Foto: En Perspectiva
Tres meses después de su aprobación, la reforma del sistema previsional empieza tener efectos en el día de hoy, 1º de agosto.
El Poder Ejecutivo publicó en estos días los primeros decretos reglamentarios.
De a poco iremos conociendo el contenido de varios de ellos.
Hoy vamos a concentrarnos en un decreto en particular, el que regula dos cambios que importantes, que generaban mucha curiosidad: 1) la jubilación activa, o sea la posibilidad de que un trabajador del sector privado vuelva a la actividad después de jubilarse, cobrando la pasividad; 2) el retiro parcial flexible, que permite a la persona que ya tiene causal jubilatoria acordar con su empleador la continuidad en el trabajo, reduciendo al menos en una tercera parte la carga horaria y la remuneración correspondiente.
¿Cómo funcionan estas alternativas?
Conversamos En Perspectiva con el presidente del directorio del Banco de Previsión Social, Alfredo Cabrera.
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Documentos relacionados: Reglamentación del Envejecimiento Activo – Ley N° 20.130
Ley de Reforma de la Seguridad Social
Destaques de la entrevista:
- “Esta es una modalidad (el retiro parcial flexible) que me parece sumamente interesante como opción para generar el recambio generacional dentro de las empresas. A mí me parece que es una opción que perfectamente puede acompañar la salida transicional de un trabajador veterano que empieza a retirarse y la incorporación de un trabajador joven. Se puede dar una suerte de mentoreo entre el que se va y el que viene agarrando lo mejor de los dos mundos. A mí particularmente me parece que es una opción muy interesante para que no se produzca este cambio brusco del trabajador”.
- “Un régimen como el que se plantea ahora va a facilitar regularizar y hacer de manera formal situaciones que presumiblemente se den en la práctica de manera informal. Y aquellas que no se dan de manera informal habilitar a que se den si no se están dando”.
- “Sin duda si una persona busca trabajar estando jubilada, puede tener dos motivos: uno es que se sienta con ganas de hacer cosas, otro es que necesite hacer cosas porque el dinero no le alcanza. Me parece que es un razonamiento absolutamente válido y me parece que es válido, que si una persona quiere buscar caminos formales para mejorar su situación, dárselos”.
- “Para lo que ya están jubilados de Industria Comercio, servicio rural y servicio doméstico (por jubilación común que no tengan una jubilación por incapacidad, que no tenga servicios bonificados o que no sean de jubilación civil) la persona a partir de hoy podrá tener una oferta de trabajo de una empresa que estará interesado que esa persona venga a dar una mano e incorporarlo a su planilla. Va a ser la empresa la que, como hace siempre con sus nóminas, lo va a incorporar a su plantilla de trabajo de manera regular. La persona no tiene que hacer nada excepto conseguir el trabajo, va a tener su contrato de trabajo”.
- “Esta es una modalidad (el retiro parcial flexible) que me parece sumamente interesante como opción para generar el recambio generacional dentro de las empresas. A mí me parece que es una opción que perfectamente puede acompañar la salida transicional de un trabajador veterano que empieza a retirarse y la incorporación de un trabajador joven. Se puede dar una suerte de mentoreo entre el que se va y el que viene agarrando lo mejor de los dos mundos. A mí particularmente me parece que es una opción muy interesante para que no se produzca este cambio brusco del trabajador”.