
EC —Eso fue lo que anunció la vicepresidenta Topolansky, que iba a tener una reunión con él para plantearle todas las dudas y preguntas que tenía.
FG —Me parece muy bien que se reúna con el auditor, que se reúna con el TCR, generalmente el TCR recibe o va a visitar a los jerarcas de los organismos que piden una entrevista para conversar de los temas que les incumbe. Porque entre otras cosas la Constitución nos atribuye la responsabilidad no de ejercer docencia, pero sí de explicar cuáles son los pasos que se deben dar para que los expedientes no sean observados.
Aquí otra cosa que sucedió, es justo reconocerlo, es que tradicionalmente la Cámara de Representantes ha venido otorgando siempre los subsidios a los legisladores que renuncian sin aplicarles el artículo 77 de la Constitución.
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EC —Usted explicaba que el argumento principal por el cual el TCR falla es que Raúl Sendic, el vicepresidente de la República, es un legislador. Ese era un punto que se había discutido: si no era legislador no se le aplicaba el requisito del artículo 77, numeral 10, de la Constitución, ese que demanda que para poder cobrar el subsidio en el momento del alejamiento tiene que haber una votación expresa por tres quintos que lo autorice. El TCR llega a la conclusión de que es legislador, y como no hubo esa habilitación por tres quintos de votos observa el gasto, no corresponde ese subsidio, en todo caso puede cobrarlo una vez que termine el período de gobierno. En síntesis es eso.
FG —Es así. Yo no conozco antecedentes, casos de vicepresidentes de la República que hayan renunciado y hayan solicitado el subsidio, era un caso nuevo. Muchas veces se confunde cuando se dice “¿cómo si se procedió de determinada manera con estos subsidios, no se procedió de la misma manera con este otro?”. En alguna medida hay razón en ese razonamiento, y en una parte importante no, porque mientras los otros casos son claramente de legisladores que renuncian, este era el caso del vicepresidente de la República, y al final el TCR termina laudando que es legislador y por consecuencia le corresponde la aplicación del artículo 77 de la Constitución.
EC —Otra precisión: el TCR no tiene para nada toda la historia de denuncias contra Raúl Sendic, las investigaciones en la justicia, nada de eso pesa en esta determinación.
FG —No, ninguno de esos temas está a consideración del TCR, y mucho menos en este tema específico. Nosotros nos tenemos que pronunciar en función de cada caso concreto.
EC —Vamos a lo otro. Usted decía al comienzo de la entrevista: “No es cierto que el TCR no considere los subsidios cuando se aprueban en el Parlamento, el TCR interviene siempre, puede hacerlo de dos formas, y lo ha hecho de dos formas”. En este caso concreto con el propio TCR analizando el caso y pronunciándose, pero en los anteriores lo ha hecho con la actuación de su auditor delegado en el organismo, en este caso el Poder Legislativo. La pregunta es: si en todos los otros subsidios que se han aprobado en el Parlamento intervino el auditor delegado del TCR, por qué no objetó. Porque hace muy pocos días, en la propia Cámara de Representantes se aprobaron subsidios a dos legisladores, subsidios que se cobran desde ya y que no pasaron por la votación especial de tres quintos. ¿Entonces?
FG —Exacto. Se aprobaron tres subsidios en el transcurso de esta legislatura, que son los de los diputados Andrade, Gonzalo Mujica y Mier. Como le decía al comienzo de la entrevista, el TCR tiene dos formas de pronunciarse que tienen el mismo valor, si se pronuncia el auditor delegado del TCR es como si se pronunciara el propio TCR. Lo que pasa es que el delegado tiene la facultad de resolverlo por él o elevarlo a la consideración del Tribunal cuando la dimensión del tema o las dificultades jurídicas en su resolución puedan generar alguna suerte de controversia, que fue lo que en este caso hizo el auditor, a mi juicio con muy buen criterio.
EC —Pero la pregunta es por qué si el TCR acaba de ratificar el criterio de que para cobrar de inmediato el subsidio tiene que haber una autorización expresa de la Cámara por tres quintos, el auditor delegado en el Poder Legislativo no haya objetado estos otros subsidios que usted mismo acaba de mencionar.
FG —Porque en la Cámara de Representantes, donde se dieron los otros tres casos, existe una suerte de costumbre de autorizar en todos los casos los subsidios la propia Cámara y el presidente, que es el que firma el gasto, quizás en el entendido de que la aceptación de la renuncia por mayoría especial ya de por sí significa aceptar lo que establece el artículo 77 de autorizar expresamente el cobro del subsidio.
EC —¡Qué raro es eso!
FG —No, no es raro.
EC —Usted habla de una costumbre, etcétera, pero lo cierto es que no hay una votación explícita del subsidio.
FG —No hay. Yo creo que el criterio de la Cámara de Representantes es equivocado, y eran equivocados a mi juicio los pronunciamientos en función de los cuales se intervenía o se legitimaba ese gasto.
EC —¿Usted está cuestionando la actuación del contador delegado del TCR en todos estos casos anteriores?
FG —No, no la estoy cuestionando, estoy discrepando, es algo a lo que tengo derecho.
EC —Está discrepando con la actuación del auditor delegado del TCR en el análisis de estos otros subsidios anteriores.
FG —Creo que durante estos últimos años tanto la auditoría como la Cámara de Representantes se olvidaron, al momento del otorgamiento del subsidio, del artículo 77 de la Constitución. No olvidemos que yo estoy en el TCR desde el 4 de octubre, no tengo una trayectoria en el TCR, el primer tema de subsidio con que me encuentro en el TCR es el del vicepresidente de la República. En consecuencia, ya antes de que se pronunciara el Tribunal, cuando vi que existía la posibilidad de medir los asuntos con distinta vara, porque estaban los antecedentes a los que hemos hecho referencia y de acuerdo a cómo venían los informes jurídicos existía la posibilidad de que se observara el subsidio del vicepresidente de la República, le propuse al Tribunal que de ahora en adelante cada vez que un legislador o un intendente renuncie a su cargo antes de terminar el período, ese pedido de subsidio, si lo concreta, venga a conocimiento directo del TCR. Eso es lo que va a suceder de ahora en adelante.
EC —Se adopta un criterio nuevo, el TCR resuelve que de ahora en adelante el órgano TCR va a considerar cada uno de los eventuales subsidios.
FG —Exacto. Y lo hace con el propósito deliberado de medir todos los asuntos con la misma vara y aplicar los mismos criterios, que es la consecuencia directa de esto.









