
La Tertulia de los Viernes con
Alejandro Abal, Marcia Collazo,
Juan Grompone y Ana Ribeiro

A partir de una recurso de amparo presentado por la ONG Patrimonio Activo, la Justicia ordenó esta semana la suspensión, de manera cautelar, de la demolición de una casa de estilo art decó ubicada en la zona del Parque Rodó, en Montevideo.
En su resolución, la jueza María Alexandra Facal Sosa explicó que la prohibición de no innovar se da mientras se tramita el recurso de amparo y se basa en "el peligro en la demora, sumado a la irreparabilidad del perjuicio en caso de demolición".
En el escrito de la ONG se invocó el artículo 34 de la Constitución, que dice que “toda la riqueza artística o histórica del país, sea quien fuere su dueño, constituye el tesoro cultural de la Nación" y que "estará bajo la salvaguardia del Estado y la ley establecerá lo que estime oportuno para su defensa".
El inmueble, que se encuentra en la calle Julio Herrera y Reissig, entre García de Zúñiga y Benito Nardone, a pocos metros de la Facultad de la Ingeniería de la Universidad de la República, tiene vitrales originales de Arturo Marchetti, un maestro vidriero italiano que también creó ventanales de estilo grecorromano para el Salón de los Pasos Perdidos del Palacio Legislativo y cuya obra también puede observarse en el Palacio Santos, sede de la Cancillería.
El plan inicial de la empresa que compró ese padrón era demoler esta propiedad, junto a otra lindera, para construir en los dos terrenos un edificio de nueve pisos que contaba con autorización de la Intendencia de Montevideo.
La conservación del patrimonio y las consecuencias de su pérdida han sido tema de agenda en los últimos meses, entre otras cosas por la película Montevideo Inolvidable, de Alfredo Ghierra.
¿Es compatible el valor del patrimonio con la modernización urbana? ¿Qué perdemos con la demolición de este tipo de construcciones? ¿Es nuestro deber preservar el patrimonio para generaciones futuras?
Viene de: A 195 años de la Jura de la primera Constitución de Uruguay










