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Entrevista, miércoles 18 de abril: Alejandro Sastre

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EC —Y después está la otra parte, la del reintegro a la víctima del valor del televisor. ¿Se hizo una estimación, una valuación de ese televisor?

AS —Sí, se hizo una valuación del televisor. Chequeamos más o menos cuánto podía valer en el mercado un televisor usado de esa marca y acordamos ese precio a pagar por los imputados.

EC —Son $ 500 pesos cada uno durante cinco meses.

AS —Claro, consideramos que ambos están desocupados, por tanto no podríamos ponerles una cifra muy alta, una condición que no podrían cumplir. Lo ideal es poner condiciones que sean cumplibles, que sean realizables, por eso vienen tanto el tema de los 90 días de trabajo comunitario como esto de las cuotas por el televisor que no fue recuperado.

EC —Ustedes van a ir monitoreando lo que ocurre en estos meses.

AS —Sí, eso lo monitorea la DPA (Depuración, Priorización y Asignación), que es una oficina especializada de la Fiscalía que controla el cumplimiento de las condiciones que se imponen en las suspensiones condicionales.

EC —Si estas dos personas cumplen con lo que se ha dispuesto, ¿qué ocurre con ellas?

AS —Si las personas cumplen con las condiciones se extingue el delito, no se sigue adelante con el proceso y quedan sin antecedentes judiciales.

EC —Punto, se liquidó el asunto.

AS —Exacto.

EC —¿Cuánta novedad hay en la implementación de este tipo de sanciones alternativas a la prisión? ¿Esta es una posibilidad nueva a partir del nuevo CPP o ya había antecedentes?

AS —No, así como está redactada la norma, es un instituto nuevo, porque se suspende el proceso, se imponen condiciones a la persona y si la persona cumple se le extingue el delito y queda sin antecedentes judiciales. No pasaba lo mismo antes, con el código anterior y el sistema procesal anterior, aunque la persona fuera procesada sin prisión igualmente le quedaba el antecedente judicial.

EC —Acá no le queda antecedente.

AS —Acá, si cumple con las condiciones que se le impusieron en la suspensión condicional del proceso, la persona va a quedar sin antecedentes judiciales.

EC —Si alguno de los dos hubiera tenido antecedentes penales, ¿qué habría pasado?

AS —Es un tema a evaluar en cada caso concreto. Pero si hubieran tenido antecedentes específicos por hurto o esas cosas, la Fiscalía probablemente no habría acordado una suspensión condicional, sino tal vez un proceso abreviado.

EC —¿Cuál es la diferencia?

AS —En el proceso abreviado la persona reconoce su participación en los hechos que le imputa la Fiscalía a través de las evidencias con las que cuenta, se acuerda una pena y de esa forma se evita el juicio penal. Y una vez que en la audiencia de formalización se plantea que se ha llegado a un acuerdo para un juicio abreviado, la persona ya sale de allí a cumplir su pena privativa de libertad, porque asumió los hechos y su participación en ellos.

EC —Otra duda: ¿los nombres de los delincuentes se difunden?

AS —Yo preferiría que no, preferiría no hacer referencia a ellos.

EC —No se lo estoy preguntando en este momento, quiero saber cómo es el procedimiento. ¿Los nombres quedan a disposición de la gente, de la opinión pública?

AS —Sí, pueden quedar, pero en este caso preferiría no darlos a publicidad porque es un pueblo chico, una localidad chica, el hurto sucedió en una casa donde el día anterior había habido un femicidio y obviamente la sociedad quedó muy consternada por ese hecho. Por esa razón prefiero preservar el nombre de las personas.

EC —Pero no hay ninguna restricción en ese sentido.

AS —No.

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