
EC —Por lo tanto aparecen ventajas potenciales muy interesantes para nuestro país. Entonces, ¿esto que acaba de resolver Naciones Unidas implica derechos pero también obligaciones?
CM —Sí, obviamente, es un espacio en el cual el Estado uruguayo concretamente tiene un derecho de soberanía. En consecuencia, tiene que tomar todas aquellas medidas que impliquen el cuidado de ese espacio del cual es soberano. Por ejemplo, si bien los terceros estados tienen derecho a realizar el pasaje de cables y tubería submarina, deben hacerlo con el trazado que fije el Estado ribereño. En consecuencia, allí hay una obligación del Estado de controlar cuáles son los cables y tuberías submarinas que se van a posar sobre la plataforma continental.
EC —Esa es una obligación uruguaya a partir de este momento.
CM —Exacto, porque en definitiva es un ejercicio de los derechos soberanos del Estado ribereño, en este caso Uruguay. Eso va a llevar un tema de planificación y tiene que ver con lo que señaló el ministro de Relaciones Exteriores en el sentido de que el tema ambiental también va a estar presente allí.
EC —¿De qué manera?
CM —Porque estos cables y tubería submarina tienen que tener un control del Estado de con qué materiales se fabrican y cuáles son las consecuencias de que estén durante un período prolongado sobre la plataforma continental.
EC —¿Qué otras obligaciones? ¿En qué se traduce en términos prácticos esta soberanía que ahora se le adjudica a nuestro país en esta zona?
CM —Más que obligación me atrevería a decir derechos o poder deber del Estado ribereño en el sentido de realizar controles de que allí la explotación, por supuesto, pero también la exploración que pretendan hacer terceros estados o empresas deben contar necesariamente con la autorización de Uruguay.
EC —¿Explotación de?
CM —Explotación o exploración de recursos minerales o para ver qué recursos tiene la plataforma, ya no solo la extracción, la explotación, sino incluso la exploración. Necesariamente tiene que tener autorización de Uruguay en este caso.
EC —Y en cuanto a lo que allí ocurra en materia de pesca, ¿qué le corresponde hacer a Uruguay?
CM —Como le señalaba, el tema de la pesca no está involucrado aquí, excepto los recursos que están en forma permanente. Se va a regir por otro régimen jurídico. Hay que tener en cuenta que a partir de las 200 millas marinas a contar desde la línea de base en el espejo y volumen de agua ya estamos en alta mar, y en alta mar el principio es la libertad de navegación y explotación de recursos ictícolas con determinas restricciones que están en la convención. Sin embargo, hasta las 350 millas, y en algunos casos un poquito menos, el lecho y subsuelo, la plataforma, es soberanía del Estado. Es decir que vamos a tener dos regímenes jurídicos, uno en el espejo y volumen de agua y otro en el lecho y subsuelo.
EC —Mi pregunta apuntaba a saber qué obligaciones pasamos a adquirir en cuanto a inversiones en buques de la Armada Nacional, por ejemplo, qué despliegue tenemos que hacer.
CM —La convención establece de manera expresa que, se ocupe o no la plataforma continental, el Estado ribereño tiene derecho de soberanía sobre ella. Lo que naturalmente va a realizar, lo que realizan los estados ribereños, es un control, que ya implica salir, si tomamos en cuenta el espejo y volumen de agua, de la zona económica exclusiva y avanzar sobre alta mar para controlar no el alta mar sino la plataforma que está desde las 200 millas hasta las 350 millas o rondando allí –340, 340 y algo de millas–. Allí el Estado ribereño debe realizar un contralor de las actividades que se realicen. En primer lugar, si cuentan o no con autorización del Estado, porque está ejerciendo derechos de soberanía sobre la plataforma.
EC —Da la impresión de que ahí tenemos un desafío en materia de infraestructura, equipos, naves, aviones, etcétera.
CM —Exacto. Digamos que el cometido sería el de contralor de ese nuevo espacio que tiene hoy Uruguay.
EC —¿Y en cuanto a la investigación?
CM —La investigación está incluida en la exploración. Cualquier investigación que se realice sobre la plataforma continental uruguaya necesita tener autorización del Estado uruguayo.
EC —Me refería a investigación científica, por ejemplo.
CM —Con los estudios que se hicieron a través de la Coalep se avanzó muchísimo en la densidad de datos que hoy tiene Uruguay con relación a su plataforma continental. Naturalmente, es una base de datos que debe ir completándose, y eso les corresponde a organismos del Poder Ejecutivo, pero también a la Universidad de la República y a otras universidades, avanzar en el conocimiento de qué existe en la plataforma continental uruguaya, en este nuevo espacio marítimo que ha adquirido Uruguay.
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Transcripción: María Lila Ltaif









