El secretariado Ejecutivo del PIT CNT aprobó ayer el texto de la reforma constitucional con el cual pretende modificar el sistema de jubilaciones y pensiones vigente.
En particular, deja sin efecto el aumento de la edad de retiro incluido en la ley votada en mayo de este año en el Parlamento.
Además, elimina la AFAPS y determina que "ninguna jubilación, ni pensión podrá ser menor al valor del Salario Mínimo Nacional".
La papeleta establece que “el sistema de seguridad social se organizará y gestionará exclusivamente a través del Estado y de personas públicas no estatales”. Así, las AFAP deberán cesar sus actividades en un máximo de 24 meses y las personas que estén afiliadas a esas instituciones pasarán a ser cotizantes únicamente del BPS. Y se aclara que la entrada en vigencia de esta norma “no generará indemnización alguna por lucro cesante” para las administradoras privadas.
En particular, la propuesta deja sin efecto el aumento de la edad de retiro, incluido en la ley votada en mayo de este año en el Parlamento. Además, elimina la AFAP y determina que "ninguna jubilación, ni pensión podrá ser menor al valor del Salario Mínimo Nacional".
En la nueva redacción del artículo 67 de la constitución, la papeleta establece que "el sistema de seguridad social se organizará y gestionará exclusivamente a través del Estado y de personas públicas no estatales".
Así "las AFAP (Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional) deberán cesar sus actividades en un máximo de 24 meses y las personas que estén afiliadas a esas instituciones pasarán a ser cotizantes únicamente del Banco de Previsión Social". Se aclara, por otra parte, que "la entrada en vigencia de esta norma, no generará indemnización alguna por lucro cesante para las administradoras privadas". También el texto remarca que "ninguna jubilación ni pensión podrá ser menor al valor del salario mínimo nacional". Por último la iniciativa sindical plantea que "las personas tendrán derecho al acceso a la causal jubilatoria a los 60 años de edad y 30 años de trabajo o servicios sin perjuicio de las bonificaciones y sistemas de cómputos especiales que establezcan leyes especiales y que resulten más beneficiosos para el trabajador. Ahora el texto de la papeleta debe ser sometido a votación el jueves 6 de este mes en la Mesa Representativa nacional ampliada del PIT-CNT donde el texto podría eventualmente experimentar algunos ajustes.
¿Qué impactos tendría esta reforma?
Conversamos En Perspectiva con el abogado constitucionalista Martín Risso.
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Documento relacionado: Papeleta PIT-CNT
Destaques de la entrevista:
- "Lo primero que me sorprendió fue la inexistencia de gradualidad. La tradición en materia de reforma de la Seguridad Social en nuestro país por los últimos 40 o 50 años fue siempre el respeto de los derechos adquiridos y la gradualidad. En este proyecto no hay ninguna gradualidad, si prospera la nueva norma se va a aplicar a todos incluso a las personas que ya están jubiladas, o sea que tenemos una afectación clara de derechos adquiridos".
- "Con esta propuesta los afiliados pierden totalmente relación con su cuota. Parte del proyecto garantiza y dice que todos los meses les van a pagar lo mismo que si estuviera en el régimen mixto. Pero el contacto con el dinero lo pierden necesariamente. Ahí viene el tema, ¿se pierde o no se pierde plata?"
- "El texto del que estamos hablando no dice que todos pasan con efecto retroactivo al BPS, no hay posibilidad de opción y se pierden los ahorros individuales que cada uno tiene".
- "Me parece muy claro que es absolutamente jurídico que a una persona que tiene 10 mil, 80 mil o 120 mil dólares depositados en su cuenta de AFAP vengan y le digan: Olvidate, esa plata ya no está más acá, pasó al BPS, no la tenés más, no tenés ningún derecho sobre eso. Arreglate con el BPS que es tel que te va a pagar la jubilación. Eso es contrario a los derechos, están disponiendo de bienes que no son del Estado y no es que le pidan un aporte mensual, le están sacando dinero que en algunos casos puede ser una pequeña fortuna. Ahí me parece que hay un problema verdaderamente claro y que va a generar la responsabilidad del Estado en este caso por un acto constitucional. No tengo ninguna duda de eso".
- "¿Es lógico que la Constitución tenga una cláusula de esta rigidez que diga derecho a la jubilación a los 60 años cuando el mundo está haciendo para otro lado? Esta disposición está bloqueando cualquier reforma que se quiera hacer en el futuro y que implique, como pasa en todos los países del mundo, modificar la edad de jubilación. Desde el punto de vista constitucional es altamente cuestionable que esta disposición debe estar en la Constitución justamente por la rigidez que tiene. Esas son las cosas que no van en la Constitución y las resuelven los legisladores y se plasman en las leyes".
- "Por más que pongan esta norma, si no hay una verdadera reforma va a llegar un momento que el Estado no va a poder pagar jubilaciones. Eso es una crisis institucional, financiera y económica brutal. Esta disposición va a dejarse de cumplir porque si no hay plata no se va a poder cumplir. Entonces me parece que acá hay que se le debería trabajar bastante esta disposición porque es muy lindo lo que dicen lo que dice de que todo el mundo en teoría va a seguir cobrando lo mismo. Bueno, pero va a seguir cobrando la medida que nos quiebra el sistema porque va a llegar un momento que el Estado no va a poder seguir financiando el déficit de la Seguridad Social y como no se pueden hacer reformas de fondo por lo menos con las edades jubilatorias, bastante más trancado y en una situación verdaderamente inestable".