Por Leonardo Costa ///
Recientes decisiones respecto de la telefonía celular y de Internet fueron acordadas por los gobiernos europeos y el Parlamento de la Unión Europea el pasado 27 de octubre. Ambas cambiarán el mercado de las telecomunicaciones y, sobre todo, mejorarán la vida de los consumidores.
Por una parte, se dispuso la supresión del sistema de roaming, es decir el cargo adicional que cobran las empresas de celulares a sus usuarios cuando utilizan el servicio fuera del país de su residencia. La resolución, que ahora será formalmente llevada al Parlamento de Estrasburgo, es fruto de años de presiones de organizaciones de consumidores que exigían a las autoridades europeas la imposición de límites a las operadoras telefónicas que cobraban cargos excesivos por sus servicios.
No obstante dicha presión, los consumidores entienden que la victoria, relevante por cierto, igual se hará esperar ya que los lobbies de las compañias telefónicas lograron retrasar la decisión hasta 2017, cuando regirá en forma definitiva la nueva regla. Sin perjuicio de ello, se establece que en forma transitoria a partir de abril de 2016 se debe reducir los precios vigentes en un 75 %.
A partir de esta nueva medida, para los consumidores usar el celular en cualquier país de la Unión Europea será igual que hacerlo en el país de residencia del titular del móvil, de manera que viajar por Europa y usar el móvil dejará de ser un martirio para los europeos. Cabe destacar, que la decisión establece que la eliminación del roaming no es absoluta y solo aplica para estancias breves o esporádicas en el extranjero. Resta ahora discutir qué se entenderá por estadías breves y la fijación del tiempo que equivale a dichas salidas, si es tres o cuatro meses, según se ha discutido.
El otro acuerdo al que llegaron los gobiernos con el Parlamento Europeo se relaciona con las reglas para garantizar el libre y abierto acceso a Internet a todo usuario sin discriminación, conocidas como normas de “neutralidad de la red”.
Con esta decisión las empresas de Internet estarán obligadas a tratar el tráfico de datos de forma equitativa autorizando el acceso libre y total a los contenidos en la red de redes. Sólo se podrá bloquear los servicios de forma limitada de manera a efectos de evitar ciberataques, para impedir la pornografía infantil o en casos de congestión del tránsito.
Esta ultima excepción ha despertado suspicacias en la organizaciones de la sociedad civil, que piensan que mediante esa definición ambigua se deja abierta la puerta para que los operadores puedan de hecho generar un trato discriminatorio a los usuarios. Mas aún cuando la nueva norma establece la autorización de un trato diferenciado del tráfico según el tipo de contenidos (vídeo, voz por Internet, datos encriptados), lo que en la práctica supondrá servicios mas lentos según lo decida el operador. Esta nueva norma, resistida, genera lo que se conoce como “Internet de dos velocidades”, algo que en Estados Unidos se encuentra prohibido desde este año cuando el regulador, la FCC (Federal Communications Commission), entendió que la red es un bien publico y por ende se debe asegurar la absoluta neutralidad de la red.
Las dos resoluciones de las autoridades europeas, y a pesar de lo discutible de la segunda, suponen una decisión a favor del consumidor en detrimento de los operadores telefónicos. Implican una determinación explicita de transferir las ganancias del mercado a los usuarios en detrimento de las empresas de telecomunicaciones. Lo que importa, para Europa, es el usuario y no el proveedor del servicio.
Situación diametralmente opuesta a la adoptada en esos países es la que existe hasta el presente en Uruguay. En nuestro país, la ausencia de políticas a favor del usuario es notoria y hasta ahora los temas antes vistos se encuentran fuera de la discusión de las políticas públicas. De hecho en la anterior legislatura el senador José Amorín presentó un proyecto de ley por el que se le daba al usuario el “derecho a la portabilidad del número” de su celular, manteniendo ese número aún en el caso que la persona cambiara de operador.
La respuesta de las autoridades fue que el sistema propuesto costaba mucho y por ende no se podía adoptar la legislación que se sugería. Es decir que, en lugar de transferir parte de los excedentes de las ganancias del mercado al consumidor, las autoridades optaron por mantener esas ganancias en su haber. Diferencias, en fin, entre un mundo que opta por el usuario y el Uruguay que opta por su empresa de telecomunicaciones y por los operadores privados.
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Emitido en el espacio Tiene la palabra de En Perspectiva, martes 3.11.2015, hora 08.05
Sobre el autor
Leonardo Costa es abogado, profesor de Fiscalidad Internacional y Derecho Financiero en la Universidad Católica, profesor de Análisis Económico del Derecho en la Universidad de Montevideo y socio de Brum Costa Abogados.