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Proyecto Neptuno: ¿En qué están los litigios? Repasamos el caso y sus novedades con el Dr. Juan Ceretta

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Foto: Javier Calvelo / adhocFOTOS

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) rechazó esta semana el pedido de recusación que OSE había presentado en junio contra el Tribunal de Apelaciones en lo civil de 4° Turno, por su actuación en el juicio iniciado al Estado en torno al Proyecto Neptuno. 

Ustedes habrán escuchado o leído esta noticia. Nosotros la consignamos en nuestros titulares del miércoles pasado. Ahora, tal vez no entendieron qué significa esta sentencia y, sobre todo, cuáles son sus efectos prácticos.

Efectivamente, la historia tiene su complejidad.

En esta nota tratamos de pasarla en limpio y agregamos luego una entrevista sobre lo que viene de ahora en adelante.

ANTECEDENTES

El proyecto Neptuno, o proyecto Arazatí, está destinado a instalar en las costas de San José una nueva planta potabilizadora que reforzaría el sistema metropolitano de OSE tomando agua del Río de la Plata. Es una de las obras clave que impulsa este gobierno para evitar que en el futuro se repita una crisis de abastecimiento de agua potable, como la que se vivió el año pasado en Montevideo y sus alrededores. Sin embargo, el proceso se encuentra paralizado desde el mes de junio, cuando el juez de 9º turno en lo Civil, Alejandro Recarey, firmó una medida cautelar de “no innovar”.

Con aquella sentencia, el magistrado accedió a un pedido presentado por dos organizaciones no gubernamentales: la Comisión Nacional de Defensa del Agua y de la Vida y el colectivo Tucu-Tucu.

Esos dos actores de la sociedad civil iniciaron un juicio a OSE, el Ministerio de Salud Pública y el Ministerio de Ambiente. Su objetivo es que el proyecto quede en suspenso hasta que se aclaren algunas dudas jurídicas, ambientas y de costos de esta iniciativa y, en función de las conclusiones, se realicen luego los ajustes correspondientes. Estas organizaciones sostienen que el proyecto se manejó con “mucho secretismo”, según dijo en junio a Búsqueda el abogado Juan Ceretta, que es quien patrocina esta demanda.

En su resolución del mes de junio el juez Recarey afirmó que “existen bases para suponer que puede estarse ante un proceso de privatización parcial del suministro público de agua potable en infracción constitucional”. Además Recarey señaló, en base al testimonio de once investigadores de la Universidad de la República, que en la obra prevista “podrían existir severos riesgos de contaminación” del acuífero Raigón y áreas aledañas. “Sin dejar de mencionar”, agregó, “que no surge que se haya discutido a fondo y con la necesaria transparencia pública las posibilidades de que pudiera haber sobrecostos gravosos en las tarifas de agua”.

Debido a la medida cautelar interpuesta por la justicia, OSE no pudo firmar todavía el contrato con el Consorcio Aguas de Montevideo, conformado por las empresas privadas Saceem, Ciemsa, Berkes y Fast, que fue quien tuvo la iniciativa de este proyecto y luego resultó ganador de la licitación convocada por el Estado.

RECUSACIONES

Ante esta determinación, el gobierno decidió recusar al juez Recarey.

Una recusación es un acto en el que una parte en un proceso judicial o administrativo solicita que un funcionario sea apartado de un caso. Es decir, antes de discutir sobre el fondo del asunto, las autoridades procuraron cambiar al juez a cargo del expediente.

Pero la Justicia rechazó una y otra vez recusaciones presentadas por el gobierno. El fallo de la SCJ de esta semana es el tercero desde la medida cautelar dispuesta por el juez Recarey.

Repasemos: el 27 de junio, el Ministerio de Salud Pública (MSP) presentó la primera recusación contra el magistrado, por entender que no era imparcial. En su escrito, entre otros argumentos, el MSP recordaba el rol que tuvo Recarey cuando en plena pandemia suspend la vacunación contra el covid-19 en niños. Pero el Tribunal de Apelaciones en lo civil de 4° turno descartó este pedido “de plano” y consideró que los planteos del MSP “no constituyen prueba alguna que lleven a afectar la imparcialidad del juez”.

Más adelante, a fines de julio, OSE decidió apelar la medida cautelar en sí. Pero, como esa apelación iba a ser estudiada por el mismo tribunal de apelaciones mencionado recién, el Tribunal de Apelaciones en lo civil de 4° turno, la empresa publica incluyó allí un pedido de recusación de ese colegiado. Concretamente, OSE buscaba apartar de la causa a los ministros Álvaro França, Guzmán López y Mónica Besio por considerar que en su decisión anterior habían cometido “prejuzgamiento” en torno al caso Neptuno.

Ese escrito fue rechazado el 23 de agosto por el propio tribunal. En la sentencia, los ministros expresaron que "no se explica en forma detallada y específica cuál o cuáles de los agravios articulados por OSE no podrían ser resueltos por el tribunal, y el motivo por el cual considera que hay ‘prejuzgamiento’".

La demanda de OSE pasó, entonces, a la Suprema Corte de Justicia.

O sea, otra vez no se estaba discutiendo aún sobre el fondo del asunto: lo que ocurría era que OSE quería evitar que su apelación a la medida cautelar se tratara en un tribunal que entendía no era imparcial.

Y sobre esa cuestión fue que se pronunció este lunes el máximo órgano judicial de nuestro país: sobre qué tribunal será el encargado de dirimir la apelación a la medida cautelar que presentó OSE. Y lo que la SCJ resolvió es que debe hacerlo el tribunal de apelaciones que OSE no quería.

FUTURO

¿Qué significa esto?

¿Cómo sigue el caso Neptuno en la justicia?

Ahora, el Tribunal de Apelaciones de 4° Turno tiene vía libre para expedirse sobre la medida cautelar que mantiene detenido el proyecto de la nueva planta potabilizadora.

Mientras tanto, prosigue el juicio iniciado a OSE por Comisión Nacional en Defensa del Agua y la Vida y la organización Tucu-Tucu, donde se han cumplido varias instancias por la vía escrita.

Ahondamos un poco más En Perspectiva sobre en qué está este proceso, con el Dr. Juan Ceretta.

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