La audiencia opina…

Sobre celulares de periodistas

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Emiliano, leí con mucha atención la columna vinculada al asunto "Nacho Álvarez".

Me surge una reflexión en referencia al asunto del celular y otros artefactos electrónicos de un periodista y de la libertad de prensa de la que haces mención.

Creo que faltó aclarar -en esa columna- que es reprochable en defensa de dicha libertad que el procedimiento judicial referido al celular se realice “en función del ejercicio periodístico” como tutela del derecho de reserva de las fuentes.

O sea, si la actuación judicial se hace en función de la actividad periodística, coincidiremos en que el periodista tiene derecho a reservar y proteger las fuentes.

Ahora bien, eso no significa que los aparatos de un periodista “gocen de algo así como inmunidad”.

Si por ejemplo en medio de una escucha autorizada por -por ejemplo- narcotráfico, aparece involucrado un celular de un “periodista” y luego la actuación judicial que ordena allanamientos y requisa de celulares se efectúa en función de la presunta actividad delictiva de esa persona "periodista" supongo que coincidiremos que allí no podemos hablar de derecho de reserva de fuentes, y allí estará justificada la actuación judicial.

De lo contrario, bajo el manto de la libertad de prensa podemos estar cobijando delincuentes comunes.

Así como no debieran cobijarse bajo el manto, por ejemplo, de la inmunidad parlamentaria posibles delincuentes comunes tampoco los justifico en este ámbito.

Mis saludos y respetos de siempre,

Álvaro Debali


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