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Condena a prisión para Astesiano: El acuerdo abreviado "es la vía más común"; "hace ruido" en una carpeta investigativa tan grande, pero "es viable" si "el equipo estaba trabajando solo en ella", dijo el abogado Juan Raúl Williman

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Foto: Mauricio Zina/ adhocFOTOS

El juez penal Alejandro Asteggiante validó ayer el acuerdo de ir a un juicio abreviado alcanzado entre la fiscal de Flagrancia de 12° Turno, Gabriela Fossati, y el abogado Marcos Prieto, defensor del excustodia presidencial, Alejandro Astesiano.

Cuenta El País que en la audiencia, que duró una hora, la doctora Fossati le relató al magistrado que ese acuerdo determinaba que el excustodia reconocía que había cometido cuatro delitos: asociación para delinquir (porque se vinculó con personas que vendieron documentos de ciudadanía uruguaya apócrifos), tráfico de influencias (por usar reparticiones del Estado para manejar favores a terceros), conjunción del interés público con el privado (porque utilizó su cargo para concretar negocios) y revelación de secretos (ya que recibió partes policiales reservados y los entregó a privados).

La fiscal solicitó una pena de penitenciaría para Astesiano de cuatro años y seis meses, multa de 100 Unidades Reajustables (equivalente a unos 150.000 pesos) e inhabilitación especial por cuatro años.

Minutos más tarde, el juez Asteggiante le preguntó a Astesiano y a su abogado si estaban de acuerdo con la exposición de la fiscal. Ambos contestaron que sí.

El magistrado insistió. Explicó a Astesiano que iba a refrendar el acuerdo alcanzado y luego le preguntó si iba a apelar el fallo sobre dicho arreglo. Astesiano respondió que no lo haría. En ese momento, Prieto le manifestó al juez: “Astesiano quiere ser un recluso más”.

Poco después, el juez Asteggiante hizo lugar al pedido de la fiscal y condenó al excustodia por los cuatro delitos mencionados. Mirando a Astesiano y a su abogado, el magistrado sostuvo que el exjefe de la custodia pasará de imputado a condenado.

Este acuerdo abre una cantidad de preguntas, que incluso son parte de una polémica que hace tiempo existe a propósito de este instituto creado con la reforma del Código del Proceso Penal, que permite estos acuerdos entre fiscalía y acusado.

Para tratar de aclarar algunos de esos puntos conversamos con el doctor Juan Raúl Williman, docente de Práctica Profesional y encargado del Consultorio Jurídico Penal en la Universidad de la República, docente de Derecho Procesal en la Universidad de la Empresa.

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