
EC —Ahora ustedes empiezan a tratar con él antes que el proceso se ponga en marcha.
AB —Antes. Y probablemente pueda llegar a no declarar nunca frente a la fiscalía o al juez. El rol que le compete a la defensa es hablar con su patrocinado, tratar de conocer su versión de los hechos para poder después mirar con otra perspectiva la investigación que está llevando a cabo el Ministerio Público.
EC —Entonces ¿efectivamente ustedes, pese a que no tienen confianza con el acusado, consiguen que esa persona les diga la verdad? ¿Ustedes están en conocimiento de la verdad?
AB —En general, sí. Eso tiene mucho que ver con las películas, las series norteamericanas han puesto en nosotros ciertos prejuicios y cosas que acá no se dan. Tampoco se dan ahí, pero forman parte de la venta de lo que uno mira.
EC —Efectivamente ustedes conocen la verdad.
AB —Conocemos la verdad; conocemos la verdad hasta tanto nos la quiera contar. Lo que tiene que saber, que es lo que uno tiene que tratar de trasmitirle a esa otra persona, es que de alguna manera las garantías con que la traten en el juicio dependen de lo que yo sepa, porque en función de lo que confíe es como yo puedo actuar.
EC —Entonces puede ocurrir que el acusado niegue ser el responsable del delito o que el acusado acepte ser el responsable.
AB —Tal cual.
EC —¿Cómo sigue el proceso desde el punto de vista del defensor de oficio? ¿Qué es lo que tiene que hacer en cada uno de los casos?
AB —Para el caso de que reconozca la participación en el hecho, la responsabilidad del defensor es mirar que la investigación que está llevando el Ministerio Público conduzca a lo mismo. Porque no me alcanza con que lo reconozca, yo no le voy a ir a decir al fiscal “lo reconoció”, porque la carga de la prueba ahora es distinta, no tenemos la confesión como la reina de las pruebas, debe irse por otro lado. Debe irse a la sumatoria de indicios que digan que sí aun cuando él a mí me diga “yo no fui”, que nos puede pasar. “Yo no estaba y yo no fui”, y el fiscal dice: “Vení, mirá esa filmación. ¿Te parece que no es? Mirá la ropa, el gorro, ahora justo se da vuelta y le ves la cara”. El reconocimiento o no de la participación tiene siempre el sostén del resto de la prueba.
¿Qué pasa ahí?, me pregunta usted. Usted quiere a los procesos abreviados y yo comparto.
EC —No, yo me refería a cuál es la función del abogado, qué es lo que usted tiene que hacer, para qué está.
AB —Yo tengo que controlar que toda la prueba que está recabando el fiscal sea de origen legítimo, que no tenga un allanamiento sin orden judicial, que no hayan interrogado al imputado en la seccional sin mi presencia y que el fiscal esté usando un acta de declaración del imputado porque eso es ilegítimo…
EC —Usted tiene que verificar las garantías del debido proceso.
AB —Exactamente.
EC —Eso es lo primero que tiene que hacer.
AB —Eso es lo que tenemos que hacer desde el momento uno hasta el momento cero, que es el dictado de la sentencia.
EC —Pero, por ejemplo, ¿qué capacidad tienen los defensores de oficio para investigar, para conseguir pruebas, para conseguir testigos?
AB —Ninguna. Ese es otro tema gravísimo.
EC —Se lo pregunto comparando la tarea del defensor de oficio con la tarea que puede desempeñar un abogado defensor que alguien puede contratar y que puede llegar a ser además integrante de un poderoso estudio jurídico.
AB —Estamos totalmente de acuerdo.
EC —¿Ustedes en qué condiciones están?
AB —Cero, peligrosamente cero. Y creo que esto tiene el precio de la inadvertencia. En su momento se vio que se necesitaban supuestamente, para el mínimo, mínimo imprescindible y mínimamente con cierto grado de seguridad de cumplimiento de la función, 101 cargos de defensor público. Pero cuando se negoció en Torre Ejecutiva, los primeros costos los pagamos nosotros. De 101 cargos, que era un número ya muy reducido, se acordó la creación de 56 cargos para todo el país.
EC —Son 56 nuevos cargos.
AB —Sí, 56 cargos nuevos.
EC —¿Cuántos son en total entonces ahora?
AB —En total, total, en todas las materias, somos 272; dedicados al proceso penal debemos de ser 110, 112 entre Montevideo y el interior, con la carga de que no tenemos solo este nuevo proceso penal. Hay un proceso penal anterior vivito y coleando que sobrevivirá por muchos años, con muchas dificultades. Entonces, ¿cuál es el problema que enfrenta la defensa pública y que se nos viene?; porque como todo este proceso recién se está instalando no hemos tenido juicios orales más que el de Rivera. La defensa pública no está en condiciones de investigar, no tiene acceso a pedir pruebas más allá de lo que le pueda estar ofreciendo el sistema de justicia. Es decir, si necesito una pericia equis, tengo que o pedírsela al Ministerio Público para que él la solicite –él sí tiene acceso a todos los organismos del Estado– o presentarme al juez y pedírsela. Y en el juego del cumplimiento de pruebas hay algunas cosas que a la defensa puede no interesarle ni que queden en la sede ni que pasen por la fiscalía. Yo tengo derecho primero a pedir una pericia para saber si me sirve, si me conduce a algo. No tengo ninguna capacidad. Y eso nos tiene tremendamente preocupados, porque no vemos a nivel de la autoridad el ponerle pienso a algo que se viene en lo inmediato. ¿Cómo hacemos?
EC —Además ustedes manejan una enorme cantidad de casos cada uno. ¿Tienen una oficina de apoyo, tienen ayudantes? ¿Qué pueden investigar para el defendido?
AB —¿Con qué garantías nos hacemos cargo? La particularidad además de esta nueva estructura es que el juicio que llega a juicio oral va a ser el juicio complejo, pero también puede ser el juicio más sencillo pero que llega por su gravedad. Entonces no en todos los juicios orales se requiere hacer una actividad de investigación que suponga recursos humanos, tecnología. Todavía no se ha dado eso y por cómo viene la comisión de delitos, nada cambió de octubre a noviembre, los delitos tienen la misma naturaleza. Y le diría que cuando aparezcan delitos complejos, de contenido económico, que involucren personas con perfiles altos, no van a venir a la defensa pública. O sea que nos va a tocar investigar el homicidio, la rapiña…
EC —Entonces, con esas limitadas capacidades de investigación, ¿qué es lo que terminan haciendo ustedes?
AB —Terminamos trabajando en equipos de defensores. Ahora en Montevideo a nivel de la Defensoría Penal hay dos psicólogos y un sociólogo que están trabajando también a nivel de investigación de la población que patrocinamos. Y se trabaja en equipo, hasta ahora con la preparación del juicio oral –ha habido dos o tres– el trabajo lo hacen los defensores en equipo. Citan a las personas, investigan, traen los testigos, los interrogan antes para saber si van a ir a juicio o no; han sido casos sí notorios pero no complejos. Y lo venimos haciendo, pero hay que prepararse para lo que viene, porque el CPP todavía no empezó realmente a instalarse.









