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	<title>Inefop Archives - Radiomundo En Perspectiva</title>
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	<title>Inefop Archives - Radiomundo En Perspectiva</title>
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		<title>Fundación Telefónica Movistar e INEFOP anuncian la apertura de una Nueva Edición de Mujeres Hackers, la Formación en Ciberseguridad para mujeres</title>
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		<dc:creator><![CDATA[EP Empresarial]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 24 Dec 2023 13:30:53 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Gente y Empresas]]></category>
		<category><![CDATA[ciberseguridad]]></category>
		<category><![CDATA[Fundación Telefónica Movistar]]></category>
		<category><![CDATA[Inefop]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Fundación Telefónica Movistar se complace en anunciar la apertura de una nueva edición de Mujeres Hackers &#8211; Formación en Ciberseguridad,...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2023/12/original_Mujeres_Hackers_Ciberseguridad_Clic.jpg"><img fetchpriority="high" decoding="async" class="alignnone size-full wp-image-121989" src="https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2023/12/original_Mujeres_Hackers_Ciberseguridad_Clic.jpg" alt="" width="1200" height="675" srcset="https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2023/12/original_Mujeres_Hackers_Ciberseguridad_Clic.jpg 1200w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2023/12/original_Mujeres_Hackers_Ciberseguridad_Clic-300x169.jpg 300w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2023/12/original_Mujeres_Hackers_Ciberseguridad_Clic-1024x576.jpg 1024w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2023/12/original_Mujeres_Hackers_Ciberseguridad_Clic-768x432.jpg 768w" sizes="(max-width: 1200px) 100vw, 1200px" /></a></p>
<p>Fundación Telefónica Movistar se complace en anunciar la apertura de una nueva edición de Mujeres Hackers &#8211; Formación en Ciberseguridad, cofinanciada por INEFOP y con el respaldo del Centro de Posgrados en Ingeniería de la Universidad de Montevideo.</p>
<p>Esta iniciativa tiene como objetivo capacitar a mujeres de Montevideo y Maldonado, mayores de 18 años, interesadas en incursionar en el campo de la ciberseguridad, una profesión con alta demanda en el mercado laboral.</p>
<p>Ha finalizado la primera edición de la propuesta, donde más de 40 mujeres de Montevideo y Maldonado han logrado su diploma de Consultora Jr. en Ciberseguridad.<br />
“Para nosotros es parte del desafío que la tecnología pueda llegar a todos sin dejar a nadie atrás, y que se convierta en una herramienta para empoderar a las mujeres. Brindarles una formación de calidad que les dará la oportunidad de insertarse en un mercado con demanda y con infinitas posibilidades, nos da mucha alegría y tranquilidad del deber cumplido”, María Noel Orellano, Gerente de Fundación Telefónica Movistar.</p>
<p>"Quiero felicitar a Fundación Telefónica Movistar por la iniciativa que han tenido. Desde el inicio identificamos a este proyecto como una caja de herramientas que posibilita el acceso a empleos de alta calificación y que introduce a las participantes en la dinámica que impone el desarrollo tecnológico de hoy", Eduardo Carozo, Director del Centro de Posgrados en Ingeniería de la Universidad de Montevideo.</p>
<p><a href="https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2023/12/Mujeres-Hackers_Cierre-2023.jpg"><img decoding="async" class="alignnone size-full wp-image-121990" src="https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2023/12/Mujeres-Hackers_Cierre-2023.jpg" alt="" width="1200" height="675" srcset="https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2023/12/Mujeres-Hackers_Cierre-2023.jpg 1200w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2023/12/Mujeres-Hackers_Cierre-2023-300x169.jpg 300w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2023/12/Mujeres-Hackers_Cierre-2023-1024x576.jpg 1024w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2023/12/Mujeres-Hackers_Cierre-2023-768x432.jpg 768w" sizes="(max-width: 1200px) 100vw, 1200px" /></a></p><div class="banner t728 flat6_p" id="flat6_p"></div>
<p><strong>Superando Barreras en el Sector Tecnológico</strong></p>
<p>A pesar del crecimiento del sector tecnológico, las mujeres no tienen una gran participación en el sector. Según datos de Uruguay, solo el 24% de quienes ingresan a estudiar carreras de tecnología son mujeres, y únicamente el 32% de los empleados en el sector tecnológico son mujeres. La Formación en Ciberseguridad &#8211; Mujeres Hackers, totalmente gratuita, busca abordar esta brecha de género, brindando oportunidades de formación y empleabilidad en tecnología.</p>
<p><strong>Una Oportunidad de Crecimiento Profesional</strong></p>
<p>Las participantes que completen el curso gratuito alcanzarán el nivel de Consultor Junior en Seguridad, brindándoles las habilidades necesarias para enfrentar los desafíos en el ámbito de la ciberseguridad. La formación, que cuenta con el respaldo técnico de la Universidad de Montevideo, tiene una duración de 300 horas y se llevará a cabo de forma presencial y virtual en Montevideo y Maldonado.</p>
<p><strong>Requisitos y Público Objetivo</strong></p>
<p>La convocatoria está abierta a mujeres mayores de 18 años con interés en tecnología, incluyendo estudiantes de informática, programación, carreras afines, así como aquellas vinculadas a bachilleratos tecnológicos, UTU, UTEC y cualquier persona interesada en desarrollarse en la temática. Se requiere conocimiento, aunque sea básico, en tecnología, así como conocimientos de ofimática y manejo del idioma inglés básico. La participación también exige conexión a internet.</p>
<p><strong>Inscripciones y Más Información</strong></p>
<p>Las interesadas pueden inscribirse en la página www.fundaciontelefonica.uy hasta el 31 de enero de 2024. Para obtener más información, pueden comunicarse con Fundación Telefónica Movistar a través del mail fundacion.uy@telefonica.com.</p>
<p>Fundación Telefónica Movistar, INEFOP y el Centro de Posgrados en Ingeniería de la Universidad de Montevideo se comprometen a impulsar el crecimiento y la diversificación de la fuerza laboral en el sector tecnológico, brindando a las mujeres las herramientas necesarias para destacar en el campo de la ciberseguridad.</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>¿Qué oportunidades de reconversión para adultos hay en el sector TIC?</title>
		<link>https://enperspectiva.uy/en-perspectiva-programa/la-mesa/hasta-que-edad-se-puede-ingresar-en-el-sector-de-las-tic/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[En Perspectiva]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 11 Oct 2022 19:20:06 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[La Mesa]]></category>
		<category><![CDATA[Diego Sastre]]></category>
		<category><![CDATA[Guillermo Dutra]]></category>
		<category><![CDATA[Inefop]]></category>
		<category><![CDATA[La Mesa TIC]]></category>
		<category><![CDATA[tecnología]]></category>
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		<category><![CDATA[Valentina Tortarolo]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>En La Mesa TIC conversamos sobre los programas de capacitación para ingresar a esta industria impulsados por las empresas y el Estado</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/07/MESA-TIC-CABEZAL-PARA-NOTA-WEB-JULIO-2022-OK-1.png"><img decoding="async" class="alignnone size-full wp-image-94535" src="https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/07/MESA-TIC-CABEZAL-PARA-NOTA-WEB-JULIO-2022-OK-1.png" alt="" width="1343" height="231" srcset="https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/07/MESA-TIC-CABEZAL-PARA-NOTA-WEB-JULIO-2022-OK-1.png 1343w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/07/MESA-TIC-CABEZAL-PARA-NOTA-WEB-JULIO-2022-OK-1-300x52.png 300w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/07/MESA-TIC-CABEZAL-PARA-NOTA-WEB-JULIO-2022-OK-1-1024x176.png 1024w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/07/MESA-TIC-CABEZAL-PARA-NOTA-WEB-JULIO-2022-OK-1-768x132.png 768w" sizes="(max-width: 1343px) 100vw, 1343px" /></a></p>
<div class="embed-responsive embed-responsive-16by9"><div class="iframe-container"><iframe loading="lazy" class="embed-responsive-item"  title="¿Qué oportunidades de reconversión para adultos hay en el sector TIC?" width="500" height="281" src="https://www.youtube.com/embed/_RSa4aCe5pU?feature=oembed" frameborder="0" allow="accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture; web-share" referrerpolicy="strict-origin-when-cross-origin" allowfullscreen></iframe></div></div>
<p style="text-align: center;">Presenta: <strong><a href="https://www.incosa.com.uy/">INCO</a> para su producto Atlassian Jira software</strong><strong>. </strong>Auspician<strong>:</strong> <strong><a href="https://www.bantotal.com/">Bantotal</a>, <a href="https://netgate.com.uy/">Netgate</a>, <a href="https://quanam.com/">Quanam</a>, <a href="https://www.sicfe.com.uy/">Sicfe</a>, <a href="https://quantikgroup.com/">Quantik</a> y <a href="https://www.advice.com.uy/">Advice</a></strong></p>
<p><iframe loading="lazy" src="https://w.soundcloud.com/player/?url=https%3A//api.soundcloud.com/tracks/1361099578&amp;color=%2300aabb&amp;auto_play=false&amp;hide_related=false&amp;show_comments=false&amp;show_user=false&amp;show_reposts=false&amp;show_teaser=false" width="100%" height="166" frameborder="no" scrolling="no"></iframe></p>
<p>La formación en tecnologías de la Información y la Comunicación resulta atractiva para muchos jóvenes que buscan ingresar a trabajar a un sector que tiene alta demanda de empleo, buenos sueldos y otros beneficios como el home office total o parcial.</p>
<p>Ahora, ¿es también posible entrar en el sector TIC siendo ya mayor, teniendo experiencia laboral en otro rubro completamente distinto, o habiendo completado una carrera terciaria que no tiene nada que ver con las tecnologías?</p>
<p>Sí, es posible, efectivamente. Es más: esta industria espera también a ese tipo de personal.</p><div class="banner t728 flat6_p" id="flat6_p"></div>
<p>La necesidad de contar con más trabajadores calificados para el sector del software está impulsando a las empresas y también al Estado a implementar varios programas de capacitación para adultos que buscan reconvertirse.</p>
<p>¿Cómo son esos planes? ¿Qué habilidades se requieren para poder incorporarse en compañías de tecnología siendo adulto? ¿Qué buscan las empresas a la hora de contratar a un trabajador que viene con experiencia de otro rubro?</p>
<p>Lo conversamos esta mañana en una nueva edición de <em>La Mesa TIC</em>, con el escribano Guillermo Dutra, director del Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (INEFOP) en representación del Ministerio de Educación y Cultura, el ingeniero en computación Diego Sastre, cofundador de <a href="https://pyxis.com.uy/">Pyxis</a>, y la analista en marketing Valentina Tortarolo, CEO de <a href="https://uy.linkedin.com/company/upcamp-io">Upcamp</a>.</p>
<p>Se puede encontrar más información sobre las diferentes posibilidades de formación en las páginas de <a href="https://cuti.org.uy/">CUTI</a> e <a href="https://oportunidades.inefop.org.uy/index.php/cursos/">INEFOP</a>.</p>
<hr />
<p>*Una corrección a pedido de Guillermo Dutra con respecto al Programa de Formación en Idiomas (al que se refiere a partir del minuto 45): para los trabajadores con ingresos superiores a 15 BPC se cubrirá el 75% del costo de capacitación; para las personas con ingresos inferiores a 15 BPC, trabajadoras o no, se apoyará con el 100% del costo de la capacitación y la certificación.</p>
</p><p>La entrada <a href="https://enperspectiva.uy/en-perspectiva-programa/la-mesa/hasta-que-edad-se-puede-ingresar-en-el-sector-de-las-tic/">¿Qué oportunidades de reconversión para adultos hay en el sector TIC?</a> se publicó primero en <a href="https://enperspectiva.uy">Radiomundo En Perspectiva</a>.</p>
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		<title>Encuentro de Formación Dual organizado por INEFOP</title>
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		<dc:creator><![CDATA[EP Empresarial]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 17 Mar 2022 19:49:11 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Gente y Empresas]]></category>
		<category><![CDATA[Centros educativos]]></category>
		<category><![CDATA[Fundación Telefónica Movistar]]></category>
		<category><![CDATA[Guillermo Dutra]]></category>
		<category><![CDATA[Inefop]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>&#160; El miércoles 16 de marzo, en Fundación Telefónica Movistar, tuvo lugar esta instancia organizada por INEFOP que reunió a...</p>
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<p><a href="https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/03/DAB2967.jpg"><img loading="lazy" decoding="async" class="alignnone wp-image-89900 size-full" src="https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/03/DAB2967.jpg" alt="" width="1200" height="800" srcset="https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/03/DAB2967.jpg 1200w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/03/DAB2967-300x200.jpg 300w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/03/DAB2967-1024x683.jpg 1024w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/03/DAB2967-768x512.jpg 768w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/03/DAB2967-272x182.jpg 272w" sizes="auto, (max-width: 1200px) 100vw, 1200px" /></a></p>
<p>El miércoles 16 de marzo, en Fundación Telefónica Movistar, tuvo lugar esta instancia organizada por INEFOP que reunió a representantes del Instituto, de empresas y de centros educativos en el marco de la Formación Dual.</p>

<a href='https://enperspectiva.uy/enperspectiva-uy/gente-y-empresas/encuentro-de-formacion-dual/attachment/_dab3075/'><img loading="lazy" decoding="async" width="1200" height="800" src="https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/03/DAB3075.jpg" class="attachment-full size-full" alt="" srcset="https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/03/DAB3075.jpg 1200w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/03/DAB3075-300x200.jpg 300w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/03/DAB3075-1024x683.jpg 1024w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/03/DAB3075-768x512.jpg 768w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/03/DAB3075-272x182.jpg 272w" sizes="auto, (max-width: 1200px) 100vw, 1200px" /></a>
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<p>La Formación Dual es una modalidad de aprendizaje en la que centro educativo y empresa comparten la formación de aprendices. La combinación de teoría y práctica prepara para trabajar en base a un perfil ocupacional que contempla los requerimientos de la organización donde se hace la formación práctica.</p>
<p>INEFOP desempeña un rol clave como impulsor de esta modalidad. El encuentro buscó dar continuidad a promover experiencias de Formación Dual, consolidar los avances registrados y encarar una mayor escalabilidad de esta propuesta. Se anunció que el Instituto realizará llamados en las próximas semanas y que se potenciará esta modalidad al interior del país.</p>
<p>Se logró una gran convocatoria, tanto de empresas como de centros educativos, reuniendo a unas 80 personas. Se organizaron dinámicas ágiles de intercambio de experiencias y preguntas.</p><div class="banner t728 flat6_p" id="flat6_p"></div>

<a href='https://enperspectiva.uy/enperspectiva-uy/gente-y-empresas/encuentro-de-formacion-dual/attachment/_dab3421/'><img loading="lazy" decoding="async" width="1200" height="800" src="https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/03/DAB3421.jpg" class="attachment-full size-full" alt="" srcset="https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/03/DAB3421.jpg 1200w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/03/DAB3421-300x200.jpg 300w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/03/DAB3421-1024x683.jpg 1024w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/03/DAB3421-768x512.jpg 768w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/03/DAB3421-272x182.jpg 272w" sizes="auto, (max-width: 1200px) 100vw, 1200px" /></a>
<a href='https://enperspectiva.uy/enperspectiva-uy/gente-y-empresas/encuentro-de-formacion-dual/attachment/_dab3187/'><img loading="lazy" decoding="async" width="1200" height="800" src="https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/03/DAB3187.jpg" class="attachment-full size-full" alt="" srcset="https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/03/DAB3187.jpg 1200w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/03/DAB3187-300x200.jpg 300w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/03/DAB3187-1024x683.jpg 1024w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/03/DAB3187-768x512.jpg 768w, https://enperspectiva.uy/wp-content/uploads/2022/03/DAB3187-272x182.jpg 272w" sizes="auto, (max-width: 1200px) 100vw, 1200px" /></a>

<p>Asistieron directores de todos los sectores que integran el Consejo Directivo de INEFOP. Dio apertura al encuentro José Pedro Derrégibus (Cámara de Comercio), siguió Julio Perdigón (PIT CNT) y el cierre estuvo a cargo de Guillermo Dutra (MEC). "Es una reunión de trabajo. Las empresas generan conocimiento y eso tiene que ser parte del aprendizaje. Queremos darle escalabilidad a la Formación Dual", comentó Dutra. Agregó que se trata de la primera experiencia laboral remunerada para jóvenes y que la implementación de esta modalidad implica necesariamente trabajo en equipo.</p>
<p>Luego de esta breve oratoria, uno de los aprendices compartió su experiencia de aprendizaje y trabajo en Formación Dual (Nestlé y Ánima).</p>
<p>Se recabaron inquietudes de las partes involucradas en este proceso, fomentando interacciones y alianzas que habiliten nuevos proyectos</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>***</p>
</p><p>La entrada <a href="https://enperspectiva.uy/enperspectiva-uy/gente-y-empresas/encuentro-de-formacion-dual/">Encuentro de Formación Dual organizado por INEFOP</a> se publicó primero en <a href="https://enperspectiva.uy">Radiomundo En Perspectiva</a>.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>El Sistema de Cuidados busca profesionalizar a un 40% de los asistentes personales que hoy no tienen capacitación: ¿Qué implica que haya cuidadores con falta de aptitudes?</title>
		<link>https://enperspectiva.uy/home/el-sistema-de-cuidados-busca-profesionalizar-a-un-40-de-los-asistentes-personales-que-hoy-no-tienen-capacitacion-que-implica-que-haya-cuidadores-con-falta-de-aptitudes/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[En Perspectiva]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 28 Jan 2022 20:46:35 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Entrevistas]]></category>
		<category><![CDATA[Home]]></category>
		<category><![CDATA[asistentes personales]]></category>
		<category><![CDATA[Inefop]]></category>
		<category><![CDATA[Mides]]></category>
		<category><![CDATA[Sistema de Cuidados]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Hablamos al respecto con la Dra. Florencia Krall, directora nacional de Cuidados.</p>
<p>La entrada <a href="https://enperspectiva.uy/home/el-sistema-de-cuidados-busca-profesionalizar-a-un-40-de-los-asistentes-personales-que-hoy-no-tienen-capacitacion-que-implica-que-haya-cuidadores-con-falta-de-aptitudes/">El Sistema de Cuidados busca profesionalizar a un 40% de los asistentes personales que hoy no tienen capacitación: ¿Qué implica que haya cuidadores con falta de aptitudes?</a> se publicó primero en <a href="https://enperspectiva.uy">Radiomundo En Perspectiva</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div class="embed-responsive embed-responsive-16by9"><div class="iframe-container"><iframe loading="lazy" class="embed-responsive-item"  title="Sistema de Cuidados busca capacitar a un 40% de sus cuidadores: ¿Cómo serán los cursos?" width="500" height="281" src="https://www.youtube.com/embed/tYcn-UgMK6k?feature=oembed" frameborder="0" allow="accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture; web-share" referrerpolicy="strict-origin-when-cross-origin" allowfullscreen></iframe></div></div>
<p><iframe loading="lazy" src="https://w.soundcloud.com/player/?url=https%3A//api.soundcloud.com/tracks/1205555602&amp;color=%2300aabb&amp;auto_play=false&amp;hide_related=false&amp;show_comments=false&amp;show_user=false&amp;show_reposts=false&amp;show_teaser=false" width="100%" height="166" frameborder="no" scrolling="no"></iframe></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Hay unos 4.500 asistentes personales en el Sistema de Cuidados, pero de ellos, según el gobierno, cerca del 40% no tienen capacitación para trabajar como cuidadores.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Por eso, la Dirección Nacional de Cuidados del Mides lanzará a mediados de febrero diez cursos con el objetivo de profesionalizar a estos asistentes.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Se llevarán a cabo junto con el Inefop (Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional) y la UTU.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">¿En qué situación está hoy este sistema? ¿Qué significa que haya cuidadores con falta de aptitudes? ¿En qué consistirán estos cursos?</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Hablamos al respecto con la Dra. Florencia Krall, directora nacional de Cuidados.</span></p><div class="banner t728 flat6_p" id="flat6_p"></div>
<p>&nbsp;</p>
</p><p>La entrada <a href="https://enperspectiva.uy/home/el-sistema-de-cuidados-busca-profesionalizar-a-un-40-de-los-asistentes-personales-que-hoy-no-tienen-capacitacion-que-implica-que-haya-cuidadores-con-falta-de-aptitudes/">El Sistema de Cuidados busca profesionalizar a un 40% de los asistentes personales que hoy no tienen capacitación: ¿Qué implica que haya cuidadores con falta de aptitudes?</a> se publicó primero en <a href="https://enperspectiva.uy">Radiomundo En Perspectiva</a>.</p>
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		<item>
		<title>Informes de auditoría del Instituto de Empleo y Formación Profesional (Inefop)</title>
		<link>https://enperspectiva.uy/documentos/informes-de-auditoria-del-instituto-de-empleo-y-formacion-profesional-inefop/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Gastón González]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 25 Nov 2021 23:54:58 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Documentos]]></category>
		<category><![CDATA[Auditorías]]></category>
		<category><![CDATA[Inefop]]></category>
		<category><![CDATA[Ministerio de Trabajo y Seguridad Social]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El trabajo de la Auditoría Interna de la Nación de diciembre de 2020 sobre la actuación en gobiernos del Frente...</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>El trabajo de la Auditoría Interna de la Nación de diciembre de 2020 sobre la actuación en gobiernos del Frente Amplio tenía hallazgos de "criticidad extrema", pero el Ministerio de Trabajo resolvió archivarlo en noviembre de 2021 por considerar que no ameritaban pasarlo a la Justicia</strong></p>
<p>Accedé a los documentos <a href="https://www.gub.uy/ministerio-economia-finanzas/comunicacion/noticias/informes-auditoria-inefop" target="_blank" rel="noopener"><strong>en este link</strong></a> (formato PDF)</p>
<p>***</p>
<table class="mcnBoxedTextContentContainer" style="min-width: 100%; border-collapse: collapse; mso-table-lspace: 0pt; mso-table-rspace: 0pt; -ms-text-size-adjust: 100%; -webkit-text-size-adjust: 100%;" border="0" width="100%" cellspacing="0" cellpadding="0" align="left">
<tbody>
<tr>
<td style="mso-table-lspace: 0pt; mso-table-rspace: 0pt; -ms-text-size-adjust: 100%; -webkit-text-size-adjust: 100%; padding: 9px 18px 9px 18px;">
<table class="mcnTextContentContainer" style="min-width: 100% !important; background-color: #a1fc95; border-collapse: collapse; mso-table-lspace: 0pt; mso-table-rspace: 0pt; -ms-text-size-adjust: 100%; -webkit-text-size-adjust: 100%;" border="0" width="100%" cellspacing="0">
<tbody>
<tr>
<td class="mcnTextContent" style="padding: 18px; color: #f2f2f2; font-family: Helvetica; font-size: 14px; font-weight: normal; text-align: center; mso-table-lspace: 0pt; mso-table-rspace: 0pt; -ms-text-size-adjust: 100%; -webkit-text-size-adjust: 100%; line-height: 150%;" valign="top">
<h5><strong><a style="font-family: 'Open Sans', Arial, sans-serif; display: block; color: black; text-decoration: none; font-weight: bold; margin-bottom: 15px; float: none; clear: both; word-wrap: break-word; -ms-text-size-adjust: 100%; -webkit-text-size-adjust: 100%;" href="https://www.enperspectiva.net/socios/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">¿Lo sabías?</a></strong></h5>
<p><a style="font-family: 'Open Sans', Arial, sans-serif; display: block; color: black; text-decoration: none; font-size: 14px; font-weight: light; margin-bottom: 15px; word-wrap: break-word; -ms-text-size-adjust: 100%; -webkit-text-size-adjust: 100%;" href="https://www.enperspectiva.net/inscripcion/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Los contenidos periodísticos de En Perspectiva y Radiomundo están disponibles en nuestra web las 24 horas, todos los días del año. Y su uso es gratuito, para todos, sin barreras&#8230;</a></p>
<p><a style="font-family: 'Open Sans', Arial, sans-serif; display: block; color: black; text-decoration: none; font-size: 14px; font-weight: light; margin-bottom: 15px; word-wrap: break-word; -ms-text-size-adjust: 100%; -webkit-text-size-adjust: 100%;" href="https://www.enperspectiva.net/inscripcion/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Eso es posible porque existe un grupo de oyentes que asumen, voluntariamente, un abono mensual. Son los "Socios 3.0 de En Perspectiva".</a></p>
<p><a style="font-family: 'Open Sans', Arial, sans-serif; display: block; color: black; text-decoration: none; font-size: 14px; font-weight: light; margin-bottom: 15px; word-wrap: break-word; -ms-text-size-adjust: 100%; -webkit-text-size-adjust: 100%;" href="https://www.enperspectiva.net/inscripcion/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Te invitamos a sumarte tú también.</a><strong><a style="font-family: 'Open Sans', Arial, sans-serif; display: block; color: black; text-decoration: none; font-size: 14px; font-weight: light; margin-bottom: 15px; word-wrap: break-word; -ms-text-size-adjust: 100%; -webkit-text-size-adjust: 100%;" href="https://www.enperspectiva.net/enperspectiva-net/notas/socios-3-0-mensaje-emiliano-cotelo/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Más información en este mensaje de Emiliano Cotelo: <u>enperspectiva.net/socios</u></a></strong></td>
</tr>
</tbody>
</table>
</td>
</tr>
</tbody>
</table>
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		<item>
		<title>INEFOP y la Cámara de Turismo se unen para potenciar formación profesional en el sector</title>
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		<dc:creator><![CDATA[EP Empresarial]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 13 Feb 2019 18:01:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Gente y Empresas]]></category>
		<category><![CDATA[Cámara Uruguaya de Turismo]]></category>
		<category><![CDATA[Inefop]]></category>
		<category><![CDATA[Ministerio de Trabajo y Seguridad Social]]></category>
		<category><![CDATA[Ministerio de Turismo]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El miércoles 6 de febrero, el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (INEFOP) y la Cámara Uruguaya de Turismo...</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El miércoles 6 de febrero, el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (INEFOP) y la Cámara Uruguaya de Turismo (CAMTUR) acordaron llevar adelante el proyecto de “Fortalecimiento de las capacidades de gestión competitivas y asociativas del Turismo en Uruguay”. En la instancia que posibilitó la rúbrica del convenio, se hicieron presentes Eduardo Pereyra, director general de INEFOP; Ernesto Murro, ministro de Trabajo y Seguridad Social; Liliam Kechichian, ministra de Turismo; y Juan Martínez Escrich, presidente de CAMTUR. Además, al evento concurrieron representantes de empresas e instituciones afines al sector, medios de comunicación y público en general.</p>
<p>El acuerdo tiene el objetivo de contribuir con la generación, implementación y seguimiento de acciones que promuevan el desarrollo del turismo en el Uruguay como sector productivo, dinamizador de la economía, generador de empleo calificado, con especial foco en el territorio. Para esto, propone el incremento de la participación de los actores del sector turístico en ámbitos gremiales y asociativos, conformando de esta manera el diseño de políticas y estrategias de desarrollo del sector, haciendo énfasis en los que tienen<br />
menores oportunidades de acceso a los "<em>decision-makers".</em></p>
<p>INEFOP apoya la iniciativa poniendo a disposición de la propuesta un presupuesto de casi 6 millones de pesos. En la oratoria, Juan Martínez Escrich hizo hincapié en la capacitación y la profesionalización de todos los eslabones de la cadena del sector de actividad.<br />
Aseguró que hay que darles las herramientas para los empresarios del sector puedan desarrollarse.</p>
<p>Eduardo Pereyra remarcó que este acuerdo apunta a fortalecer los recursos humanos del sector, con el objetivo de ofrecer servicios de calidad. De la misma manera que se posibilita la sostenibilidad de las empresas y favorece la estabilidad del rubro.</p>
<p>La ministra de Turismo Liliam Kechichian abordó los cambios vertiginosos que ha sufrido el sector. Señaló que se debe seguir el camino del emprendedurismo y la formación para generar mayor calidad de la actividad. Por último, afirmó que fue muy importante el reconocimiento brindad por INEFOP para lograr desarrollo y evolución del sector.</p>
<p>Ernesto Murro, por su parte, indicó que se está dentro de un proceso de empoderamiento de pequeños empresarios para potenciar todos los rincones del país. Además, resaltó el compromiso que realiza INEFOP involucrándose en todos los sectores, para brindar herramientas y ayudarlos a generar mayores oportunidades.</p><div class="banner t728 flat6_p" id="flat6_p"></div>
<p>***</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Ley de incentivos para la creación de empleo</title>
		<link>https://enperspectiva.uy/documentos/ley-incentivos-la-creacion-empleo/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Gastón González]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 11 Feb 2019 21:44:25 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Documentos]]></category>
		<category><![CDATA[Eduardo Pereyra]]></category>
		<category><![CDATA[empleo]]></category>
		<category><![CDATA[Inefop]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La ley se aprobó a fines del año pasado y con ella el Gobierno se propone facilitar la generación de...</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>La ley se aprobó a fines del año pasado y con ella el Gobierno se propone facilitar la generación de 5.000 puestos de trabajo</strong></p>
<p style="text-align: center;"><strong>Ley Nº 19.689</strong><br />
<strong>NUEVOS PUESTOS DE TRABAJO</strong><br />
<strong>SE ESTABLECEN INCENTIVOS PARA SU GENERACIÓN</strong><br />
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,<br />
DECRETAN</p>
<hr />
<p style="text-align: center;"><strong>CAPÍTULO I</strong></p>
<p style="text-align: center;">DISPOSICIONES SOBRE TRABAJO DECENTE JUVENIL</p>
<p><u>Artículo 1º</u>.- Sustitúyese el artículo 3º de la <a href="https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/aresuelveref.aspx?LEY,19133/art3/HTM/">Ley Nº 19.133</a>, de 20 de setiembre de 2013, por el siguiente:</p>
<table>
<tbody>
<tr>
<td></td>
<td>"ARTÍCULO  3º. (Coordinación).- El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social elaborará y articulará las acciones y programas de promoción del trabajo decente juvenil en coordinación con el Ministerio de Educación y Cultura, el Ministerio de Desarrollo Social a través del Instituto Nacional de la Juventud, el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, la Administración Nacional de Educación Pública, el Banco de Previsión Social, el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional y las organizaciones más representativas de empleadores y trabajadores, en el ámbito de la Comisión Interinstitucional, integrada por los referidos organismos y creada a esos efectos".</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p><u>Artículo 2º</u>.- Incorpórase al artículo 6º de la <a href="https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/aresuelveref.aspx?LEY,19133/art6/HTM/">Ley Nº 19.133</a>, de 20 de setiembre de 2013, el siguiente literal:</p><div class="banner t728 flat6_p" id="flat6_p"></div>
<table>
<tbody>
<tr>
<td></td>
<td>"D) Las contrataciones que se realicen así como los beneficios que se obtengan a través de las modalidades establecidas en la presente ley, no podrán efectuarse con jóvenes que tengan parentesco con el titular o los titulares de las empresas, dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo grado de afinidad".</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p><u>Artículo 3º</u>.- Sustitúyese el artículo 7º de la <a href="https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/aresuelveref.aspx?LEY,19133/art7/HTM/">Ley Nº 19.133</a>, de 20 de setiembre de 2013, por el siguiente:</p>
<table>
<tbody>
<tr>
<td></td>
<td>"ARTÍCULO 7º. (Condiciones).- Podrán ser contratadas bajo las modalidades preceptuadas en la presente ley las personas jóvenes a partir de los quince años y hasta la edad máxima establecida para cada una de las modalidades previstas en las Secciones Segunda, Tercera y Cuarta del presente Capítulo.</p>
<p>En caso de ser contratadas personas menores de dieciocho años de edad se las protegerá contra el desempeño de cualquier tipo de trabajo peligroso, nocivo para su salud o para su desarrollo físico, espiritual, moral o social, prohibiéndose todo trabajo que no le permita gozar de bienestar en compañía de su familia o responsables o que entorpezca su formación educativa, siendo de aplicación las demás disposiciones del Capítulo XII del Código de la Niñez y la Adolescencia (<a href="https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/aresuelveref.aspx?LEY,17823/art/HTM/">Ley Nº 17.823</a>, de 7 de setiembre de 2004 y sus modificativas); debiendo contar, con el carné de trabajo habilitante otorgado por el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay.</p>
<p>El plazo mínimo de contratación establecido para las modalidades comprendidas en los artículos 12 a 18 de la presente ley, podrá disminuirse hasta tres meses, previa autorización expresa del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en consulta con el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional.</p>
<p>En la relación laboral de los trabajadores jóvenes podrá preverse un período de prueba por un plazo de hasta treinta días corridos para las contrataciones de seis a once meses de duración y de hasta sesenta días corridos para las contrataciones de doce a dieciocho meses de duración.</p>
<p>Las contrataciones que excepcionalmente sean menores a seis meses no tendrán período de prueba.</p>
<p>El salario y las condiciones de trabajo de las personas jóvenes contratadas se ajustarán a lo dispuesto en las leyes, laudos y convenios colectivos vigentes, salvo lo dispuesto en el artículo 20 de la presente ley".</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p><u>Artículo 4º</u>.- Sustitúyese el artículo 10 de la <a href="https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/aresuelveref.aspx?LEY,19133/art10/HTM/">Ley Nº 19.133</a>, de 20 de setiembre de 2013, con las modificaciones realizadas por el artículo 90 de la <a href="https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/aresuelveref.aspx?LEY,19438/art90/HTM/">Ley Nº 19.438</a>, de 14 de octubre de 2016, por el siguiente:</p>
<table>
<tbody>
<tr>
<td></td>
<td>"ARTÍCULO 10. (Régimen de estímulos para las empresas).- Las empresas privadas que empleen jóvenes bajo las modalidades establecidas en el presente Capítulo gozarán de los siguientes beneficios:</p>
<p>A)  En la modalidad de trabajo protegido y promovido prevista en los artículos 16 a 18 de la presente ley, se establece un subsidio parcial del salario del beneficiario en los términos de las normas aplicables al programa Objetivo Empleo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.</p>
<p>B)  En la modalidad de primera experiencia laboral regulada en el artículo 12 de la presente ley, se establece un subsidio de hasta el 25% (veinticinco por ciento) de las retribuciones mensuales del trabajador sujetas a montepío. El monto máximo de subsidio será el 25% (veinticinco por ciento) calculado sobre la base de $ 17.968 (diecisiete mil novecientos sesenta y ocho pesos uruguayos) a valores de enero de 2018. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social determinará, dentro de ese máximo, una graduación tomando en cuenta la situación familiar, social y económica del beneficiario, el tiempo de trabajo y la presentación de planes de capacitación por la empresa en relación con el beneficiario.</p>
<p>C)  En la modalidad de práctica laboral para egresados prevista en los artículos 13 a 15 de la presente ley, el subsidio consistirá en el 15% (quince por ciento) de las retribuciones mensuales del trabajador sujetas a montepío.</p>
<p>El monto máximo de subsidio será el 15% (quince por ciento) calculado sobre la base de $ 17.968 (diecisiete mil novecientos sesenta y ocho pesos uruguayos) a valores de enero de 2018.</p>
<p>D)  En la modalidad de práctica formativa en empresas, regulada en los artículos 19 a 20 Bis de la presente ley, se establece un subsidio de hasta el 50% (cincuenta por ciento) de la remuneración calculada sobre el 75% (setenta y cinco por ciento) del valor de la categoría y actividad que corresponda con un piso de un Salario Mínimo Nacional, en proporción a las horas estipuladas. Para el caso del tutor a que refiere el artículo 20 Bis de la presente ley, el subsidio podrá alcanzar un monto equivalente al valor del salario mínimo de su categoría por un máximo de sesenta horas mensuales. La formación de tutores y referentes educativos contará con subsidio total.</p>
<p>E)  Utilización gratuita de los servicios de selección y seguimiento ofrecidos a través  de  los organismos responsables de ejecutar los  respectivos programas de empleo juvenil y de trabajo adolescente protegido.</p>
<p>F)  Un mecanismo de etiquetado que el Poder Ejecutivo establecerá para las empresas que participen  en  cualquiera de las modalidades contractuales previstas. La reglamentación regulará las características de dicho etiquetado.</p>
<p>G)  Difusión de la participación de la empresa y su marca, por medio de los canales de comunicación que dispongan los organismos públicos involucrados.</p>
<p>El monto base del cálculo de los subsidios establecidos en los literales B) y C) se actualizará en enero de cada año, de acuerdo a la variación del valor del Índice Medio de Salarios.</p>
<p>Los subsidios establecidos en los literales A), B), C) y D) de este artículo y en los artículos 25 y 26 de la presente ley, y los recursos humanos y materiales para las tareas de selección y seguimiento de los beneficiarios, se financiarán con cargo al Fondo de Reconversión Laboral previsto en los artículos 17 de la <a href="https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/aresuelveref.aspx?LEY,18406/art17/HTM/">Ley Nº 18.406</a>, de 24 de octubre de 2008, y 593 de la <a href="https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/aresuelveref.aspx?LEY,18719/art/HTM/">Ley Nº 18.719</a>, de 27 de diciembre de 2010, con las modificaciones introducidas por el artículo 15 de la presente ley, administrado por el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional".</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p><u>Artículo 5º</u>.- Sustitúyese el artículo 20 de la <a href="https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/aresuelveref.aspx?LEY,19/art20/HTM/">Ley Nº 19</a>,133, de 20 de setiembre de 2013, en la redacción dada por el artículo 764 de la <a href="https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/aresuelveref.aspx?LEY,19355/art764/HTM/">Ley Nº 19.355</a>, de 19 de diciembre de 2015 por el siguiente:</p>
<table>
<tbody>
<tr>
<td></td>
<td>"ARTÍCULO 20. (Condiciones).- La institución educativa y la empresa acordarán por escrito las condiciones de trabajo del joven, las que deberán ser aprobadas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.</p>
<p>La práctica formativa empresarial comprendida por la presente ley estará destinada a estudiantes de entre quince y veintinueve años de edad y será remunerada con el 75% (setenta y cinco por ciento) del valor de la categoría y actividad que corresponda con un piso de un Salario Mínimo Nacional, en proporción a las horas estipuladas.</p>
<p>Los estudiantes que realicen la práctica formativa empresarial deberán ser inscriptos en los organismos de seguridad social y gozarán de los derechos,  beneficios y prestaciones vigentes, incluyendo el Seguro Nacional de Salud de conformidad con lo establecido por la <a href="https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/aresuelveref.aspx?LEY,18131/art/HTM/">Ley Nº 18.131</a>, de 18 de mayo de 2007 y concordantes.</p>
<p>El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, previa consulta al Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional , podrá autorizar excepcionalmente prácticas formativas no remuneradas, las cuales no podrán exceder de un máximo de ciento veinte horas, ni representar más del 50% (cincuenta por ciento) en la carga horaria total del curso o carrera.</p>
<p>Las instituciones educativas que desarrollen propuestas de práctica formativa no remunerada en empresas que requieran más de ciento veinte horas o cuando las horas necesarias de práctica formativa representen más del 50% (cincuenta por ciento) en la carga horaria total del curso o carrera deberán justificar por escrito las razones de dicha extensión, petición que será evaluada por los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Educación y Cultura, previa consulta al Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional, a efectos de su eventual autorización.</p>
<p>Los estudiantes que realicen prácticas formativas en empresas, remuneradas o no remuneradas, deberán estar cubiertos por el Banco de Seguros del Estado.</p>
<p>Al finalizarla práctica, la empresa deberá brindar al joven una constancia de la realización de la misma, así como una evaluación de su desempeño, la que remitirá asimismo a la institución educativa que corresponda".</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p><u>Artículo 6º</u>.- Agréguese a la <a href="https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/aresuelveref.aspx?LEY,19133/art/HTM/">Ley Nº 19.133</a>, de 20 de setiembre de 2013, el siguiente artículo:</p>
<table>
<tbody>
<tr>
<td></td>
<td>"ARTÍCULO 20 Bis.- Las empresas que participen en la modalidad de "práctica formativa en empresas" de acuerdo a lo dispuesto en la Sección V de la presente ley, deberán contribuir en la formación del joven durante el desarrollo de dicha modalidad, para lo cual deberán contar con un tutor que apoye el proceso formativo del o de la estudiante.</p>
<p>A tales efectos dispondrá del subsidio establecido en el literal D) del artículo 4º de la presente ley, para el caso de recibir un mínimo de estudiantes a determinarse por la Comisión Interinstitucional.</p>
<p>Las Instituciones Educativas deberán a su vez, contar con un referente educativo que contribuirá a la formación en el centro educativo y será responsable de la articulación y vínculo permanente con la empresa formadora.</p>
<p>El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en coordinación con la Comisión Interinstitucional, definirá la formación necesaria tanto para los tutores como para los referentes educativos".</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p><u>Artículo 7º</u>.- Sustitúyese el artículo 25 de la <a href="https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/aresuelveref.aspx?LEY,19133/art25/HTM/">Ley Nº 19.133</a>, de 20 de setiembre de 2013, por el siguiente:</p>
<table>
<tbody>
<tr>
<td></td>
<td>"ARTÍCULO 25. (Reducción del horario por estudio).- Los empleadores que reduzcan el horario de aquellos trabajadores de entre quince y veintinueve años de edad que se encuentren cursando estudios curriculares de educación primaria, secundaria básica o superior, educación técnico-profesional superior, enseñanza universitaria de grado y terciaria de naturaleza pública o privada habilitadas por el Ministerio de Educación y Cultura, realizando cursos en el marco del Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional u otros reconocidos por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, podrán obtener un subsidio del 80% (ochenta por ciento) del valor de cada hora de trabajo reducida, con un máximo de cuatro horas en la jornada laboral. La jornada resultante de la reducción del tiempo de trabajo no podrá ser inferior a cuatro horas diarias".</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p><u>Artículo 8º</u>.- Sustitúyese el artículo 26 de la <a href="https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/aresuelveref.aspx?LEY,19/art26/HTM/">Ley Nº 19</a>,133, de 20 de setiembre de 2013, por el siguiente:</p>
<table>
<tbody>
<tr>
<td></td>
<td>"ARTÍCULO 26. (Subsidio a la licencia por estudio).- Los empleadores que otorgaren hasta ocho días de licencia por estudios adicionales a los preceptuados en el artículo 2° de la <a href="https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/aresuelveref.aspx?LEY,18345/art/HTM/">Ley Nº 18.345</a>, de 11 de setiembre de 2008 en la redacción dada por el artículo 2º de la <a href="https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/aresuelveref.aspx?LEY,18458/art2/HTM/">Ley Nº 18.458</a>, de 2 de enero de 2009, a trabajadores de entre 15 (quince) y 29 (veintinueve) años de edad que se encuentren cursando los estudios curriculares a que refiere el artículo 25 de la presente ley, percibirán un subsidio equivalente al 80% (ochenta por ciento) del salario correspondiente a cada día de licencia adicional concedida.</p>
<p>Podrán también otorgar hasta ocho días de licencia por estudio a aquellos trabajadores de entre quince y veintinueve años de edad que se encuentren cursando los estudios curriculares a que refiere el artículo 25 pero no se encuentren amparados por el artículo 2º de la <a href="https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/aresuelveref.aspx?LEY,18345/art2/HTM/">Ley Nº 18.345</a>, de 11 de setiembre de 2008 en la redacción dada por el artículo 2° de la <a href="https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/aresuelveref.aspx?LEY,18458/art/HTM/">Ley Nº 18.458</a>, de 2 de enero de 2009, con el mismo subsidio ya mencionado en el presente artículo".</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p><u>Artículo 9º</u>.- Sustitúyese el artículo 21 de la <a href="https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/aresuelveref.aspx?LEY,18406/art21/HTM/">Ley Nº 18.406</a>, de 24 de octubre de 2008, por el siguiente:</p>
<table>
<tbody>
<tr>
<td></td>
<td>"ARTÍCULO 21. (Presupuesto).- El Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional presentará ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social antes del 30 de abril de cada año, un presupuesto aprobado para el ejercicio siguiente y el balance de ejecución por el ejercicio anterior.</p>
<p>El presupuesto deberá formularse sobre la base del consenso entre los integrantes del Directorio; en caso de no lograrse el mismo antes de los sesenta días previos a la presentación de ambos, se remitirá al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social con los votos de la mayoría.</p>
<p>El Instituto no podrá asignar para su gestión más del 20% (veinte por ciento) de los ingresos anuales del Fondo de Reconversión Laboral correspondientes al ejercicio anterior.</p>
<p>La ejecución del presupuesto corresponde al Consejo Directivo, el que deberá elaborar y remitir un estado trimestral a la Comisión de Control, informando en forma previa y preceptiva a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto".</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p><u>Artículo 10</u>.- El Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (INEFOP) a través de su Programa de Promoción a Emprendimientos Juveniles, subsidiará el 50% (cincuenta por ciento) de las contribuciones especiales de seguridad social correspondientes a los aportes patronales, con un tope de 15 BFC (quince Bases Fictas de Contribución) mensuales, por un plazo de dieciocho meses.</p>
<p>Podrán acceder a dicho subsidio aquellas empresas generadas a partir del 1° de enero de 2016 y cuyos titulares sean jóvenes entre dieciocho y veintinueve años de edad a la fecha de vigencia de la presente ley.</p>
<p>Aquellas empresas cuyos titulares o la mitad más uno de los mismos pertenezcan a colectivos de población específicos: mujeres jóvenes, jóvenes con vulnerabilidad socio económica o joven con discapacidad, recibirán un subsidio adicional al previsto en el inciso primero del presente artículo, de 5 BFC (Bases Fictas de Contribución) mensuales, por un plazo de dieciocho meses.</p>
<p>Para determinar a los jóvenes con discapacidad, se atenderá a lo dispuesto en el Registro de Personas con Discapacidad, perteneciente a la Comisión Nacional Honoraria de la Discapacidad y a la normativa vigente, y para determinar la situación de jóvenes con vulnerabilidad socio-económica, se atenderá a lo dispuesto por el artículo 2º de la <a href="https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/aresuelveref.aspx?LEY,18227/art2/HTM/">Ley Nº 18.227</a>, de 22 de diciembre de 2007 y su reglamentación.</p>
<p>El presupuesto asignado para los subsidios previstos en el Programa de Promoción a Emprendimientos Juveniles, será de $ 150.000.000 (ciento cincuenta millones de pesos uruguayos), el que se financiará con el aporte de $ 75.000.000 (setenta y cinco millones de pesos uruguayos) del Fondo de Reconversión Laboral y $ 75.000.000 (setenta y cinco millones de pesos uruguayos) del aporte que realice la Agencia Nacional de Desarrollo (ANDE) al INEFOP.</p>
<p style="text-align: center;"><strong>CAPÍTULO II</strong></p>
<p style="text-align: center;">PROMOCIÓN DEL EMPLEO</p>
<p><u>Artículo 11</u>. (Programa Temporal de Subsidio al Empleo).- Facúltase al Poder Ejecutivo a otorgar un subsidio temporal al empleo para los empleadores privados que incorporen nuevos trabajadores a su plantilla.</p>
<p>Los empleadores que contraten nuevos trabajadores al amparo de este programa gozarán de un subsidio equivalente al 25% (veinticinco por ciento) de las retribuciones mensuales del trabajador sujetas a montepío o del 40% en caso de trabajadores mayores a cuarenta y cinco años de edad. El monto máximo del subsidio será del 25% (veinticinco por ciento) de 1,5 Salario Mínimo Nacional (SMN) y se otorgará por un plazo de dieciocho meses. El subsidio se aplicará únicarnente sobre nuevos empleos que tengan un sueldo máximo equivalente a 2,5 SMN.</p>
<p>El programa se aplicará desde la vigencia de esta ley y hasta que se agote el crédito al que hace referencia el siguiente artículo.</p>
<p><u>Artículo 12</u>. (Financiamiento del subsidio).- Agrégase al artículo 2º de la <a href="https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/aresuelveref.aspx?LEY,18406/art2/HTM/">Ley Nº 18.406</a>, de 24 de octubre de 2008, el siguiente literal:</p>
<table>
<tbody>
<tr>
<td></td>
<td>"Q)  Brindar asistencia financiera al Programa Temporal de Subsidio al Empleo, con el objetivo de promover la incorporación de nuevos trabajadores al mercado laboral, en las condiciones que se estipulen".</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p><u>Artículo 13</u>.- El costo del Programa Temporal de Subsidio al Empleo establecido en la presente ley no podrá exceder el monto total de $ 480.000.000 (cuatrocientos ochenta millones de pesos uruguayos), en el período total de duración del programa, y será financiado con cargo a la partida dispuesta en el literal C) del artículo 17 de la <a href="https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/aresuelveref.aspx?LEY,18406/art17/HTM/">Ley Nº 18.406</a>, de 24 de octubre de 2008.</p>
<p>La totalidad de los subsidios se calcularán sobre la base de dieciocho meses y hasta la cobertura máxima que posibilite el crédito presupuestal, a partir de lo cual no se permitirá nuevos ingresos al programa.</p>
<p>La utilización de esta partida cancela las obligaciones del Estado con el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional por el monto equivalente.</p>
<p><u>Artículo 14</u>.- El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a través de su unidad ejecutora 003 "Dirección Nacional de Empleo", realizará el seguimiento, aplicación, ejecución y avance del programa, y proporcionará al Ministerio de Economía y Finanzas la información que este requiera, a efectos de evaluar la utilización del monto máximo autorizado dispuesto en el artículo anterior así como el desarrollo del programa.</p>
<p><u>Artículo 15</u>. (Instrumentación del subsidio).- El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social instrumentará los aspectos operativos y enviará la información necesaria al Banco de Previsión Social para que este impute un crédito a favor de la empresa por el equivalente al monto del subsidio con destino al pago de aportes y contribuciones a la seguridad social.</p>
<p><u>Artículo 16</u>. (Requisitos para la participación).- Para acogerse al beneficio, las empresas, cualquiera sea su naturaleza jurídica, deberán cumplir los siguientes requisitos:</p>
<table>
<tbody>
<tr>
<td>I)</td>
<td>Estar al día con sus pagos ante el Banco de Previsión Social, en la Dirección General Impositiva y en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.</td>
</tr>
<tr>
<td>II)</td>
<td>No haber efectuado despidos y no haber enviado al Seguro de Desempleo en los noventa días previos a la contratación del trabajador y en los noventa días posteriores. No se considerará incumplimiento de este requisito el despido por notoria mala conducta.</td>
</tr>
<tr>
<td>III)</td>
<td>No podrán participar las empresas registradas ante el Banco de Previsión Social en calidad de "Usuario de Servicios" ni las empresas suministradoras de personal.</td>
</tr>
<tr>
<td>IV)</td>
<td>No ser beneficiarios de otros incentivos tributarios, o subsidios, vigentes al momento de promulgación de la presente ley.</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p>El Poder Ejecutivo reglamentará estos requisitos, que deberán acreditarse ante la Dirección Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.</p>
<p><u>Artículo 17</u>.- La tasa de aportación al Fondo de Reconversión Laboral, a partir del 1º de enero de 2019, se establece para empleadores, trabajadores y Estado en un 0,10% (cero con diez por ciento), calculado sobre las asignaciones computables gravadas por contribuciones especiales de seguridad social</p>
<p>El Poder Ejecutivo hará efectivo el pago correspondiente al Fondo de Reconversión Laboral, a partir de enero de 2020.</p>
<p>Facúltase al Poder Ejecutivo, previa consulta a las organizaciones profesionales más representativas de empleadores y trabajadores, a elevar dicha tasa hasta el 0,125% (cero con ciento veinticinco por ciento).</p>
<p><u>Artículo 18</u>.- El Poder Ejecutivo a través de Rentas Generales, financiará hasta $ 150.000.000 (ciento cincuenta millones de pesos uruguayos) a cuenta de la deuda del Estado con el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (INEFOP), en proyectos de interés común entre INEFOP y el Consejo de Educación Técnico‑Profesional.</p>
<p style="text-align: center;"><strong>CAPÍTULO III</strong></p>
<p style="text-align: center;">DISPOSICIONES GENERALES</p>
<p><u>Artículo 19</u>.- La presente ley entrará en vigencia el 1º de enero de 2019.</p>
<p><u>Artículo 20</u>.- El Poder Ejecutivo reglamentará la misma dentro del término de sesenta días a partir de su promulgación.</p>
<p>Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 23 de octubre de 2018.</p>
<p>***</p>
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/docu8073187587729.htm" target="_blank" rel="noopener">Parlamento</a></p>
<p>***</p>
<p><strong>Nota relacionada</strong><br />
Entrevista con Eduardo Pereyra: <a href="https://www.enperspectiva.net/home/ley-incentivos-la-creacion-empleo-genero-20-contratos-desde-enero-director-inefop-preve-dinamismo-mercado-ya-subsidio-puede-llegar-al-50-del-salario/" target="_blank" rel="noopener">Ley de incentivos a la creación de empleo generó 20 contratos desde enero; director de Inefop prevé dinamismo en el mercado ya que el subsidio puede llegar al 50% del salario</a></p>
</p><p>La entrada <a href="https://enperspectiva.uy/documentos/ley-incentivos-la-creacion-empleo/">Ley de incentivos para la creación de empleo</a> se publicó primero en <a href="https://enperspectiva.uy">Radiomundo En Perspectiva</a>.</p>
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		<item>
		<title>Ley de incentivos a la creación de empleo rige desde enero; director de Inefop prevé dinamismo en el mercado ya que el subsidio puede llegar al 50% del salario</title>
		<link>https://enperspectiva.uy/home/ley-incentivos-la-creacion-empleo-genero-20-contratos-desde-enero-director-inefop-preve-dinamismo-mercado-ya-subsidio-puede-llegar-al-50-del-salario/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Gastón González]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 11 Feb 2019 19:06:46 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Entrevistas]]></category>
		<category><![CDATA[Home]]></category>
		<category><![CDATA[Eduardo Pereyra]]></category>
		<category><![CDATA[Emiliano Cotelo]]></category>
		<category><![CDATA[Inefop]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>A comienzos del año entró en vigencia la ley 19.689, con la que el Gobierno propone facilitar la generación de unos 5.000 puestos de trabajo.</p>
<p>La entrada <a href="https://enperspectiva.uy/home/ley-incentivos-la-creacion-empleo-genero-20-contratos-desde-enero-director-inefop-preve-dinamismo-mercado-ya-subsidio-puede-llegar-al-50-del-salario/">Ley de incentivos a la creación de empleo rige desde enero; director de Inefop prevé dinamismo en el mercado ya que el subsidio puede llegar al 50% del salario</a> se publicó primero en <a href="https://enperspectiva.uy">Radiomundo En Perspectiva</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>A comienzos del año entró en vigencia la ley 19.689, con la que el Gobierno propone facilitar la generación de unos 5.000 puestos de trabajo</strong></p>
<p><iframe loading="lazy" src="https://w.soundcloud.com/player/?url=https%3A//api.soundcloud.com/tracks/573648408&amp;color=%2300aabb&amp;auto_play=false&amp;hide_related=false&amp;show_comments=true&amp;show_user=true&amp;show_reposts=false&amp;show_teaser=true" width="100%" height="166" frameborder="no" scrolling="no"></iframe></p>
<p>Está vigente desde el 1º de enero una serie de incentivos económicos a las empresas que contraten personal, especialmente a mayores de 45 años.</p>
<p>El nuevo régimen está incluido en la ley 19.689, de Promoción al Empleo, aprobada el año pasado en el Parlamento.</p>
<p>Con esta norma, el Gobierno se propone facilitar que la generación de 5.000 puestos de trabajo. Un objetivo ambicioso, en un momento de deterioro del mercado laboral. La semana pasada el Instituto Nacional de Estadísticas informó que 2018 cerró con un desempleo de 8,4% de la población económicamente activa.</p>
<p>¿Qué impacto podría tener este subsidio en la contratación de personal? ¿En qué sectores podría dinamizar el mercado de trabajo? <strong>En Perspectiva</strong> lo habló con el director nacional de Empleo del MTSS y director general del Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (Inefop), Eduardo Pereyra.</p><div class="banner t728 flat6_p" id="flat6_p"></div>
<p>***</p>
<p><strong>Enlace externo</strong><br />
<a href="http://anima.edu.uy/" target="_blank" rel="noopener">Ánima</a>, una propuesta educativa de Bachillerato Tecnológico en Administración y Tecnología de la Información y Comunicación</p>
<p><strong>Documento relacionado</strong><br />
<a href="https://www.enperspectiva.net/documentos/ley-incentivos-la-creacion-empleo/" target="_blank" rel="noopener">Ley de incentivos para la creación de empleo</a></p>
<p>***</p>
<p><strong>Foto en Home:</strong> Presidencia</p>
<div class="blog-disclaimer">
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</tr>
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</tr>
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		<title>Entrevista central, viernes 5 de enero: Eduardo Pereyra</title>
		<link>https://enperspectiva.uy/enperspectiva-uy/entrevista-central-viernes-5-de-enero-eduardo-pereyra/</link>
					<comments>https://enperspectiva.uy/enperspectiva-uy/entrevista-central-viernes-5-de-enero-eduardo-pereyra/#comments</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[Pablo Izmirlian]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 05 Jan 2018 21:15:20 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[EnPerspectiva.uy]]></category>
		<category><![CDATA[Transcripciones]]></category>
		<category><![CDATA[Eduardo Pereyra]]></category>
		<category><![CDATA[Emiliano Cotelo]]></category>
		<category><![CDATA[empleo]]></category>
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		<category><![CDATA[Inefop]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Entrevista con Eduardo Pereyra, director del Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional. Video de la entrevista EN PERSPECTIVA Viernes...</p>
<p>La entrada <a href="https://enperspectiva.uy/enperspectiva-uy/entrevista-central-viernes-5-de-enero-eduardo-pereyra/">Entrevista central, viernes 5 de enero: Eduardo Pereyra</a> se publicó primero en <a href="https://enperspectiva.uy">Radiomundo En Perspectiva</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Entrevista con Eduardo Pereyra, director del Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional.</p>
<p><iframe loading="lazy" width="100%" height="166" scrolling="no" frameborder="no" src="https://w.soundcloud.com/player/?url=https%3A//api.soundcloud.com/tracks/379162319&amp;color=%2300aabb&amp;auto_play=false&amp;hide_related=false&amp;show_comments=true&amp;show_user=true&amp;show_reposts=false&amp;show_teaser=true"></iframe></p>
<p><a href="http://www.facalycia.com/home/" target="_blank" rel="noopener"><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter size-full wp-image-26980" src="https://www.enperspectiva.net/wp-content/uploads/2017/01/Facal-v2-banner-En-Perspectiva.net_.gif" alt="facal-v2-banner-en-perspectiva-net" width="728" height="45" /></a></p>
<p><a href="https://www.enperspectiva.net/en-perspectiva-programa/inefop-queremos-que-la-negociacion-colectiva-no-solamente-rece-en-temas-de-salarios-sino-tambien-en-como-mejoramos-la-eficiencia-y-la-productividad-dice-su-director/" rel="noopener" target="_blank">Video de la entrevista</a></p>
<p><strong>EN PERSPECTIVA</strong><br />
Viernes 05.01.2018, hora 8.24</p>
<p>EMILIANO COTELO (EC) —¿Cuántas veces se han quejado de los delivery por su comportamiento en el tránsito? Desde este primero de enero ese problema debería empezar a disminuir.</p><div class="banner t728 flat6_p" id="flat6_p"></div>
<p>Con el comienzo del año, entró en vigor un decreto del Poder Ejecutivo que obliga a los repartidores que se mueven en moto a realizar un curso gratuito de capacitación. Estará a cargo del Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (Inefop), un organismo que en los últimos dos años capacitó a 200.000 personas, la misma cantidad que había formado en las dos décadas anteriores.</p>
<p>¿En qué consisten los cursos que realizarán los delivery? ¿Qué otras actividades educativas desarrolla Inefop? ¿Cómo cambió la organización para que multiplicara de esa forma el alcance de sus servicios?</p>
<p>De estos y otros temas vamos a conversar con Eduardo Pereyra, director del Inefop.</p>
<p>Empecemos por definir Inefop, ¿qué es concretamente?</p>
<p>EDUARDO PEREYRA (EP) —Inefop es un instituto que se encarga de la promoción de la formación profesional de los trabajadores en el país. Es una organización pública…</p>
<p>EC —Es una persona pública no estatal.</p>
<p>EP —Exactamente, que se rige por el derecho privado y que está gestionado en forma tripartita por empresarios, trabajadores y gobierno.</p>
<p>EC —Está dirigido por un consejo directivo de ocho miembros.</p>
<p>EP —Integran el consejo directivo ocho miembros: tres por el Poder Ejecutivo, dos por el PIT-CNT, dos por el sector empresarial –Cámara de Comercio y Cámara de Industria– y el representante de la economía social, que tiene voz pero no tiene voto.</p>
<p>EC —Fue creado por la Ley 18.406, de octubre de 2008.</p>
<p>EP —Es sucesor de lo que era la Junta Nacional de Empleo, creada por las leyes 16.320 y 16.321, de 1992, y administra el Fondo de Reconversión Laboral, que es un aporte del 0,125 % que hacen trabajadores, empresarios y gobierno.</p>
<p>EC —¿Cómo se financia Inefop?</p>
<p>EP —Se financia a través de este aporte que hacen empresarios y trabajadores en igual medida y un aporte que tiene que hacer el Poder Ejecutivo.</p>
<p>EC —Por lo tanto ¿de qué orden termina siendo su presupuesto?</p>
<p>EP —Anualmente recauda cerca de US$ 30 millones, en ese entorno, varía de acuerdo a las condiciones del mercado de trabajo, la situación de la formalidad, la informalidad, el nivel de empleo, etcétera.</p>
<p>EC —Si nos remontamos a la historia también de su antecedente, estamos hablando de 25 años de historia.</p>
<p>EP —Exactamente, desde el año 1992.</p>
</p><p>La entrada <a href="https://enperspectiva.uy/enperspectiva-uy/entrevista-central-viernes-5-de-enero-eduardo-pereyra/">Entrevista central, viernes 5 de enero: Eduardo Pereyra</a> se publicó primero en <a href="https://enperspectiva.uy">Radiomundo En Perspectiva</a>.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Inefop: &quot;Queremos que la negociación colectiva no solamente rece en temas de salarios&quot; sino también en &quot;cómo mejoramos la eficiencia y la productividad&quot;, dice su director</title>
		<link>https://enperspectiva.uy/en-perspectiva-programa/inefop-queremos-que-la-negociacion-colectiva-no-solamente-rece-en-temas-de-salarios-sino-tambien-en-como-mejoramos-la-eficiencia-y-la-productividad-dice-su-director/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Pablo Izmirlian]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 05 Jan 2018 21:01:40 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[En Perspectiva]]></category>
		<category><![CDATA[Entrevistas]]></category>
		<category><![CDATA[Eduardo Pereyra]]></category>
		<category><![CDATA[Emiliano Cotelo]]></category>
		<category><![CDATA[empleo]]></category>
		<category><![CDATA[formación profesional]]></category>
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										<content:encoded><![CDATA[<div class="embed-responsive embed-responsive-16by9"><div class="iframe-container"><iframe loading="lazy" class="embed-responsive-item"  title="Inefop: entrevista con Eduardo Pereyra" width="500" height="281" src="https://www.youtube.com/embed/Gss5oLDZ_NQ?feature=oembed" frameborder="0" allow="accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture; web-share" referrerpolicy="strict-origin-when-cross-origin" allowfullscreen></iframe></div></div>
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<p><a href="https://www.enperspectiva.net/enperspectiva-net/entrevista-central-viernes-5-de-enero-eduardo-pereyra/" rel="noopener" target="_blank">Transcripción de la entrevista con Eduardo Pereyra, director del Inefop</a></p>
<p>¿Cuántas veces se han quejado de los delivery por su comportamiento en el tránsito? Desde este 1 de enero ese problema debería empezar a disminuir.</p>
<p>Con el comienzo del año entró en vigor un decreto del Poder Ejecutivo que obliga a los repartidores que se mueve en moto a realizar un curso gratuito de capacitación. Estará a cargo del Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (Inefop), un organismo que en los últimos dos años capacitó a 200.000 personas, la misma cantidad que había formado en las dos décadas anteriores.</p>
<p>¿En qué consisten los cursos que realizarán los delivery? ¿Qué otras actividades educativas desarrolla?<br />
¿Cómo cambió la organización del Inefop para que multiplicara el alcance de sus servicios?</p>
<p>¿Qué papel jugará en el proceso rumbo a la inversión de UPM en su segunda planta de celulosa? Para tratar estos temas está con nosotros Eduardo Pereyra, director del Inefop y también director nacional de Empleo en el MTSS.</p><div class="banner t728 flat6_p" id="flat6_p"></div>
<p><a href="https://www.enperspectiva.net/enperspectiva-net/entrevista-central-viernes-5-de-enero-eduardo-pereyra/" rel="noopener" target="_blank">Transcripción de la entrevista con Eduardo Pereyra, director del Inefop</a></p>
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