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El TCA desestimó la demanda que presentó Edgardo Ortuño contra OSE por el proyecto Arazatí en 2022

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El Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) desestimó la demanda presentada por Edgardo Ortuño, actual ministro de Ambiente y que fue director de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (OSE) en la administración anterior, contra la resolución que habilitó el avance del proyecto Arazatí, también conocido como “Proyecto Neptuno”.

Con esta decisión, el máximo órgano jurisdiccional en materia administrativa ratificó la validez del acto aprobado por mayoría del Directorio de OSE en noviembre de 2022, y desechó los cuestionamientos de Ortuño sobre supuestas irregularidades formales y sustanciales.

La sentencia definitiva dictada el 27 de marzo y firmada por unanimidad de los ministros del TCA, confirma la legalidad de la resolución que dispuso aprobar los estudios de factibilidad del proyecto Arazatí e iniciar el proceso licitatorio correspondiente.

Edgardo Ortuño
Edgardo Ortuño

La iniciativa, tramitada bajo el régimen de iniciativa privada, busca instalar una planta potabilizadora de agua sobre el Río de la Plata para reforzar el abastecimiento de agua potable en el área metropolitana, en un contexto de creciente preocupación por la seguridad hídrica.

En su acción judicial, Ortuño —quien votó en contra del proyecto dentro del Directorio pasado— cuestionó el procedimiento seguido para aprobar la resolución que habilitó el avance del proyecto Arazatí. Señaló que fue “convocado a una sesión extraordinaria con apenas 24 horas de antelación para tratar un asunto de gran complejidad técnica y alto impacto económico”, lo cual —según alegó— “violó el principio de razonabilidad y el reglamento interno” del órgano. También sostuvo que “no se contó con asesoramiento técnico adecuado de las gerencias de OSE ni con informes de impacto financiero suficientes”, lo que —a su juicio— “viciaba la voluntad administrativa” del organismo.

Asimismo, Ortuño planteó posibles violaciones constitucionales, citando los artículos 47 y 188 de la Carta Magna, y argumentó que el procedimiento de iniciativa privada “vulneró el marco legal y financiero al que está sujeto OSE”. La demanda apuntaba a anular la resolución en su totalidad por razones tanto de forma como de fondo.

Sin embargo, el TCA rechazó los argumentos del demandante. En primer lugar, confirmó que la convocatoria a sesión extraordinaria fue válida, ya que el reglamento interno solo exige un mínimo de dos horas de antelación —requisito que fue ampliamente superado—, y destacó que “el procedimiento completo del proyecto llevaba más de un año y medio de análisis previo”. En consecuencia, la aprobación por mayoría del Directorio fue considerada jurídicamente regular.

TORRE DE OSE
TORRE DE OSE. Foto: Ricardo Antúnez / adhocFotos

En lo que refiere al fondo del asunto, el Tribunal sostuvo que los elementos técnicos, económicos y financieros del proyecto exceden el marco de una contienda intraorgánica de competencia, prevista en el artículo 313 inciso 2º de la Constitución. Este mecanismo está diseñado para resolver diferencias entre miembros de órganos colegiados solo cuando no pueda formarse la voluntad institucional mediante el procedimiento regular. En este caso, la resolución fue adoptada por mayoría, con los procedimientos cumplidos, por lo que —a criterio del Tribunal— no hay base para habilitar este tipo de contienda judicial.

El Tribunal también abordó las objeciones procesales formuladas por la defensa de OSE, pero reconoció la legitimación activa de Ortuño en su calidad de director del ente, así como la suficiencia de la representación institucional del Directorio como parte demandada, a pesar de que el mismo carece de personería jurídica propia.

Con esta resolución, el Tribunal pone fin a una de las principales controversias internas sobre el proyecto Arazatí, que generó un amplio debate técnico, político y ambiental. Si bien la sentencia no se pronuncia sobre la viabilidad o conveniencia del proyecto, sí confirma que su tramitación administrativa cumplió con los requisitos legales formales, dejando firme la decisión institucional de OSE de avanzar con la obra.

Vea la resolución del TCA

Tca Demanda Ortuño by En Perspectiva En Perspectiva

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