El ministro de Salud, Jorge Basso, concurre hoy a comisión de la Cámara de Diputados para responder sobre una resolución de su cartera por la que se le otorgó a un paciente un medicamento oncológico que el Estado no está obligado a proporcionar. En entrevista con En Perspectiva, el diputado del Partido Nacional Martín Lema consideró que con esto el Ministerio de Salud Pública “viola el principio de igualdad y no es equitativo con el resto de los pacientes que también necesitan medicamentos de estas características”.
EN PERSPECTIVA
Martes 11.08.2015, hora 7.48
EMILIANO COTELO (EC) —El ministro de Salud, Jorge Basso, concurrirá hoy a comisión de la Cámara de Diputados, para responder sobre una resolución de su cartera por la que se le otorgó a un paciente un medicamento oncológico que el Estado no está obligado a proporcionar.
Recordemos: sólo se financian con recursos públicos aquellos medicamentos de alto costo que fueron incluidos en el Formulario Terapéutico Médico [FTM]. En pocas ocasiones el Ministerio de Salud Pública [MSP] entrega los fármacos que se encuentran fuera de esa lista. Pero, en una decisión que ha causado controversia, la cartera hizo una excepción con el hijo del ex senador frenteamplista Alberto Cid.
La orden generó preocupación en un legislador del Partido Nacional, el abogado Martín Lema, quien se preguntó si existen ciudadanos de clase A y de clase B, y resolvió citar al ministro de Salud a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes.
Ahora está este caso arriba de la mesa, pero la forma en la que se autorizan este tipo de medicamentos hace largo tiempo que se debate, a cada rato aparecen casos, demandas, situaciones. Vamos a enterarnos de cómo viene la preparación de esta reunión de hoy.
ROMINA ANDRIOLI (RA) —¿Qué es lo que usted pretende que el ministro Basso aclare hoy concurriendo a la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados? ¿Cuáles son los principales aspectos que a usted le preocupan de esta situación?
MARTÍN LEMA (ML) —Los dos principales aspectos que nos preocupan son la injusticia y la desigualdad con la cual se están facilitando los medicamentos oncológicos. Como bien decía Emiliano recién, cuando se trata de medicamentos de alto costo o la persona los adquiere porque tiene recursos suficientes para hacerlo o tiene que recurrir al Fondo Nacional de Recursos que en el FTM tiene el listado de los medicamentos que puede proporcionarle al paciente. Lo que está sucediendo últimamente es que los médicos indican ciertos medicamentos que no se encuentran en el FTM. El paciente, como no se los brinda el Estado, tiene que recurrir a la promoción de una acción de amparo en la cual aspira a que, a través de la Justicia, se le pueda llegar a dar el medicamento. La primera desigualdad que notamos es que, como estamos hablando de medicamentos habilitados para comercializar la persona que tiene dinero va y lo compra, tenemos una desigualdad con quien no tiene el dinero para comprarlo. La segunda desigualdad es entre aquellos que promueven acción de amparo y aquellos que no lo hacen. Ya de entrada nos aparece una tercera desigualdad que es que según el sistema de turno, porque es según quién toque, muchas veces, la mayoría, se hace lugar al amparo, pero otras veces no.
Nosotros ya empezábamos a ver que este tema se está manejando mal por parte del MSP, se maneja mal en el dictado de una ordenanza del 27 de febrero del corriente año, firmada por Susana Muñiz, es la ordenanza 86, en la cual excluyen medicamentos oncológicos que paradójicamente son los más solicitados por los pacientes, aquellos por los cuales más se recurre a las acciones de amparo.
Acá nos parece una situación muy irónica, porque una ministra de Salud Pública saliente firma una ordenanza en la cual excluye medicamentos oncológicos cuando a los dos días iba a asumir un presidente de la República que tiene la condición de médico oncólogo. Es bastante irónico que una ministra a dos días de dejar el cargo firme una ordenanza de estas características.
RA —Si vamos a los argumentos del MSP el ministro Basso señalaba en una nota con el semanario Búsqueda que el criterio del MSP es el de hacer distinciones entre aquellos medicamentos en los cuales la evidencia científica sobre su efectividad no está firme, aquellos sobre cuya efectividad hay dudas -esos medicamentos en principio quedan excluidos-; aquellos en los que la ecuación costo-efectividad no es conveniente; y un tercer grupo de medicamentos que, si bien hay evidencia suficiente sobre sus beneficios, tienen un precio que sobrepasa las posibilidades de Uruguay. ¿Qué opina usted a propósito de esos criterios que hoy en día determinan la conformación del FTM?
ML —La primera opinión que tengo es que el MSP debería hablar más de salud que de economía: primero hablar de salud, obviamente que después ajustar los costos para tratar de facilitar este tipo de medicamentos.
Sobre la eficacia de estos medicamentos, si el MSP expresa eso, está totalmente equivocado. Los medicamentos que están en esta ordenanza inoportuna e inconveniente, y por supuesto que también ilegal, tienen comprobada eficacia y seguridad. No lo digo yo, lo dice la Food and Drugs Administration [FDA] de Estados Unidos, lo dice la Agencia Europea de Medicamentos [EMA], está en las pautas de la Cátedra de Oncología de la Universidad de la República [Udelar], está amparado por la comunidad médica toda.
Por ejemplo, en la ordenanza hay tres medicamentos y después hay anexos que toman otros medicamentos. De los tres primeros que excluyó el MSP estuvo tres años y medio para tomar una resolución sobre uno de ellos, a través de la ordenanza, cuando, por decreto, tendría que ser [un período de] un año. Sobre otro de ellos, el segundo, acá tengo siete cartas distintas de profesionales, obviamente connotados, muchos de ellos catedráticos de la Udelar, que ya el 27 de agosto de 2009 solicitaban que estos medicamentos deben estar incluidos en el FTM. El tercer medicamento –a modo de ejemplo, estamos hablando de los mismos que ejemplos que pone el propio MSP– hasta el mismo MSP hizo un informe de la eficacia y la sobrevida que brinda este medicamento. A su vez este tercer medicamento se da una ironía: para cáncer renal -es decir, de riñón- están este medicamento y dos más, pero este sirve además para cáncer de hígado primitivo, sería el único con comprobada eficacia. El MSP lo otorga para riñón pero no para cáncer de hígado primitivo, hasta en eso está funcionando mal, hasta en los protocolos de medicamentos que están con comprobada eficacia y seguridad y que sirven para dos patologías y solo lo usa para una, para aquella patología para la que existen otros medicamentos.
RA —De todas formas el MSP señala esta necesidad a la que tiene que apelar, el tema del costo-beneficio. Puede ser considerado un argumento muy economicista, pero si no hubiera limitante de recursos no estaría planteado el problema.
ML —Lo primero que vamos a decir es que recursos se están facilitando porque las acciones de amparo se están ganando por goleada. Cuando se ganan las acciones de amparo el MSP es condenado a comprar el medicamento y lo compra a precio de lista, es decir, más caro que si es fruto de una negociación. Nosotros estuvimos haciendo comparativos de cuánto valía un medicamento antes y después de incluirse en el FTM y baja profundamente cuando es incluido. En el año 2014 en la Rendición de Cuentas en la página 210 en uno de los ítems habla de que por medicamentos oncológicos a través de sentencias judiciales, es decir, cuando fue condenado a comprar, solamente por oncológicos, se gastaron en 2014 US$ 4 millones. A su vez la persona que no recibe este medicamento no solamente no está teniendo la atención que necesita y que mandata el artículo 44 de la Constitución, sino que tiene otro tipo de costos, porque no es que no tiene costos, tiene costos de gastos de enfermería, de internación, de quimioterapia, es una persona que de repente no tiene el mismo índice de productividad que si tuviera este medicamento y gozara de una mejor vida.
Aparte me parece que acá hay que hacer los esfuerzos para intentar ser lo más inclusivo posible, pero además quien contradice sus propias afirmaciones es el MSP, porque el MSP parte de esos argumentos que usted recién manejaba los expresó en diferentes instancias judiciales. Por ejemplo, el 27 de abril tuvo una sentencia en Tribunal de Apelaciones que fue favorable al MSP basada en la ordenanza que recién mencionábamos sobre un medicamento que es para cáncer de piel. A pesar de que el 27 de abril el MSP tuvo una sentencia a favor que se basa en su propia ordenanza, el 3 de junio hizo una excepción con ese paciente a través de una compra directa, facilitándole de todas formas el medicamento. Es decir: no lo decimos nosotros, el propio MSP invoca argumentos que después él mismo se encarga de contradecir.
Acá quiero hacer una aclaración que es importante: bajo ningún concepto estamos hablando de quién es destinatario de ese medicamento, porque quien padece esa enfermedad, cualquiera que padezca esa enfermedad, hace absolutamente todo para hacerse de ese medicamento y poder tener más y mejor calidad de vida. Acá hay que dejar afuera a quien es el destinatario. Lo que sí cuestionamos es que el MSP viola el principio de igualdad y no es equitativo con el resto de los pacientes que también necesitan medicamentos de estas características.
RA —¿Qué es lo que pretende con la comparecencia de hoy del ministro? ¿Le va a plantear alguna iniciativa?
ML —Sí, por supuesto, lo primero: derogar la ordenanza 86, no debe ser parte de una resolución ministerial que venga paradójicamente del MSP. Acelerar la forma de inclusión de actualización del FTM, hoy por hoy tenemos un sistema que hasta el 30 de junio pueden presentarse diferentes medicamentos y después tienen que esperar un año para volver a presentarse, la ciencia avanza y administrativamente debemos seguir el camino de la ciencia. Celeridad para el procedimiento de incluir medicamentos en el FTM, no puede estar, como en uno de los casos que mencionábamos, tres años y medio a estudios un medicamento que está habilitado para comercializarse desde 2009. En 2011 se solicita la incorporación y el MSP está tres años y medio evaluando si es efectivo o no ese medicamento cuando todos los estudios internacionales y la propia Cátedra de Oncología dicen que sí. Por otro lado, la inclusión de ciertos medicamentos que cuenten con respaldo relevante, quizás hoy por hoy son aquellos por los cuales mayoritariamente los pacientes tienen que recurrir al amparo, porque ante la omisión del otorgamiento y del estudios de estos medicamentos por parte del MSP por suerte nuestro sistema republicano le permite al paciente afectado recurrir al Poder Judicial para que de alguna forma se haga justicia y pueda tener, en tiempo y forma, el medicamento que ha sido prescrito e indicado por los médicos.
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Transcripción: Andrea Martínez