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¿Qué implica el fin de la emergencia sanitaria? Entrevista con Adrián Gutiérrez, especialista en Derecho Administrativo

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Foto: Javier Calvelo/ adhocFOTOS

El Poder Ejecutivo formalizó ayer el fin de la emergencia sanitaria que había comenzado dos años y 23 días antes, cuando fueron detectados los primeros casos de covid-19, el 13 de marzo de 2020.

El nuevo decreto, firmado por el presidente Luis Lacalle Pou y los 14 ministros, se fundamenta en “la disminución sostenida del número de contagiados por el virus SARS-CoV-2 en todas sus variantes” y el “alto porcentaje” de vacunación de la población. 

La decisión había sido adelantada el lunes en Twitter por Lacalle Pou. Ese día, sin la resolución adoptada todavía, el Ministerio de Salud Pública (MSP) emitió una circular donde establece varios cambios a los protocolos vigentes últimamente. Por ejemplo, solamente las personas con síntomas de covid-19 estarán obligadas a seguir usando el tapabocas. Para el resto de la población, la mascarilla facial pasa a ser una recomendación y no una imposición. El documento también establece que en las actividades públicas el aforo no tendrá limitaciones ni se exigirá la presentación del certificado de vacunación. 

¿Qué hay detrás de esta decisión?

Hoy En Perspectiva conversamos con Adrián Gutiérrez,  abogado, profesor de Derecho Administrativo en la Udelar y la UCU.

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