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Entrevista central, viernes 15 de julio: Rodrigo Goñi

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RA —El texto propuesto por la Agesic pasa a decir en el artículo que comentábamos que “la presente ley es de aplicación a los servicios prestados en territorio nacional, a título oneroso, utilizando una plataforma informática de intermediación para su contratación, quedando sujetos a las disposiciones del ordenamiento jurídico nacional que les sean de aplicación, en función de la actividad que desarrollen, con independencia de la utilización de medios electrónicos para su realización”. ¿Qué quiere decir esto y qué implicaría en la práctica?

EC —Qué cambia con respecto al proyecto del Poder Ejecutivo.

RG —El gran cambio que hace el Poder Ejecutivo es pasar a regular, en principio, solo los negocios finales y no las plataformas tecnológicas directamente. Por supuesto que cuando uno regula los negocios que se pueden hacer en esos mercados, indirectamente, aunque no lo dice el Poder Ejecutivo, puede ir más allá. Esas son las trampas que uno no puede dejar pasar, porque el proyecto es muy poco preciso, no se sabe bien qué se quiere decir.

EC —El cambio es que se propone regular a los choferes de Uber y no a Uber.

RG —O a quienes dan la casa en alquiler o a quienes dan dinero en préstamo o a quienes prestan un servicio, no regulando lo que sucede en ese espacio. Ese mercado, ese lugar de transacción, que son las aplicaciones tecnológicas, no se estaría regulando en principio. Es un paso importante, porque tenemos que ir hacia alivianar. En estos tres meses todos los que han pasado por el Parlamento –excepto los que se puede decir que son los perdedores de esto o los que están más afectados– han pedido que “no se regule como está pretendiendo el Poder Ejecutivo”, han expresado que este proyecto “es malo”. Entonces el Poder Ejecutivo también escucha.

Y pasaron otras dos cosas también muy relevantes. Primero, nada menos que la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia, un órgano técnico cuyos representantes, que son puestos por el gobierno, son especializados en decir cuándo hay competencia desleal o no, hace pocos días resolvió, ante una denuncia de Uber y los taxis, de taxis contra Uber y de Uber contra taxis, que la irrupción de Uber no configuraba una competencia desleal. Además la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia nos recomienda a los legisladores diseñar un marco favorable a la competencia, que busque la igualdad de condiciones de las partes para competir, que no establezca requisitos injustificados ni barreras a la entrada que impidan el ingreso, en definitiva que promovamos el desarrollo de estas aplicaciones.

Si el propio organismo especializado nos dice “ojo con restringir, ojo con regular restringiendo y limitando”, creo que el Poder Legislativo no puede menos que dar esta discusión, convencer a todos, en especial al propio Poder Ejecutivo, de que quizás lo mejor sea no regular en este sentido. Vale aclarar que todo está regulado, cuando uno habla de regular incurre en un eufemismo, en realidad está hablando de una nueva regulación. Todo en el mundo social está regulado, a partir de nuestra Constitución todos los actos que no están en el ámbito privativo de la libertad de cada individuo están regulados. Entonces cuando hablamos de regulación hablamos de una nueva regulación, que en este caso hay pruebas concretas de que va a seguir restringiendo, porque sigue estando el famoso artículo 9, aunque se lo quiso flexibilizar y ahora dice que va a haber un debido proceso, pero no judicial.

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