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Entrevista central, viernes 29 de julio: José Amorín Batlle

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EC —Estamos en la introducción, una larga introducción, pero vale la pena para ubicar el antecedente del año 2010, porque a eso vamos. Este texto tiene origen en 2010.

JA —La Impositiva no solo tiene una enorme fuerza, sino que es hoy una organización moderna con un sistema judicial antiguo. Entonces cae una inspección a un comercio, entienden que puede haber alguna dificultad, le traban embargo, no le dan la posibilidad del Certificado Único –lo que implica que no puede cobrar cuentas al Estado ni hacer importaciones– y le ponen a una persona de la Impositiva en la caja hasta determinar cuánto debe. Ahí empiezan las negociaciones.

El contribuyente al que le llega la inspección se da cuenta de que es un desastre la situación. ¿Qué puede hacer? Tiene que esperar a que se determine la cifra para después impugnarla ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA). Esa determinación de la cifra, después de que está hecho el embargo, puede demorar entre dos y tres años, con la persona de la DGI adentro, embargado y sin Certificado Único. Y el juicio en el TCA dura cuatro años. Entonces cuando un señor tiene un comercio y vienen y le dicen “usted me está debiendo $ 800.000”, el tipo dice: “¿Qué hago?, ¿espero cinco años, seis años, con esto adentro, embargado, o pago?”. No le dicen “usted puede decir que esta parte está bien”, o paga todo o no paga nada. Y sí le dan facilidades para pagar.

Conozco miles de casos que me dicen: “Te aseguro que hice todo bien, no debo nada, pero no tengo más remedio que arreglar, si no, me fundo”. Esa es la situación. De 100 inspecciones, según las informaciones estadísticas que tenemos, en 92 entienden que hay evasión o defraudación, en 92 hay que reliquidar los impuestos, 92 %. ¿Cuántos van al TCA? El 5 %. De esos 92, el 5 % va al TCA y el resto arregla. De los que van al TCA, ¿cuántos ganan el juicio? El 75 %.

EC —Pero tuvieron que dedicar tiempo, energía y dinero a ese trámite.

JA —¿Quiénes van al TCA? ¿Cuáles son los casos que ustedes conocen que le ganaron al TCA? Yo no soy abogado tributarista, no estoy en el tema, pero, como ustedes, leo los diarios. Yo conozco dos casos, uno es un señor Tienda Inglesa, que fue famoso, y el otro es el caso de un señor Paco Casal, que también fue famoso. Esos dos tuvieron espalda, pleitearon y ganaron. Antes, por supuesto, pasaron por el escarnio público, pero después de siete años le ganaron a la Impositiva. Entonces lo que yo quiero es igualdad entre todos, que el pequeño contribuyente también tenga derechos. Para eso hay que hacer una cantidad de cosas.

Por ejemplo, estos procesos inspectivos no pueden ser eternos. Este tema es enorme, amplísimo, tiene que ver con la justicia tributaria. Yo digo: cuando hacemos una Impositiva que cobra mucho más, el objetivo principal es que entre todos paguemos lo mismo para que todos paguemos un poco menos. Lo que ocurrió en Uruguay es que aumentó fenomenalmente la recaudación medida en dólares –que es una medida no muy justa porque el dólar sube–, pasó de US$ 1.700 millones en el 2003 a US$ 9.000 millones en 2014. Normalmente en estos casos bajan los impuestos. Cuando vamos a la pizzería si en vez de pagar siete pagamos diez, pagamos un poco menos cada uno. O si no, lo otro que puede pasar es que empecemos a pedir champán y caviar y paguemos igual o más cada uno. Lo que hizo este Gobierno fue pedir champán y caviar. Entonces no solo pagamos todos, sino que además pagamos más impuestos.

***

ROMINA ANDRIOLI (RA) —Usted ha comentado que la Carta de Derechos del Contribuyente es un asunto que existe en varios países del mundo. ¿De qué se trata exactamente, como elemento para contrarrestar este poder que menciona que ha adquirido la DGI?

JA —Para empezar, que el contribuyente sepa qué derechos tiene. Se enumeran los derechos, se crean algunos y se ponen límites, por ejemplo de tiempo a las inspecciones. No se permite hacer dos inspecciones por los mismos temas, se pretende que puedan tener un profesional presente siempre, que cuando llegue la inspección sepa qué es lo que se va a inspeccionar, cuánto tiempo y sobre qué impuestos. O sea, se pretende que el contribuyente tenga de verdad derechos, que pueda contrarrestar, cuando cree que ha cumplido bien con los impuestos. Y si no cumplió bien con los impuestos, que pague. No estamos defendiendo al que no quiere pagar, queremos que el pequeño contribuyente, si hizo las cosas bien, se pueda defender, hoy no puede.

RA —¿Qué diferencia tendría esto como proyecto de ley con relación a la Carta del Contribuyente que la DGI presentó en 2010? Ahí se menciona, por ejemplo: 1) Derecho a un trato cordial, considerado y respetuoso. 2) Derecho a ser considerado un contribuyente que cumple correctamente sus obligaciones. 3) Derecho a que le brindemos un servicio profesional y lo ayudemos a entender y cumplir con sus obligaciones, y varios puntos más.

JA —Eso es casi una carta de comportamiento para el funcionario de la Impositiva, que de hecho no se cumple. Yo tengo abogados que me llaman y me dicen: “Loco, nos tratan espantosamente mal, parece que somos delincuentes”. Eso enumera una cantidad de derechos que existen; esto otro crea algunos nuevos derechos y fija algunos límites a las potestades de la Impositiva.

RA —Mucho de eso está regulado en el Código Tributario, pero eso iría más allá.

JA —Va más allá, sin duda. Por ejemplo, uno de los temas principales es fijar el límite temporal que se tiene para las inspecciones. No se puede estar inspeccionando tres años a una empresa, porque la presión es terrible, el pequeño empresario no tiene más remedio que entregarse. En estas giras políticas que uno hace, hace bastante tiempo fui a la Lavalleja, a Minas, y conocí un empresario que viene y me dice: “Estoy desesperado con este tema, y llamé a Fulano de Tal, que es un empresario más importante del ramo, que conozco, y me dijo: ‘Pleiteá. ¿Tenés razón?’, ‘Sí’, ‘Pleiteá y seguí hasta el final’”. A los ocho meses lo vi, le pregunté cómo venía y me dice: “No, me entregué, no puedo. No puedo tener el tipo todo el día metido acá, embargado. No puedo trabajar así, entonces estoy pagando. Te aseguro que hacía todo bien”. No sé si hacía todo bien, pero no tuvo ninguna posibilidad de defenderse. Lo que queremos es que tengan esa posibilidad.

RA —Con respecto al alcance, el alcance que usted propone no es solo para las inspecciones de la DGI, sino también para las del BPS y –según el texto– “de las prestaciones legales de carácter pecuniario recaudadas por las personas de derecho público no estatal”. ¿Qué otros organismos comprende, además de la DGI y el BPS?

JA —A todos aquellos que cobren algo similar a tributos, que cobren proventos, que pueden ser muchos. Tiene la amplitud máxima, pero se aplica básicamente a la DGI y también al BPS, los dos organismos de recaudación más importantes que tenemos; faltaría Aduanas.

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