada cantidad de veces, para volver a ejercer el derecho al voto es necesario comparecer ante el Registro Cívico. Parece claro que para ser ciudadano hay que figurar en ese registro..<br />
En mi opinión, el problema radica en que la legislación electoral no comprende hasta ahora los procedimientos que se deben seguir para que los ciudadanos que no  concurren a las mesas de votación instaladas en el territorio nacional físicamente considerado (¿las embajadas, los consulados, los barcos de bandera nacional no son considerados territorio nacional para los asuntos jurídicos?). En caso de establecerse procedimientos para recoger los votos de esos ciudadanos (naturales o legales) se daría a todos los ciudadanos la posibilidad real de expresar su voluntad.<br />
El Dr. Pasquet tiene el derecho de opinar en el concepto sustancial del derecho al voto de quienes no residen en el país pero la Constitución no establece ningún requisito de residencia a los ciudadanos naturales para adquirir y mantener su ciudadanía.<br />
El Dr. Pasquet se refiere a la expresión “avecinarse” como significando residir. Lo que no dice el Dr. Pasquet es cuanto tiempo hay que residir para estar “avecinado”. La Constitución utiliza la palabra avecinarse y no establece tiempo por lo que parecería que para avecinarse solamente es necesario venir al país y estar en el país para poder tramitar su registro en el Registro Cívico.</p>
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			</item>
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		<title>
		Por: Miguel Sarubbi		</title>
		<link>https://enperspectiva.uy/enperspectiva-uy/ope-pasquet-voto-desde-exterior-fa-se-esta-llevando-puesta-la-constitucion-lo-los-proclama-candidatos-lo-quiere-los-electores-una-verguenza/#comment-141451</link>

		<dc:creator><![CDATA[Miguel Sarubbi]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 04 Aug 2018 16:59:11 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Sobre &quot;la forma &quot;, no voy a opinar,  es un tema de juristas y yo no lo soy.  Pero,  sobre &quot;el fondo &quot;, si. Creo que los uruguayos que viven en el exterior deberían poder votar.  En este tema,  la expresión &quot;los de afuera son de palo &quot;, denota un gran egoísmo. Este país que hace 100 años fue &quot;una tierra de oportunidades &quot; para muchos extranjeros,  en las ultimas décadas expulsa ciudadanos por falta de oportunidades de desarrollo.  Hay que elevar la mira.  Uruguayos somos todos,  habrá que reformar el sistema,  habrá que hacer un &quot;departamento 20&quot; en serio  (y no la fachada nominal que se intentó ), hay que incorporar a todos y dejar de &quot;mirarnos el bolsillo &quot; a ver si nos conviene o no. Aclaro que vivo &quot;acá &quot; y nunca residí en el exterior ni tengo familia fuera del país.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Sobre "la forma ", no voy a opinar,  es un tema de juristas y yo no lo soy.  Pero,  sobre "el fondo ", si. Creo que los uruguayos que viven en el exterior deberían poder votar.  En este tema,  la expresión "los de afuera son de palo ", denota un gran egoísmo. Este país que hace 100 años fue "una tierra de oportunidades " para muchos extranjeros,  en las ultimas décadas expulsa ciudadanos por falta de oportunidades de desarrollo.  Hay que elevar la mira.  Uruguayos somos todos,  habrá que reformar el sistema,  habrá que hacer un "departamento 20&#8243; en serio  (y no la fachada nominal que se intentó ), hay que incorporar a todos y dejar de "mirarnos el bolsillo " a ver si nos conviene o no. Aclaro que vivo "acá " y nunca residí en el exterior ni tengo familia fuera del país.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
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		<title>
		Por: Stella Avila		</title>
		<link>https://enperspectiva.uy/enperspectiva-uy/ope-pasquet-voto-desde-exterior-fa-se-esta-llevando-puesta-la-constitucion-lo-los-proclama-candidatos-lo-quiere-los-electores-una-verguenza/#comment-141442</link>

		<dc:creator><![CDATA[Stella Avila]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 04 Aug 2018 13:54:42 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[De los uruguayos que viven en el exterior, muuuchos son por ej , científicos que trabajan también para TODOS, médicos y otros profesionales, que aportan al saber del mundo!!!! o gente como uno, todoss al decir del Ing. Juan Grompone, &quot;son verdaderos embajadores de nuestro país en el exterior&quot;. Y tienen su derecho y obligación de votar!!!!!!! Como todos!!!!!! Resulta que se pueden inventar palabras sin sentido y estropear nuestro idioma, para denotar INCLUSIÖN!!!!!! Y qué es esto?????? Excluimos a los que no viven en el territorio???????
Mezquindad se llama eso!!!!!!  Preguntemos : Algún uruguayo describe a su gente como mezquina y egoista?????? Es real entonces la imágen del último mundial????]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>De los uruguayos que viven en el exterior, muuuchos son por ej , científicos que trabajan también para TODOS, médicos y otros profesionales, que aportan al saber del mundo!!!! o gente como uno, todoss al decir del Ing. Juan Grompone, "son verdaderos embajadores de nuestro país en el exterior". Y tienen su derecho y obligación de votar!!!!!!! Como todos!!!!!! Resulta que se pueden inventar palabras sin sentido y estropear nuestro idioma, para denotar INCLUSIÖN!!!!!! Y qué es esto?????? Excluimos a los que no viven en el territorio???????<br />
Mezquindad se llama eso!!!!!!  Preguntemos : Algún uruguayo describe a su gente como mezquina y egoista?????? Es real entonces la imágen del último mundial????</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: julio Correa		</title>
		<link>https://enperspectiva.uy/enperspectiva-uy/ope-pasquet-voto-desde-exterior-fa-se-esta-llevando-puesta-la-constitucion-lo-los-proclama-candidatos-lo-quiere-los-electores-una-verguenza/#comment-141405</link>

		<dc:creator><![CDATA[julio Correa]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 04 Aug 2018 02:56:43 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://enperspectiva.uy/enperspectiva-uy/ope-pasquet-voto-desde-exterior-fa-se-esta-llevando-puesta-la-constitucion-lo-los-proclama-candidatos-lo-quiere-los-electores-una-verguenza/#comment-141391&quot;&gt;Daniel Romero&lt;/a&gt;.

Jajajajaaj El Uruguay de Ope está en muy buena companía con los otros países que no permiten voto consular... Venezuela, Cuba y.... Brasil!!! Que miedo no?]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://enperspectiva.uy/enperspectiva-uy/ope-pasquet-voto-desde-exterior-fa-se-esta-llevando-puesta-la-constitucion-lo-los-proclama-candidatos-lo-quiere-los-electores-una-verguenza/#comment-141391">Daniel Romero</a>.</p>
<p>Jajajajaaj El Uruguay de Ope está en muy buena companía con los otros países que no permiten voto consular&#8230; Venezuela, Cuba y&#8230;. Brasil!!! Que miedo no?</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Daniel Romero		</title>
		<link>https://enperspectiva.uy/enperspectiva-uy/ope-pasquet-voto-desde-exterior-fa-se-esta-llevando-puesta-la-constitucion-lo-los-proclama-candidatos-lo-quiere-los-electores-una-verguenza/#comment-141391</link>

		<dc:creator><![CDATA[Daniel Romero]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 03 Aug 2018 23:01:08 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Estimado Juán: eso es a lo que apuestan los frenteamplistas, pero nada asegura que eso sea así, ni hoy ni mucho menos en el futuro. Especialmente por la manera que el FA viene gobernando. El argumento manejado por Pasquet es compartido por los principales constitucionalistas de nuestro país. Los únicos que hacen oídos sordos a lo que opinan los catedráticos en el tema son los integrantes del FA, que, con mirada muy cortoplacista, apuestan a perpetuarse en el poder todo lo posible y recurren a cuanta artimaña logran sacar de la manga. Esa es la verdad y Ud. sistemáticamente defiende a su partido, por algo será, algún interés tendrá, algun carguito o changa que cuidar. Por qué no se sinceran y reconocen que el FA ha terminado siendo lo mismo que el partido Colorado: una organización que reparte prebendas en función de amiguismos y lealtades políticas. Y así vamos...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Estimado Juán: eso es a lo que apuestan los frenteamplistas, pero nada asegura que eso sea así, ni hoy ni mucho menos en el futuro. Especialmente por la manera que el FA viene gobernando. El argumento manejado por Pasquet es compartido por los principales constitucionalistas de nuestro país. Los únicos que hacen oídos sordos a lo que opinan los catedráticos en el tema son los integrantes del FA, que, con mirada muy cortoplacista, apuestan a perpetuarse en el poder todo lo posible y recurren a cuanta artimaña logran sacar de la manga. Esa es la verdad y Ud. sistemáticamente defiende a su partido, por algo será, algún interés tendrá, algun carguito o changa que cuidar. Por qué no se sinceran y reconocen que el FA ha terminado siendo lo mismo que el partido Colorado: una organización que reparte prebendas en función de amiguismos y lealtades políticas. Y así vamos&#8230;</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: JUAN maldonado		</title>
		<link>https://enperspectiva.uy/enperspectiva-uy/ope-pasquet-voto-desde-exterior-fa-se-esta-llevando-puesta-la-constitucion-lo-los-proclama-candidatos-lo-quiere-los-electores-una-verguenza/#comment-141390</link>

		<dc:creator><![CDATA[JUAN maldonado]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 03 Aug 2018 22:06:25 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Y USTED LA UNICA RAZÓN DEL PORQUE NO QUIEREN QUE LOS URUGUAYOS QUE ESTÁN EN EL EXTERIOR VOTEN ES PORQUE TIENEN MIEDO A QUE LA MAYORÍA  VOTARÍA AL FRENTE AMPLIO, ASÍ QUE DOCTOR QUE NO UTILIZE OTRO ARGUMENTO Y DIGA LA VERDAD, YA SE FUE UNA VEZ DE SU PARTIDO, AHORA ESTA PEOR QUE CUANDO USTED SE FUE, NO SE POR QUE SE QUEDA, SIENDO UNA BUENA PERSONA.-]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Y USTED LA UNICA RAZÓN DEL PORQUE NO QUIEREN QUE LOS URUGUAYOS QUE ESTÁN EN EL EXTERIOR VOTEN ES PORQUE TIENEN MIEDO A QUE LA MAYORÍA  VOTARÍA AL FRENTE AMPLIO, ASÍ QUE DOCTOR QUE NO UTILIZE OTRO ARGUMENTO Y DIGA LA VERDAD, YA SE FUE UNA VEZ DE SU PARTIDO, AHORA ESTA PEOR QUE CUANDO USTED SE FUE, NO SE POR QUE SE QUEDA, SIENDO UNA BUENA PERSONA.-</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Nelli Gonzalez		</title>
		<link>https://enperspectiva.uy/enperspectiva-uy/ope-pasquet-voto-desde-exterior-fa-se-esta-llevando-puesta-la-constitucion-lo-los-proclama-candidatos-lo-quiere-los-electores-una-verguenza/#comment-141388</link>

		<dc:creator><![CDATA[Nelli Gonzalez]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 03 Aug 2018 21:49:52 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Más allá de si es legal o no que los uruguayos voten estando en el exterior, lo que yo digo es que si votan y eligen presidente, no nos lo impongan. Caso contrario que vengan a vivir al país!! Porque si eligen tienen que vivir lo que eligen y no es justo que desde afuera se den el lujo de criticar o ensalzar el país si se fueron porque &quot;Uruguay es una mierda para vivir!&quot; O se olvidaron por qué se fueron?los que elegimos y la sufrimos tenemos derecho, ellos que disfruten lo que eligieron al irse. Lo lamento!!]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Más allá de si es legal o no que los uruguayos voten estando en el exterior, lo que yo digo es que si votan y eligen presidente, no nos lo impongan. Caso contrario que vengan a vivir al país!! Porque si eligen tienen que vivir lo que eligen y no es justo que desde afuera se den el lujo de criticar o ensalzar el país si se fueron porque "Uruguay es una mierda para vivir!" O se olvidaron por qué se fueron?los que elegimos y la sufrimos tenemos derecho, ellos que disfruten lo que eligieron al irse. Lo lamento!!</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Manuel Sánchez		</title>
		<link>https://enperspectiva.uy/enperspectiva-uy/ope-pasquet-voto-desde-exterior-fa-se-esta-llevando-puesta-la-constitucion-lo-los-proclama-candidatos-lo-quiere-los-electores-una-verguenza/#comment-141387</link>

		<dc:creator><![CDATA[Manuel Sánchez]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 03 Aug 2018 21:37:38 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.enperspectiva.net/?p=43030#comment-141387</guid>

					<description><![CDATA[Se me ocurre un pensamiento; Si el voto en el exterior es posible y habilitado, no podría ser obligatorio, debería ser libre, porque cuál sería la penalización para los que viven en el exterior de ser obligatorio y no votasen?
Entonces no sería injusto que fuese obligatorio para los residentes en la república y no obligatorio para los que viven en el exterior?]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Se me ocurre un pensamiento; Si el voto en el exterior es posible y habilitado, no podría ser obligatorio, debería ser libre, porque cuál sería la penalización para los que viven en el exterior de ser obligatorio y no votasen?<br />
Entonces no sería injusto que fuese obligatorio para los residentes en la república y no obligatorio para los que viven en el exterior?</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
	</channel>
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