Entrevista central

Debate sobre proyecto que modifica la Ley de Negociación Colectiva: ¿Qué dicen el PIT-CNT y la Cámara de Industrias?

Facebook Twitter Whatsapp Telegram

El PIT-CNT advirtió que el proyecto implica un retroceso en los derechos de los trabajadores y que busca debilitar la herramienta sindical. Por eso prepara varias movilizaciones para defender su posición durante la discusión en el Parlamento.

¿De qué estamos hablando?

Del proyecto de ley del Poder Ejecutivo que modifica la Ley de Negociación Colectiva del primer gobierno del Frente Amplio, buscando levantar las observaciones que formuló en el año 2010 la Organización Internacional del Trabajo (OIT) a partir de una queja presentada por dos gremiales empresariales, la Cámara de Industrias (CIU) y la Cámara de Comercio (CNCS).

La discusión lleva 12 años trancada. ¿Podrá desbloquearse ahora?

Hoy conversamos En Perspectiva con Marcelo Abdala, presidente del PIT-CNT y Alfredo Antía, Presidente en Cámara de Industrias del Uruguay.


Destaques de la entrevista:

Cierre de metalúrgica Cinter

Marcelo Abdala (MA): La Empresa incumplió todos los mecanismos de negociación previa, violó el convenio y debería llevar la condena de todos los actores de la relación laboral. 

Alfredo Antía (AA): Hay muchísimas cosas en el mundo del trabajo que dependen de nosotros y hay muchísimas que no están a nuestro alcance.  

Creo que se tironeó un poco de la cuerda (en el pasado), y esta es una empresa que ya venía sufriendo caída de sus ventas, de sus exportaciones y lamentablemente terminó como terminó. Lo planteo como una situación de la realidad para tratar de corregir a futuro. 

MA: La empresa hace un acto casi de traición al país. Para mí es deplorable.

AA: Esto que ha ocurrido es lamentable, es muy triste. Es una empresa con 65 años de trayectoria que había innovado en el sellado láser de esos tubos. Lamentablemente nos volvimos caros y nos salimos de la foto. 

Concepto de la ultraactividad: Aquello que convenimos, porque las circunstancias lo daban, puede ser sostenible en el tiempo. Lo que plantea el nuevo proyecto es que cuando venza el contrato nos sentemos a reorganizar. ¿Podemos seguir adelante con esto que dimos? Obviamente que acá hay un límite que son los derechos laborales adquiridos. Nadie está pensando en Uruguay quitarlos, pero cuando ganamos algo adicional fruto de una circunstancia del momento, el planteo es: veamos si lo podemos mantener de futuro porque quizá dentro de dos o tres años, en esa misma mesa de negociación, no están las mismas empresas ni los mismos actores.


Visión del proyecto de ley e impacto en relaciones laborales

MA: Estamos en desacuerdo. Creemos que la negociación colectiva, tripartita, obligatoria y por rama de actividad es la forma de consagrar un derecho básico de la relación laboral. En la negociación colectiva, en la  inmensa mayoría de los sectores se llegan a acuerdos. Desde nuestra perspectiva permite asociar el PBI con alguna forma de distribución del ingreso.

AA: El convenio del 98 de la OIT de la cual Uruguay es signatario y por lo tanto es norma en el país, dice que la negociación debe ser bipartita, libre y voluntaria. Ese es el meollo de la cuestión. Entendemos que lo que dice el convenio es que el Estado puede participar en la determinación de los salarios mínimos pero el resto debe ser discutido entre las partes en forma bipartita, libre y entre trabajadores y empleadores. 

El proyecto del Poder Ejecutivo no tiene ese aspecto, le mantiene al Ejecutivo votar en los consejos. Sí tiene otros aspectos que saludamos.


Libertad de negociación

MA: No estoy de acuerdo con que no exista un espacio amplísimo para la negociación bipartita, sea por rama de actividad o por empresa. 

Preferimos que ese tripartito mantenga ese ámbito de diálogo como de gobernanza de las relaciones laborales.

AA: No tenemos una discusión sobre este asunto. Si hay un equilibrio en la representatividad de distintos actores no tenemos más para decir. 

Libertad de los trabajadores de elegir quien los representa:

AA: Es respetar lo que dice la OIT en cuanto a la representatividad de los trabajadores. 

MA: La autoridad para negociar la daba el sindicato o rama


Libertad de los trabajadores de elegir quien los representa:

AA: Es respetar lo que dice la OIT en cuanto a la representatividad de los trabajadores. 

MA: La metodología que aplica el movimiento sindical uruguayo es que solamente se negocia cuando hay una base organizada. A la hora de negociar, ¿con quién haces asamblea si no hay organización? ¿A quien consulta si un punto u otro está bien desde el punto de vista de la negociación? No participamos en negociaciones si no tenemos una base organizada. 

AA: La negociación se está volviendo improductiva porque se juntan en cuatro paredes tres actores: Gobierno, sindicatos y empresarios, y deciden la suerte de toda una rama que ni tiene idea de lo que ahí se está discutiendo. 

Deberíamos agregar cuatro sillas más en la mesa, en una silla pondría a los desempleados que nadie los escucha, en otra las empresas que han cerrado fruto de los salarios que se deciden en esas cuatro paredes. En otra a las empresas por nacer, que se encuentran con salarios que son tarifas. Una última silla para los jóvenes uruguayos que son el 25% de los desempleados y tienen muy bajo nivel de capacitación para ingresar al mundo del trabajo. 

Entre esas cuatro paredes, esas tres personas que se reúnen están decidiendo la suerte de todo un grupo de empresas donde hay microempresas y empresas gigantes. Esto termina con la concentración de los más grandes, que cada día son más grandes, y con las dificultades de los más chicos y los más débiles, los más alejados a los centros de consumo que terminan sufriendo esas consecuencias y muchas veces pasando a la informalidad. Estamos yendo a un país de grandes corporaciones y de planes sociales o jornales solidarios por otro.

MA: Ese fenómeno no es inherente a la negociación colectiva, es inherente a la sociedad capitalista que está basada en un enorme desarrollo desigual donde los más grandes concentran y los más chicos la quedan. 

Eso capaz que le compete a la cámara empresarial, a nosotros no nos compete. No nos encerramos entre cuatro paredes en la negociación colectiva, negociamos con miles. Desarrollamos asambleas en todos los lugares de trabajo, vemos bien la situación de cada una de las industrias y sus sectores, como es su evolución económica, afinamos la plataforma reivindicativa. Sería una tontería desde la actividad privada que un exceso de reivindicación económica ponga en juego los puestos de trabajo. Los desocupados son nuestra propia clase. Desde el punto de vista de quien negocia la OIT dice que quien tiene derecho a la negociación colectiva es la organización más representativa del mundo del trabajo en la rama del sector en que se trate. 


Plazos y ultra actividad: ¿Por qué esto es importante para el sector empleador? ¿La nueva normativa no es más flexible a los vaivenes económicos?

AA: Entendemos que quienes negociamos en un momento dado hacemos acuerdos en función de la temporalidad de las circunstancias que vivimos los que estamos allí representados, del momento y las condiciones económicas que el país vive. Decidimos dar beneficios determinados que quizá cuando se renueve ese convenio dos o tres años después, esas condiciones no existan y los representados quizá sean otros. 

Si sumamos beneficios y beneficios, y eso algún día termina doblando la espalda de la empresa y genera que lo que no se ajusta por precio, se ajusta por cantidad. La empresa termina teniendo menos trabajadores y eventualmente cierra, se vende o se va del país, entonces no estamos haciendo las cosas bien

MA: El convenio tiene una fecha de finalización. De ese convenio, si hay una fórmula de incrementos salariales que vence en julio de 2023 y a su vez hay un criterio de que mientras esa fórmula existe no hay conflicto, hay mecanismos de prevención y de no medidas de huelga por salario hasta esa fecha, esas cosas caen. No es que el convenio sigue para siempre. 

De lo que estamos hablando es de cambios en las condiciones y beneficios que inclusive pueden no tener naturaleza salarial. Por ejemplo: protocolo de combate al acoso sexual laboral, formas de mejorar la votación de uniformes, un feriado pago, una canasta navideña. De eso estamos hablando. 

Yo creo que este proyecto de ley flecha la cancha a favor del patrón. 

AA: El acoso sexual laboral tiene que ver con un convenio que Uruguay suscribió. Eso no es negociable ni tiene carácter de ultraactividad. Eso es permanente. 

Cuando hablamos de cosas que sí pueden ser transitorias estamos hablando de estar viviendo un buen momento económico, decidir dar un premio económico de ciertas características o de alguna naturaleza para salarial, pero lo damos por estos dos años porque en este escenario nos está yendo bien. 

Si lo mantenemos permanente, que sería lo deseable, ¿que hacemos si después no podemos?

MA: No precisa cambiar el principio general que flecha las cosas a favor del patrón y cambia el entorno de la negociación para resolver ese aspecto. 


Personería jurídica

MA: Compartimos el alcance del proyecto porque respeta los parámetros de independencia, criterio, autonomía y capacidad de organización del movimiento sindical pero discrepamos en un punto. El proyecto penaliza a la parte trabajadora que no solicita la personería jurídica eliminando la posibilidad del descuento por planilla.

AA: Lo que ocurre es que todo esto está vinculado a los preceptos que marca la OIT de lo que debe ser la negociación: libre, bipartita y voluntaria. Si la empresa se reúne con sus trabajadores y da información reservada que eventualmente podría terminar en manos de mi competidor.

MA: La OIT solicita un manejo absolutamente responsable de la información, estoy de acuerdo con eso. Discrepo con la herramienta con la cual se quiere manejar.

Por eso es tan inútil este proyecto, quieren que solamente se definan los salarios mínimos por categoría. Para la inmensa mayoría de la población trabajadora, que muchas veces está por encima del laudo, es la rebaja salarial. Porque si yo en un consejo de salarios solamente voy moviendo los salarios mínimos por categorías y un trabajador está un 20% por encima del mínimo, no recibe nada hasta que el salario mínimo por categoría enganche. 


Comentarios finales

Por eso es tan inútil este proyecto, quieren que solamente se definan los salarios mínimos por categoría. Para la inmensa mayoría de la población trabajadora, que muchas veces está por encima del laudo, es la rebaja salarial. Porque si yo en un consejo de salarios solamente voy moviendo los salarios mínimos por categorías y un trabajador está un 20% por encima del mínimo, no recibe nada hasta que el salario mínimo por categoría enganche. 

AA: De ninguna manera, el mundo tiene sistemas de contratación libre como EE.UU y Chile y un sistema de intervencionismo de estado con alto grado de detalle que hasta describe los puestos de trabajo, las llamadas categorías. Es el caso de Uruguay con el voto tripartito de estado. Planteamos ir a un esquema de negociación colectiva libre y voluntaria pero al estilo de los países nórdicos europeos. Ponen la mirada dentro de la rama, reúnen los consejos de salarios pero visualizan donde están las diferencias y hacen acuerdos que reconocen que las empresas no son iguales y no se le pueden aplicar las mismas normas a quienes son diferentes. 

Planteamos más allá de este proyecto que Uruguay debe recorrer un camino que lleve a construir confianza. Rechazo las palabras de Marcelo Abdala de que nosotros no queremos los consejos de salarios. Al revés, nos dan certezas en cuanto a que lo que negociamos nos permite programar el futuro de aquí a uno o dos años. Decimos que se haga de acuerdo a la ley internacional y a la norma que Uruguay ha suscrito y que ha fallado a favor de este cambio que nosotros pretendemos. 

MA: Defiendo los consejos de salarios en su funcionamiento actual porque son beneficiosos para la inmensa mayoría de la población. Cuando existe ese concepto radicalizado en la década de los noventa de negociación libre y voluntaria, negoció la ínfima minoría de las empresas con la ínfima minoría de los trabajadores. 

Hoy tienen derecho a la negociación colectiva prácticamente la totalidad de la población trabajadora y las empresas. Eso beneficia a los trabajadores, a los jubilados y a los muy pequeños y medianos empresarios agropecuarios, de la industria y del comercio que tienen sus negocios asociados a la demanda interna. Y la demanda interna son salarios y jubilaciones.

***

Enlaces relacionados

Proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo: Descargar aquí 

Ley vigente de negociación colectiva: Sitio web del Parlamento

Comentarios