
EC —Entonces, para profundizar un poco más, algo ya contestó, pero en general, ¿por qué el sistema de amparos no está captando a estas personas que se han agregado? ¿Por qué el problema, entre comillas, en la calle crece? Aparte de estos casos, ¿qué otras manejarían?
EB —Las otras que manejamos son aquellas personas habitualmente, o bien no acceden a una vivienda o a un lugar definitivo por los precios, también encontramos mucha gente que sin vivir en una casa particular viven en pensiones y no pueden abordar el precio de la pensión durante todo el mes. Si nosotros hacemos un análisis de las personas que hoy están en los refugios, hay mucha gente con trabajo, con trabajo informal: cuidacoches, vendedores ambulantes que, si bien tienen un ingreso mensual, este no es suficiente para poder abordar el pago de un cierto tipo de alquiler durante todo el mes. Por lo tanto esas personas también vienen al refugio. Esas son las personas que acceden al refugio…
EC —Claro, pero la pregunta es…
EB — ¿pero por qué hay otros que no?
EC —La pregunta es por qué los otros no, ¿por qué terminan durmiendo en las calles?
EB —En general los que duermen en las calles tienen fuertes adicciones, de algún estilo: algunas del alcohol, otras de sustancias psicoactivas; personas que en realidad prefieren una forma de vida distinta, que no es la que todos compartimos, y que está acarreando este tipo de situaciones.
EC — ¿En ese marco es que se encuentran también estas ondas, estas modalidades nuevas de los campamentos o de los toldos?
EB —Hay un poco de todo, no hay una única forma de las personas vivir en la calle, ni solo viven agrupados aquellos que tienen que ver con un tipo de modalidad, porque también esto hace ir arrastrando las modalidades más nuevas a las modalidades más viejas. Digamos que lo que nosotros identificamos son las áreas que yo le planteaba hasta el momento.
EC —De todos modos a continuación viene otra pregunta, esto no se termina así nomás. ¿Por qué se tolera esas situaciones? ¿Por qué no se recurre a las herramientas legales que hay para sacar a esa gente de la calle para que no duerma de la calle y no se apropie de espacios públicos, porque de eso también estamos hablando?
EB —Bueno, acá cada uno de los que integramos la mesa interinstitucional tenemos una competencia distinta, la que nos corresponde a nosotros como Mides es procurar el convencimiento de las personas que están en la calle; no podemos obligar de acuerdo a las competencias que tenemos.
EC —Está la ley de faltas. En su artículo 13 dice en una de sus disposiciones: "el que fuera del ejercicio consagrado en el artículo 57 de la Constitución de la República -que tiene que ver básicamente con el derecho de huelga, etc.- ocupar espacios públicos o prenotando en forma permanente en ellos, será castigado con pena de 7 a 30 días de prestación de trabajo comunitario. Si habiendo así intimado dos veces de que desista de su actitud, por parte de autoridades municipales o policial correspondiente, persiste en la misma". O sea, esta disposición existe. Se cargó mucha expectativa con respecto a ella en su momento, cuando se la puso en vigencia. No parece haber sido efectiva, no parece que se la esté usando, ¿no?
EB —Hemos retomado esa línea, cuando digo hemos me refiero a la interinstitucionalidad, a diario están saliendo, tanto el Ministerio del Interior como la Intendencia de Montevideo a través del servicio de inspección general, a recorrer todos los lugares donde hay gente instalada en la calla a retirarlos del lugar, a retirar todas las pertenencias que tienen en ese lugar y trasladarlos a lo que nosotros le llamamos "puerta de ley de faltas". Esa puerta es una especie de oficina en la que se recibe a estas personas…









