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Entrevista central, miércoles 16 de noviembre: Fernando Nopitsch

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EC —A su vez, ¿la plataforma tiene que establecer algún tipo de control sobre los vehículos y los conductores?

FN —Totalmente, y lo tiene. No estamos innovando nada, la plataforma tiene comunicación con los vehículos, es la que en última instancia da el viaje y es la que cobra.

EC —El texto dice: “Cumplir con las obligaciones y requisitos que la Intendencia de Montevideo determine, liquidar y abonar a la Intendencia por cuenta y orden de los permisarios el canon, garantizar que toda la operativa, incluyendo tanto la actividad que se presta a través de las plataformas como el servicio de transporte, cumple con la legislación nacional y departamental aplicable, exigir y fiscalizar que los permisarios y/o sus conductores cumplan con las obligaciones tributarias, previsionales y reglamentarias correspondientes, no pudiendo asignar viajes a quienes no demuestren estar al día en su cumplimiento”. ¿Las plataformas tienen que inspeccionar, pasar por un filtro a los conductores con los que trabajan?

FN —Sí, y los pasan, tendrán que hacerlo, y tendrán que exigirles que estén inscritos en el BPS y que estén al día y paguen. No es distinto de lo que pasa con los comercios hoy establecidos. Es más, uno compra y tiene que tener facturas y el Estado exige que estén al día con los distintos impuestos.

EC —Veamos qué se les exige a los conductores. Porque una cosa es el permisario y otra es el conductor. ¿Una persona puede ser permisaria, puede tener un vehículo habilitado para trabajar para una aplicación, y a su vez ese vehículo pueden conducirlo una, dos o tres personas?, ¿cómo es?

FN —Sí, el titular siempre es uno, pero puede manejar el titular, un chofer que tenga contratado o el hijo. Lo que se le exige es que tenga libreta profesional y la antigüedad del vehículo, que tiene que ser menor a cuatro años –si es el eléctrico se permite más tiempo–, y tener seguros que cubran contra terceros y contra pasajeros. Son las normativas básicas que en general están vinculadas al transporte público.

EC —En las exigencias a los conductores dice: “tener licencia de conducir expedida por la Intendencia en la categoría que esta exija”. ¿Qué quiere decir?

FN —Las libretas profesionales.

EC —Va a tener que ser una categoría profesional.

FN —Absolutamente, sí.

EC —No está dicho.

FN —Dice, sí: “… asegurándose de que el conductor del vehículo cumpla con las obligaciones del artículo 10 y las que disponga la Intendencia de Montevideo”.

EC —Eso con respecto a la plataforma. Pero con respecto a los conductores, dice “tener licencia de conducir expedida por la Intendencia en la categoría que esta exija”.

FN —Es profesional, no hay otra.

EC —Va a ser profesional.

FN —Sí.

EC —Porque hoy no están conduciendo con libreta profesional necesariamente.

FN —Para nosotros ese es un requisito fundamental.

EC —Dice “aceptar viajes despachados únicamente por las plataformas habilitadas en las que esté debidamente registrado el vehículo”. Pero un conductor puede trabajar para varias aplicaciones, eso no es inconveniente.

FN —No es incompatible. Lo que no puede es levantar pasajeros en la vía pública, tiene que ser siempre por medio de aplicaciones.

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