EnPerspectiva.uy

Entrevista del lunes 11 de octubre de 2021: Leonardo Costa

Facebook Twitter Whatsapp Telegram

Audio y video de la entrevista

Lunes 11.10.2021

EMILIANO COTELO (EC) —Se ha dicho que esta noticia implica el fin de los paraísos fiscales. Pero también puede tener impacto en las exoneraciones tributarias que países como Uruguay utilizan para atraer inversiones del exterior.

¿De qué estamos hablando? Del acuerdo que se alcanzó el viernes en París para crear un impuesto global a las empresas multinacionales.

El anuncio se conoció al final de una reunión propiciada por la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos) en la que participaron 100 naciones más que las que integran esa institución. Concretamente, 136 países y jurisdicciones, “que representan más del 90 %” del producto bruto interno (PBI) mundial, entre ellos Uruguay, votaron a favor de implementar a partir de 2023 un impuesto mínimo del 15 % sobre las ganancias de empresas trasnacionales, incluidas las de la economía digital, que ahora deberán tributar en todos los lugares donde realizan negocios, aunque no tengan oficinas en ellos. Con este cambio se “redistribuirán a países de todo el mundo más de 125.000 millones de dólares en beneficios de unas 100 de las multinacionales más grandes y rentables del mundo, que pagarán su justa parte de impuestos”, destacaba el comunicado de la OCDE.

¿Por qué se va por este camino? ¿Cómo será el nuevo sistema? ¿Qué impactos puede tener esta reforma en la economía uruguaya?

Vamos a conversarlo con Leonardo Costa, abogado experto en derecho tributario y fiscalidad internacional.

Hemos hecho distintos abordajes sobre este asunto porque lleva ocho años de negociaciones internacionales. ¿Qué es lo que se busca?

LEONARDO COSTA (LC) —A partir de la crisis financiera de 2008 se empezaron a nivel de la OCDE una serie de ejercicios que cristalizan recién en el 2013, que se llaman “erosión de la base fiscal y distribución de beneficios” (BEPS, por sus siglas en inglés). Se plantearon 15 acciones con el motivo de analizar cómo diversos mecanismos tributarios ayudaban a erosionar la base fiscal, es decir, contribuían a una pérdida de las bases tributarias en función de un montón de factores, entre otros la economía digital, nuevas definiciones de institutos tradicionales que se conocían, cómo lo que había que mirar, más que dónde estaban localizadas las empresas, era dónde estaban localizados los consumidores. Eso da lugar a lo que se llama impuesto por destino en materia de impuesto a la renta, y tiene que ver con este tema de los impuestos sobre todo de los servicios digitales. Después se analizó ver diversos mecanismos que ayudaban a que las empresas se deslocalizaran, se desfragmentaran y utilizaran entidades en algunos países de baja tributación para localizar en ellos activos intangibles, como marcas, patentes, entre otras cosas.

En el mientras tanto, tanto la Unión Europea como el propio Estados Unidos analizaron la situación de algunas empresas íconos, muy conocidas, y mostraban cómo sus estrategias tributarias les habían permitido ahorrarse dineros importantes en materia tributaria en perjuicio de los fiscos. El ejemplo que siempre se utilizaba era lo que hacían Google, Apple, Facebook y Amazon, pero no únicamente estas; se estudió a Starbucks e incluso a Fiat, entre otras empresas. La Unión Europea analizó que se encontraban entidades en algunos países, generalmente Irlanda, Luxemburgo u Holanda, que tenían la particularidad de tener alícuotas impositivas muy bajas y una red de tratados bastante amplia, lo que les permitía ahorrar ingentes volúmenes de dinero mediante la localización en esas jurisdicciones de los patent box, la localización de patentes. La particularidad era que quienes desarrollaban las patentes eran países como Estados Unidos, a quienes esto les permitía deducir impuestos, pero posteriormente los beneficios estaban donde se localizaban, eran los famosos patent box.

Se analizó que eso generaba por un lado la erosión de la base fiscal de los países centrales y la localización por otra parte en lugares que no agregaban valor. Eso era la distribución de beneficios. Todo ese fenómeno se hizo con el objetivo en definitiva de demostrar la inequidad o la ineficiencia de los sistemas tributarios tal cual los habíamos pensado.

EC —Sí, veía un resumen que decía que en definitiva lo que se buscaba era que las grandes corporaciones pagaran tributos que hoy no pagan, y por otro que los países no compitieran de manera desleal por las inversiones de estos gigantes, sobre todo los tecnológicos.

LC —Exacto. Por eso se buscaron estas empresas, por lo que representan, por lo que facturan y porque son parte del futuro de la economía. Uno de los ejemplos que se utilizan es: es muy común que estas empresas tengan localizados centros de distribución o logísticos, de entrega de mercadería, cerca de donde están los consumidores, con la lógica de obtener cercanía y rapidez. Tradicionalmente en materia tributaria se decía que si el centro únicamente contenía la mercadería pero no hacía más que eso, nunca iba a ser un establecimiento permanente. Un establecimiento permanente es un lugar fijo de negocios en otra jurisdicción que le da poder a esa otra jurisdicción, por ejemplo a Uruguay si fuera el caso, para imponer tributos. Se decía: si yo tengo esa entidad hay que cambiar el criterio, porque lo que claramente está pasando en la economía digital es que las compañías primero no se sabe dónde están y en todo caso están cerca de donde están los consumidores. Ese es uno de los criterios, porque en este cambio que se está planteando hay dos pilares, el pilar uno es el de la economía digital, que tiene que ver con esto que te digo, y el pilar dos, que tiene que ver con el impuesto mínimo a las multinacionales. Pero es inexorable entender esto como un fenómeno único.

EC —Pero no todos están de acuerdo en regular a nivel global los impuestos que pagan las multinacionales. Revisaba un artículo que citaba en estos días a Chris Edwards, director de Estudios de Políticas Tributarias del Instituto Cato en Estados Unidos, y él argumenta que de la misma manera que la competencia entre empresas promueve la eficiencia, la competencia tributaria entre países genera beneficios favorables a la eficiencia. “Sin competencia internacional —dice— los gobiernos se transforman en monopolios. Hasta cierto punto, la competencia fiscal, la competencia por impuestos más bajos, reduce el poder monopolístico de los gobiernos.” ¿Podrías ampliar a propósito de esta lectura y esta discusión?

LC —Está claro que esa visión de ese economista es la misma que tiene el Partido Republicano. De alguna manera hasta el año pasado era impensable este impuesto, más allá de que Estados Unidos tenía un impuesto global para empresas digitales, el acuerdo en la OCDE no prosperaba porque Estados Unidos era uno de los que estaban en contra, porque los tipos impositivos en Estados Unidos habían bajado, porque hay una visión –como la que tú leías– de que no es bueno tener una especie de plano mínimo de tributación porque eso promueve los monopolios. Otra de las tesis, sobre todo de los sectores más liberales en Estados Unidos, dice que hay que tener mucho cuidado con países, como los del Caribe, las islas del canal o el Pacífico, que no tienen otra forma de ingresos que no sean estos, los de los servicios bancarios, financieros y profesionales.

Cuando cambia el gobierno –el Partido Demócrata es mucho más pro-OCDE, más pro estos acuerdos internacionales–, cambia la perspectiva. No es la primera vez que esto pasa a nivel de la OCDE, en el 2001, cuando se estaba luchando fuertemente contra prácticas fiscales nocivas, ganan los republicanos y todo el movimiento se enlentece y en algunos aspectos cambia. O sea, esta tensión que está habiendo a nivel de Estados Unidos es una tensión que en Europa es menos permeable. Pero no hay que olvidar que en todo este mecanismo de empresas multinacionales e impuestos únicos hay que ver qué va a pasar con China, porque China no forma parte, más allá de este tipo de economías de multinacionales, y sin embargo algunas de estas están localizadas en China. Creo que de cualquier manera, por lo pronto en los próximos tres años, el impulso va a estar; hay que ver qué pasa con un eventual cambio político en Estados Unidos y con los cambios que eventualmente sucedan en Europa. Pero todos estos, por los signos políticos que está habiendo, parecería que son más pro impuesto único.

EC —En el caso del gobierno de Estados Unidos, según se comenta, un factor que está jugando para este cambio es el acceso al poder de Joe Biden. Biden está impulsando un gigantesco plan de infraestructura y para llevarlo a cabo necesita mayor recaudación, y para eso está pensando y ha anunciado un aumento en los impuestos a las corporaciones. Ese aumento obviamente implicaría el riesgo de perder empresas, de que se produzca deslocalización de empresas, etcétera, pero con un acuerdo como este a nivel internacional, ese riesgo bajaría.

LC —De hecho Estados Unidos en las discusiones de este impuesto único quería un tipo impositivo cercano al 21 %, no de 15 %.

***

EC —El acuerdo del viernes en París no implica solo a la OCDE.

LC —No, una de las particularidades que tiene esto es lo que se llama el Marco Inclusivo de BEPS, que es un foro más grande, con todos aquellos países que han ratificado la Convención de BEPS, que nuclea a unos 139 países o jurisdicciones. Con lo cual es un consenso amplísimo y prácticamente sin precedentes. Una de las cosas que hizo la OCDE fue ampliar esta base de países y jurisdicciones con el objetivo de que los estándares tributarios sean lo más ampliamente difundidos, aceptados e incorporados en las diversas jurisdicciones.

EC —Pasemos en limpio en qué consiste. Decías que tiene dos grandes pilares.

LC —Exactamente. Un pilar es el abordaje de la economía digital, busca analizarlo los tributos en función de una regla complicadísima, con dos montos, monto A y monto B, y cómo se distribuye eso entre los países. Para no entrar en esas profundidades, es buscar dónde están los consumidores para que a partir de ahí esa sea la forma de tributación. Eso implica un cambio importante para todas las empresas tecnológicas.

El pilar dos, que es el impuesto mínimo, se aplica a empresas que facturan globalmente más de 750 millones de euros. Se habla de las 100 empresas más grandes; probablemente el número sea un poco mayor. Básicamente son esas empresas que han logrado niveles de facturación y ubicación en diversos territorios y el objetivo básico es definir cuáles son las rentas que se incluyen y cuáles son las deducciones que se admiten. Imagínense que yo soy una empresa de estas: voy a consolidar mi balance mundial, voy a incluir ahí todas las rentas que obtengo, vale decir que si no gravo nada en Uruguay y considero que tengo empleados activos, entre otras cosas, los gastos que hago en eso son como si hubiera pagado un impuesto en Uruguay, hasta un máximo de 7,5 %, que después se transforma en 5 %. Dicho de otra manera, el impacto para empresas multinacionales en Uruguay que puedan estar incluidas en este proceso, que en nuestro país tienen exoneraciones en la medida en que tengan sustancia –luego de la modificación que se hizo a la Ley de Zonas Francas es un requisito esencial tener sustancia, si no, no se aprueban las exoneraciones–, es relativamente menor en los primeros tiempos.

EC —Precisamente, ¿cómo incide esto que se acaba de acordar en los regímenes que tiene un país como Uruguay para la promoción de inversiones?

LC —Incide en los regímenes de zona franca y en los regímenes de promoción de inversiones que se hicieron tan populares acá. Obviamente el impacto es relativamente chico porque es únicamente a esas empresas.

EC —Obliga al país, en este caso Uruguay, a cobrar más impuestos de los que hasta ahora cobraba.

LC —Exacto. Y si no lo hiciera, si Uruguay dijera “no lo voy a hacer”, va a terminar haciéndolo el país de donde proviene la empresa, con una resignación fiscal a favor del fisco de ese país.

EC —Ese es otro aspecto importante: ¿qué pasa si un país no aplica este acuerdo en la relación con una determinada compañía? Estamos hablando de Uruguay, pero vayamos al caso más extremo, el de aquellas jurisdicciones que son paraísos fiscales directamente. ¿Qué pasa si no se avienen a cumplir estas disposiciones?

LC —Si eso pasara, ese país que no toma estos criterios estaría regalando recaudación al otro país. Hasta ahora esto funcionaba así: no gravo y eso le permite a la empresa multinacional tener un diferimiento, mientras no distribuya dividendos no va a estar gravada, y por tanto en términos de valor presente del dinero estaba ganando, además de la exoneración, tiempo en que nadie la grave. Se iba a gravar una vez que se distribuyeran dividendos; con el tema adicional de que hay que ver cómo funcionaba cada uno de esos tratados. Pero en principio la resignación fiscal de un país diciendo que no iba a gravar no implicaba necesariamente, al menos en términos de tiempo, que el otro país pudiera hacerlo.

En este mecanismo, si Uruguay decidiese no gravar esto con impuestos, el otro país sí lo estaría haciendo, al final del ejercicio consolidaría su balance. Con lo cual el país que no adhiera a este mecanismo estaría perdiendo un 15 % de recaudación, le regalaría automáticamente esa recaudación al otro país.

EC —¿A qué otro país?

LC —Al país de la residencia de la empresa. Por ejemplo, una empresa alemana invierte en Uruguay, y si Uruguay decide no hacer nada el fisco alemán gravará con un 15 % los réditos que obtiene esa empresa en Uruguay al final de cada ejercicio. Dicho de otra manera, no tiene demasiado sentido que un país no adhiera.

El segundo tema es si sin estos mecanismos de promoción de inversiones las empresas se localizarían igual en países que no ofrezcan nada. Ese sí es un desafío para los tradicionales paraísos fiscales o jurisdicciones de baja tributación, que no ofrecen nada más que la exoneración impositiva. En el caso de Uruguay, una de las ventajas que tiene es que, como obviamente estas empresas multinacionales necesitan estar cerca de los mercados consumidores, en la medida en que Uruguay tenga otros atributos, como tiene, como la seguridad jurídica, en la medida en que los mercados aledaños no la tengan, probablemente eso sí sea un incentivo para decir “de cualquier manera me instalo en Uruguay, porque me exige sustancia por un lado y adhiere a este mecanismo”. Creo que en Uruguay, como no debe de haber más de 10 empresas en estas condiciones, sobre todo con estos regímenes promocionales, en el corto plazo esto no va a tener un impacto necesariamente destructivo.

EC —¿Estás de acuerdo en que lo que se acordó el viernes en París es el fin de los paraísos fiscales y el principio de la cooperación, como dijo, hablando con El País, Alberto Barreix, uruguayo asesor internacional en temas de tributación?

LC —Sí, es el fin de los paraísos fiscales tal cual los habíamos concebido y tal cual se habían diagramado por años. No se concebiría que un país resignara impuestos a este tipo de empresas multinacionales, sería hasta políticamente inviable en cada una de esas jurisdicciones. Imagínense que Uruguay dijese en estos regímenes promocionales “yo no lo voy a gravar”; la gente podría decir: “¿Y por qué le estás regalando al fisco alemán un 15 % de recaudación?”. No tiene sentido. El incentivo de este cambio es que los países, sobre todo para este grupo de empresas, digan “no tiene ninguna razón de ser regalar tributación”. Y a su vez, por efecto también de […], parecería que si yo solo ofrezco una exoneración y más nada, los incentivos para estar en esas jurisdicciones a su vez decaigan.

La duda que tengo es el efecto péndulo: hoy estamos en el momento más duro de estos cambios, ¿qué va a pasar con los cambios políticos futuros, si es que los hay, en Estados Unidos?, ¿cómo pueden modificar estas cosas? Pero sí, comparto con Alberto […]. Él le da ese matiz de “el fin del paradigma del paraíso fiscal”, la idea de que los países pueden atraer inversiones basados únicamente en exoneraciones tributarias.

EC —¿Y qué pasa desde el punto de vista de un país como Uruguay en cuanto a ingresos adicionales que pueda tener a partir de la instauración de este impuesto?

LC —Si las empresas no cambian sus estrategias y todo queda tal cual, obviamente puede haber un ingreso mayor. Reitero, no son muchas las empresas que están en estas condiciones por el nivel de facturación, pero podría significar un aumento de la recaudación no significativo.

EC —Porque varias de estas empresas tienen actividad en Uruguay, realizan negocios en Uruguay, sin tener sede física, sin tener oficina, sin tener una presencia formal. Ese tipo de actividad comercial va a quedar gravada y por lo tanto en esta redistribución que se va a hacer, según dice la OCDE, de por lo menos 125.000, 130.000 millones de dólares por año, se supone que a Uruguay le toca algo. ¿O no?

LC —Lo que te decía, de las empresas multinacionales, de aquellas que están en Uruguay y son parte de este proceso, algo le va a tocar. Lo otro es que como el mercado uruguayo y los consumidores uruguayos versus el mundo son muy pocos, creo que no va ser significativo. Respecto de lo que es el paradigma, Uruguay no gana demasiado con este mecanismo, pero el tema es si tiene alternativas. Desde el punto de vista de la recaudación no creo que sea un ingreso significativo para nada. Pocos millones de dólares; con todo el respeto a los millones de dólares, me refiero a los cambios que hay que hacer para lo que va a ser una ganancia absolutamente residual.

EC —Por un lado va a tener algún ingreso adicional, pero por otro va a perder posicionamiento o va a tener un riesgo de pérdida de inversiones o de captación de inversiones.

LC —Sí, Uruguay va a tener que repensar su estrategia de atracción de inversiones, su estrategia de promoción de inversiones, porque obviamente ya no va a decir como tradicionalmente decía: “acá no se grava con ningún tipo de impuesto, venga a Uruguay”. Así como en su momento decía “en Uruguay hay un férreo secreto bancario” y lo tuvo que dejar de hacer, Uruguay va a tener que cambiar este otro sistema.

Igual tenemos otras ventajas, no olvidemos que el tipo impositivo de 15 % no es una cosa muy elevada respecto a lo que es el tipo impositivo de rentas de capital en Uruguay, que es de 12 %. No es una cosa tan tremenda. Obviamente ya no puedo vender como un activo lo de “no paga nada en el país”. Quizás los activos tengan que ser “adhiero a este sistema, te gravo únicamente hasta el 15 %, te permito que computes parte de los gastos que haces en empleados o en activos”. En fin, para el mundo, pero para Uruguay esto es un sacudón importante en su sistema tributario que va a tener que hacer un montón de cambios, no solo por este impuesto global, sino por los compromisos que ha asumido con la Unión Europea, entre otras cosas.

***

EC —Tengo preguntas de los oyentes que tienen que ver con lo anterior.

Por un lado, la insistencia: ¿qué ocurre con el régimen de zonas francas de nuestro país en este nuevo contexto?

LC —Lo que decía, en parte el efecto está un poco mitigado por esta regla de sustancia. Y también porque el número de empresas que alcanza es relativamente menor, por lo menos al principio. Al principio porque hoy son 750 millones de euros de facturación anual, que después se podrá o no modificar, pero por ahora es ese el acuerdo.

EC —Otra pregunta: ¿cómo se relaciona esto que se confirmó el viernes en París y que todavía tiene que pasar por instancias de formalización –va ahora a reunión del G7, el G20, es un régimen nuevo que entra en vigor en 2023– con la lista de países cooperantes o no? La semana pasada Uruguay fue incluido por la Unión Europea en una lista de países que se comprometieron a eliminar regímenes nocivos en materia tributaria, países que de todos modos, según puntualizaba el comunicado, están cooperando, están trabajando con la Unión Europea en esa dirección.

LC —Son mecanismos independientes. La Unión Europea ha establecido esto como una regla propia, pero todos convergen en lo mismo, que es evitar la pérdida de recaudación fiscal de los países de la Unión Europea en este caso, mitigar los efectos distorsivos de algunas exoneraciones y sobre todo los efectos distorsivos de la regla de fuente local en los réditos empresariales.

EC —Concretamente, se reclama que Uruguay vaya a un criterio de renta mundial.

LC —Correcto. Para empresas y personas. Esto implica un cambio especialmente significativo para, por ejemplo, los sistemas de sociedad de holding. Si tengo una sociedad en Uruguay que es accionista de varias otras sociedades en otras partes del mundo, esos mecanismos obviamente son contrarios a este criterio de la Unión Europea, y de alguna manera, si bien son mecanismos independientes, tienen la misma lógica. Una lógica de la centralidad de la tributación por parte de estos países y sobre todo una lógica de directivas que afectan la capacidad de generar políticas tributarias de los países.

EC —Casualmente además estas dos noticias, la del comunicado de la Unión Europea que incluyó a Uruguay y después este acuerdo de París de OCDE de más 100 países y jurisdicciones, llegaron después de una nueva filtración de casos de empresas ubicadas en paraísos fiscales. Se la llamó Pandora Papers en esta ocasión. No es la primera, ya habido varias de estas filtraciones de paquetes de documentos que después medios de comunicación, diarios, plataformas analizan y van detallando quiénes son los involucrados en cada país. ¿Cómo observás esto?

LC —Obviamente uno puede decir que no son hechos concatenados, pero llama mucho la atención. No que la prensa los dé a conocer, sino cómo se originan estas filtraciones, quién las hace. Esta es la quinta o sexta filtración grande, ya había habido una del banco HSBC, otra de unos papeles de PwC, después estuvo la de Panama Papers, después vino la de Paradise Papers, después la de […] Papers y ahora esta de Pandora Papers. Creo que esto funciona como demostración, de gente interesada en hacerlo, de cómo estos regímenes tributarios ayudan a ocultar o a pagar menos impuestos a las grandes fortunas. Son mecanismos a lo Robin Hood, en este caso no porque le saquen nada a nadie, sino porque tratan de nombrar y avergonzar. Son daños reputacionales que se hacen a las personas que están detrás de estos papers. Obviamente que pretenden catalizar estos cambios. ¿Cómo puedo decir que no quiero adherir a este impuesto mundial si soy una de las jurisdicciones que tienen más venta de estructuras jurídicas? Es muy difícil para los países. Porque además de alguna manera te señala y eso tiene un impacto. En Panamá no les gusta hablar de Panama Papers sino los Mossack-Fonseca Papers.

EC —Ese era el nombre del estudio jurídico dedicado a armar esas sociedades.

LC —Claro. Pero a Panamá le significó un daño económico enorme, una fuga de empresas a otras jurisdicciones, la exigencia de que modificara todo su sistema tributario y sobre todo los secretos bancarios, que intercambiara información. Ese es el efecto de estas filtraciones.

EC —Las filtraciones funcionan en tándem con estas otras negociaciones entre países y entre bloques de países.

LC —Puede ser una casualidad o no. Yo no creo demasiado en las casualidades en estas cosas. El consorcio de periodistas tenía esta documentación desde hacía más de dos años, uno puede preguntarse por qué la dieron a conocer en octubre y no en julio. Me parece que no es ser paranoico pensar que se esperó a que estuviesen estas negociaciones en marcha para sacarla en ese momento. Creo que forma parte de una estrategia, sobre todo de las organizaciones no gubernamentales que han luchado muchísimo por esto, como […] Network, entre otras, que tratan de mostrar las inequidades de los grandes ricos y de las grandes empresas multinacionales, que a su vez dicen que se han enriquecido mucho más con la pandemia.

EC —En el acuerdo de París del viernes terminaron sumándose países que eran reticentes, como Irlanda, Hungría.

LC —Irlanda era la piedra de discordia, porque fue el centro de casi todas las estrategias tributarias de esas grandes empresas.

EC —Después está la pregunta a propósito de jurisdicciones que no terminan abarcadas por todas estas movidas, incluso dentro de Estados Unidos mismo. ¿Qué es eso? ¿Cómo lo ves?

LC —Hay países o jurisdicciones que pueden decir “me voy a resistir todo lo que pueda”, pero hay que ver la fuerza que tiene esa jurisdicción para hacer valer esa resistencia. Parecería que de los países que no se han incorporado Estados Unidos es el único que podría tener cierto poder. Pero no es para las rentas americanas, es para las rentas de fuera de Estados Unidos; eso es lo interesante, en Estados Unidos funciona una de esas jurisdicciones, una especie de paraíso fiscal. Lo mismo que critica Estados Unidos lo tiene. Diría que las otras jurisdicciones que no han adherido no van a hacerle mella a este esfuerzo.

EC —Al principio te mencionaba que hay una discusión sobre este tipo de impuestos globales. Citaba a Chris Edwards que decía “de la misma manera que la competencia entre empresas promueve la eficiencia, la competencia tributaria entre países genera beneficios favorables en materia de eficiencia en los países”. Otra manera de ver eso mismo es lo que señalan algunos oyentes.

Dice Diego: “Lo que nadie controla es el nivel impresionante de gasto que están desarrollando los Estados. Parece que el exceso de gasto público de las potencias centrales es una vaca sagrada a la que nadie se enfrenta, por eso salen a buscar recursos al mundo subdesarrollado”. ¿Cómo consideras esta otra visión?

LC —Totalmente de acuerdo. No hay que olvidar que los regímenes previsionales europeos, más los sistemas de cuidados, más el Estado de bienestar europeo están en absoluto déficit y bancarrota. Los sistemas están teniendo una presión muy grande por mantener los niveles de gasto, ya no digo el gasto superfluo, sino los gastos de seguridad social, los gastos de cuidados, entre otros. No hay duda de que además la crisis de la covid hizo que estos países tuvieran una caída de su PBI y su recaudación muy fuerte, y a su vez una demanda de mayor gasto. En su momento los paquetes fiscales de Alemania, lo que tú decías hoy de Estados Unidos. La presión de los electores europeos es más gasto y saquen de donde sea. En esto uno de los temores que uno tiene es: si estábamos ante una mala distribución de la recaudación mundial, ¿no iremos a una peor, especialmente en los países en vías de desarrollo? ¿No serán los países en vías de desarrollo, los países subdesarrollados o como quieran llamarlos los que van a terminar pagando esos gastos y por tanto sacándoles a sus propias poblaciones recursos? Son todas preguntas que hacen a la equidad de la tributación mundial.

***

Transcripción: María Lila Ltaif

***

Audio y video de la entrevista

Comentarios