Entrevista central

Después de la LUC, politólogos proponen discutir el Mecanismo de Urgente Consideración y hacerle cambios. Entrevista con Fernanda Boidi y Diego Luján

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Foto: Javier Calvelo / adhocFOTOS

La Ley de Urgente Consideración, una de las piedras angulares de la gestión de Luis Lacalle Pou, ha sido uno de los temas principales de debate político en la primera mitad de este período de gobierno.

El proyecto, que incluía una variedad amplia de temas, fue presentado al parlamento el 23 de abril de 2020 en medio de la emergencia sanitaria. Menos de tres meses después, el 9 de julio, fue promulgado por el Poder Ejecutivo.

Sin embargo, la ley quedó firme en su totalidad recién el pasado 27 de marzo. Durante todo ese tiempo buena parte de la discusión giró en torno al alcance del mecanismo de la urgente consideración (MUC), una herramienta prevista en el artículo 168 de la Constitución y que establece límites a la duración del debate parlamentario. De hecho, la oposición señaló reiteradas veces que este procedimiento abreviado impidió analizar a fondo en comisión el contenido de la iniciativa del Poder Ejecutivo.

A partir de esta experiencia tan reciente y tan candente, esta semana habrá una instancia para discutir sobre ventajas y desventajas del MUC, en el quinto y último foro de La Máquina de Aprender, una serie de encuentros donde académicos y políticos buscan generar insumos para mejorar las prácticas e instituciones de la democracia uruguaya.

Este quinto foro tendrá lugar el jueves 30 de junio a las 19:00 en el Paraninfo de la Universidad de la República. Allí se presentará un estudio sobre el origen, los usos y los riesgos del MUC en Uruguay, realizado por los politólogos Diego Luján y Gonzalo Puig. Y ese documento se analizará en dos mesas: una integrada por politólogos y la segunda por dirigentes polìticos.

Hoy conversamos En Perspectiva con Fernanda Boidi, una de las coordinadoras de La Máquina de Aprender, y Diego Luján, coautor de la investigación que se ha preparado para esta instancia.


Destaques de la entrevista:

  • Mecanismos de Urgente Consideración: "Es una prerrogativa del Poder Ejecutivo. Este mecanismo particular lo que hace es desnaturalizar parcialmente la relación entre los poderes del Estado del régimen presidencialista. Coloca al Poder Ejecutivo en una relación de predominio. Apura al parlamento y lo amenaza de que si el apuro no se consuma hay una aprobación tácita del proyecto tal como se envió por el Poder Ejecutivo".
  • "Este instrumento que tiene estas dos características y los plazos abreviados y además la aprobación tácita en caso de que no se pudiese conformar una mayoría para rechazar o modificar el proyecto es lo que lo vuelve particularmente poderoso en la relación entre el Ejecutivo y el Legislativo".
  • Cantidad de áreas temáticas de proyectos de Urgente Consideración: "Hay algunos proyectos que refieren a una sola área temática más allá de la extensión que tengan. Aunque tuviera muchos artículos, pero al referir a una sola área temática tiene sentido que el Parlamento pueda analizarlo con mayor profundidad".
  • "El último proyecto, el de la administración de Lacalle Pou, tiene 70 áreas temáticas, contra proyectos que tienen una o dos áreas temáticas (independiente de la cantidad de artículos)".
  • Los 20 proyectos de urgente consideración, que hubo a lo largo de la historia del Uruguay pueden categorizarse en dos categorías, "aquellos que son monotemáticos, o de muy baja densidad temática y aquellos que son multitemáticos, también llamados leyes ómnibus. Hay al menos tres proyectos multitemáticos u ómnibus. Pero aún dentro de ellos, los dos anteriores fueron utilizados por el presidente Jorge Batlle que tenían una diversidad temática de 23 a 28 áreas. El proyecto de Lacalle Pou tiene 70 áreas temáticas. Casi triplica a las leyes ómnibus anteriores. Esto muestra que, al no existir una limitación, la capacidad del Ejecutivo de incorporar tantos temas y artículos como desee y considere oportuno, lo que hace es complicar aún más los problemas del uso del instrumento como está concebido”. 
  • "El principal efecto que tiene la urgente consideración es que obliga a coordinar el desacuerdo 30:18. Cuando el parlamento recibe un proyecto de ley, en general lo que se busca es una mayoría afirmativa".
  • "El carácter ómnibus o multitemático del proyecto, si está inteligentemente diseñado puede colocar dentro del paquete algunas cosas que son deseables para algunos e indeseables para otros y viceversa. De modo que no haya forma de conformar una mayoría que esté en desacuerdo con la integralidad del proyecto".
  • "¿Cuál es el límite que los Poderes Ejecutivos tienen que considerar al utilizar este instrumento? La Constitución no fija ninguno".
  • "No es trivial que este instrumento se haya utilizado de manera ómnibus y en los primeros 100 días de este gobierno. Allí hay consideraciones de carácter estratégico. En este caso fue muy favorable para el gobierno".
  • "Este tipo de mecanismos tiene la contracara de evitar el debate parlamentario. Lo que nos queda para pensar y discutir es: ¿Alcanza con las limitaciones de temporalidad y temáticas que establece la Constitución o tendríamos que pensar en algún otro tipo de limitación para este mecanismo?" 
  • "El mismo dilema que tiene los parlamentarios, de que el paquete tiene cosas que quieren y otras que no a la vez, pero solamente tienen un sí y un no, es lo que le pasa a la gente en una opción binaria, salvo que el recorte de los temas que se someten a referéndum estén lo suficientemente bien hechos para que se conforme una mayoría negativa dentro del cuerpo electoral".
  • "El riesgo que tiene el instrumento es que se institucionalice como una vía rápida para legislar. Eso le otorga menos legitimidad".

Comentarios

2 Replies to “Después de la LUC, politólogos proponen discutir el Mecanismo de Urgente Consideración y hacerle cambios. Entrevista con Fernanda Boidi y Diego Luján”

  1. Avatar Daniel Etcheverry dice:

    No se por que quieren derogarlo . Las mayorías parlamentarias se logran con votos. Eso es democracia. Si le sumamos que la ultima LUC fue ratificada por el cuerpo electoral que más democrático que eso. No hay que cambiar nada. Hay que hacerles entender a esos militantes de la desconformidad que la ciudadanía se ha expresado y hay que acatar lo votado.

  2. Avatar Jorge Laviano dice:

    Aprovechando el hecho de que el Dr. Sanguinetti está vivo y activo, y teniendo en cuenta además, que él participó en las negociaciones que se hicieron para la reforma de 1966, podría consultársele cuáles eran las ideas políticas que llevaron a incluir esta forma de legislar, y si en aquella oportunidad se pensó que debía usarse para sólo unos pocos asuntos o si, por lo contrario, estaba abierto a que se tratara mucha cantidad de temas en una ley de este tipo.
    En otro orden, cabe recordar que las leyes de presupuesto y rendición de cuentas también están sujetas a plazos perentorios para su tratamiento (con la diferencia de que, si no se aprueban en esos plazos, se las da por rechazadas), que también son leyes de tipo "ómnibus", y que una LUC puede ser derogada o modificada, en todo o en parte, por otra ley posterior que no tiene por qué ser de tratamiento urgente.

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