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Fiscal de Crimen Organizado pidió el procesamiento de Sendic y otros ocho funcionarios

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Se debe al expediente Ancap, abierto hace casi dos años por una denuncia que presentaron todos los partidos de la oposición.

El fiscal especializado en Crimen Organizado, Luis Pacheco, pidió ayer el procesamiento sin prisión del exvicepresidente de la República Raúl Sendic y de otros ocho exjerarcas de ANCAP por la gestión de esa empresa pública entre 2010 y 2015.

Tras la vista fiscal, ahora corresponde que se pronuncie la jueza Beatriz Larrieu, que es quien tiene a cargo este expediente que se inició con una denuncia presentada por los partidos políticos de oposición luego de que finalizara su trabajo la comisión investigadora que funcionó en el Senado.

Primero Sendic
Repasemos las principales conclusiones del fiscal Luis Pacheco tal cual aparecen en su escrito. Comencemos con las consideraciones relativas a Raúl Sendic.

El pedido de procesamiento del exvicepresidente se realiza porque se lo considera “autor responsable de reiterados delitos de peculado en reiteración real” y por haber incurrido en “dos delitos de abuso de funciones en casos no previstos especialmente por la ley".

El delito de peculado está asociado al uso de las tarjetas corporativas de Ancap. Según el escrito del fiscal Pacheco, Sendic “hizo un uso indebido de las tarjetas, incurriendo en múltiples gastos que no fueron debidamente justificados, desconociéndose si obedecieron a compras realizadas con motivo o en ocasión de sus funciones, o si por el contrario no respondieron a tales motivos, existiendo serias presunciones –por las características de los gastos y por la ausencia de explicaciones valederas por parte del usuario de la tarjeta- de que efectivamente no guardaron relación con el ejercicio de sus funciones como Presidente del ente”.

En cuanto al otro delito que se le imputa a Sendic, abuso de funciones, éste se habría configurado en la contratación de las empresas Trafigura y Exor.

De esta manera lo explicó el fiscal Pacheco: "Básicamente son dos los grandes temas en los que la Fiscalía ha advertido supuestas irregularidades en las actuaciones de los directores de Ancap en el período que se investigó. Son el contrato de ANCAP con Trafigura en 2010, una empresa que fue seleccionada sin licitación. Y el contrato de ANCAP con Exor para la cancelación de la deuda de ANCAP con PDVSA entre 2010 y 2014″.

Trafigura y Exor

En cuanto a la contratación de la compañía Trafigura, se señala que se realizó sin licitación para un negocio de intermediación de combustibles entre Ecuador y ANCAP. Pacheco señala en el escrito que “si bien ANCAP obtuvo un beneficio económico, fueron abrumadoramente superiores los beneficios obtenidos” por la empresa intermediaria, por cuanto “pudo acceder a una operatoria comercial con petróleo crudo” de Ecuador “sin enfrentar competencia alguna, y operó por miles de millones de dólares”.

En el caso de la contratación de Exor para negociar la cancelación anticipada de la deuda de ANCAP con PDVSA por la compra de petróleo, el fiscal Pacheco sostuvo que “se advierten múltiples, sucesivas y graves irregularidades en la actuación del ente estatal, en las distintas secuencias de las sendas operaciones de cancelación de deuda”.
Entre otros aspectos, advirtió que “no existió llamado a licitación, aún constando que desde 2009 existieron varias consultoras interesadas en presentar un plan para la cancelación de deuda. Pudo y debió llamarse a licitación para seleccionar una empresa o consultora para la elaboración de un plan de cancelación anticipada de deuda” a ser presentado a su vez ante PDVSA, “pues la iniciativa de la cancelación anticipada fue de ANCAP como deudor y no de PDVSA como acreedor, pero naturalmente requería el consentimiento de éste”.

Pero los contratos de Ancap con Trafigura y Exor no salpicaron sólo a Sendic. En la nómina de funcionarios con solicitud de procesamiento por esos negocios se encuentran también el exvicepresidente de Ancap, Germán Riet, y el exdirector Juan Gómez (ambos frenteamplistas), sobre quienes pesan dos acusaciones por ser "autores responsables de dos delitos de abuso de funciones”.

El fiscal Luis Pacheco pide asimismo el procesamiento de José Coya (que sucedió a Sendic en la presidencia de ANCAP), por un delito de abuso de funciones, vinculado a la relación con una de las dos empresas mencionadas, Exor.

Y para el exdirector en representación del Partido Colorado, Juan Justo Amaro, se pide el procesamiento por el contrato con la otra empresa, Trafigura.

En síntesis, por la vinculación con Trafigura el fiscal responsabiliza a todos los integrantes del directorio de ANCAP de la época, salvo el nacionalista Carlos Camy. ¿Por qué? En el dictamen se explica que Camy ingresa al directorio en julio de 2010 (dos meses antes de la firma con Trafigura), y que “si bien aprobó lo actuado por el Presidente en este tema, inmediatamente después registra intervenciones (…) planteando las irregularidades de la contratación” y “solicitando que ANCAP denuncie el contrato, situación que finalmente termina acaeciendo a fines del año 2011”.

En cuanto al vínculo con Exor, también se responsabiliza a todos los directores, salvo a quien entonces representaba al Partido Nacional, Elena Baldoira, “por cuanto [ella] no aprueba el acuerdo” con dicha empresa “sino que formula cuestionamientos al mismo y solicita contar con información financiera para pronunciarse”, según consta en actas.

Además, en el escrito, del fiscal Pacheco indica que se solicitará una declaración ampliatoria al director colorado de Ancap que asumió en 2013, Juan Máspoli – que se había desempeñado como asesor de Juan Justo Amaro- a los efectos de conocer su actuación alrededor del vínculo del ente con Exor.

Otros funcionarios
Vayamos ahora a los otros funcionarios jerárquicos suya conducta es enjuicida por el fiscal Pacheco.

Al ex gerente de las divisiones Pórtland y Agroindustria, Juan Romero, se le tipificó el delito de abuso de funciones por la decisión de pagar 2,4 millones de dólares de forma adelantada a la empresa Pleno Verde, contratada sin licitación, para realizar el transporte de cal desde la planta de Treinta y Tres a Brasil. En el escrito, Pacheco señala que el pago de adelantos “constituyen a criterio del Ministerio Público actos arbitrarios, cometidos en perjuicio de la Administración, que ameritan el inicio de un proceso penal”.

Por otra parte, a dos exfuncionarios de la Jefatura de Operaciones Marítimas de Ancap, los ingenieros Eduardo Goldstein y Ricardo Lemes, se les tipifica un delito de abuso de funciones. Es en el caso de la contratación de una barcaza ante la constatación de que el boque remolcador "Ky Chororó" que se pidió construir junto a la Armada Nacional contaba con “deficiencias constructivas”. Para el fiscal, “una serie de acontecimientos” demuestran “mala fe y abuso de funciones de parte de los mencionados funcionarios” al momento de seleccionar la barcaza que se contrató sin licitación.

También se solicita el procesamiento del exgerente general de Alcoholes del Uruguay (ALUR), Manuel González, por un delito de estafa, vinculado a la construcción de la planta de etanol de Paysandú encargada a la empresa Teyma, donde se registraron incumplimientos de la firma pero no se pidió resarcimiento alguno. En el escrito, Pacheco responsabiliza a González por la recepción anticipada de la planta de etanol sin haber reclamado por la falta de cumplimiento de los estándares de producción de etanol en base a almidón.

El fiscal señala que González “acepta la recepción provisoria de la obra, estampando en el acta que el incumplimiento de ese parámetro “se compensa” con mejores valores alcanzados en las restantes variables, una compensación inadmisible que no estaba prevista en el contrato original”.

Además, Pacheco cuestiona en su dictamen que se haya abonado un premio de un millón de dólares a Teyma por la entrega anticipada de la planta.

“La consecuencia –claramente perjudicial para ALUR- fue que a partir de esa recepción provisoria de la planta, se generó y se abonó un premio de un millón de dólares para la empresa contratista, por la recepción anticipada de la planta, cuando de haberse seguido lo dispuesto en el contrato, la constructora debió subsanar el incumplimiento, debieron realizarse nuevos ensayos, y de esa forma no sólo no se habría hecho acreedor al premio, sino que hubiera debido pagar penalidades por atrasos en la recepción provisional (cláusula 24.1 del contrato). En total, sumando el no pago del premio, y las penalidades en que habría incurrido la constructora, la cifra a la que se hacía acreedora ALUR era superior a los once millones de dólares”, sostiene el escrito del fiscal.

Sin prisión
En todos los casos, se trata de solicitudes de procesamiento sin prisión, según explicó Pacheco en la conferencia de prensa: "En todos los casos, la Fiscalía solicitó el procesamiento sin prisión por entender que, si bien esta causa se rige por el régimen viejo, existe en Uruguay un nuevo CPP, que establece determinados requisitos para la imposición de la prisión preventiva, que, como se trata de normas más favorables a los indagados, la Fiscalía ha entendido aplicable al caso ANCAP y no se configura ninguno de los requisitos del nuevo CPP para su imposición".

De León
En el pedido de procesamiento, el fiscal Pacheco anuncia que no se pronunciará sobre el actual senador Leonardo De León, indagado en esta causa por el uso de tarjetas corporativas de ALUR cuando integraba el directorio de esa empresa, hasta que no se pronuncie al respecto la JUTEP (Junta de Transparencia y Ética Pública).

La Diez
Además, en el escrito se advierte que no se configuró delito en el manejo de la pauta publicitaria del ente ni en la contratación de la agencia La Diez.

¿Qué dice Pacheco? “En cuanto al aumento del gasto en publicidad, surge de la documentación agregada que efectivamente ANCAP invirtió sustancialmente más en publicidad en el período 2010-2015, con relación a períodos anteriores, y dentro del período investigado, ejecutó un mayor porcentaje del rubro asignado en los años 2013 y 2014 con relación a los años anteriores. No obstante, no se advierten en este punto conductas o irregularidades que puedan ser calificadas como delictivas”.

Sobre la contratación de la agencia La Diez, el fiscal indica que “tampoco se advierte la comisión de hechos que ameriten el inicio de proceso penal; las observaciones formuladas al proceso licitatorio por parte del Tribunal de Cuentas -referentes al cómputo de puntajes y antecedentes de los oferentes- así como los cuestionamientos efectuados por la Agencia Uruguaya de Agencias de Publicidad –respecto de éstos y otros puntos- no evaden la esfera administrativa, constando asimismo que ninguna de las empresas licitantes promovió los correspondientes recursos administrativos contra la decisión del ente”.

Por otra parte, señala que tampoco hubo ilícitos en la organización de la fiesta de inauguración de la planta desulfurizadora de la refinería de La Teja, donde se invirtieron 370.000 dólares en 2013. No obstante, manifiesta que “la suma aparece a todas luces como exorbitante para lo que significó un evento de pocas horas de duración, y para las finanzas de un ente público con dificultades económicas”.

En la conferencia de prensa, Pacheco también manejó esos conceptos: "Sin perjuicio de señalar que la Fiscalía estima exorbitante la cifra gastada en esa ocasión para un evento de pocas horas de duración, se entendió que se encontraba dentro del porcentaje, dentro del rubro publicidad asignado al ente, controlado por el Tribunal de Cuentas, de manera que podía cuestionarse su conveniencia pero no su legalidad".

Otras investigaciones:
El fiscal Pacheco señala en su escrito que se desestimaron varias denuncias en la causa. Por ejemplo, descartó la existencia de importaciones irregulares de crudo entre 2011 y 2013, como había denunciado el Partido Nacional.

“Sobre el punto, y analizando las resultancias de la investigación practicada, cabe concluir que si bien existieron irregularidades administrativas, las mismas han sido subsanadas, y las importaciones realizadas entre los años 2011 y 2013 fueron regularizadas en el año 2015, todo conforme a las manifestaciones del propio Sr. Director Nacional de Aduanas, Cr. E.C. (fs. 1836 y ss.), quien declara que el atraso en las declaraciones únicas aduaneras era un hecho frecuente, que la situación se arrastraba desde el año 1999, y que se admitían las declaraciones aduaneras simplificadas debido a las especiales características que revisten las importaciones de crudo, y al bajo riesgo fiscal que revisten los entes estatales”.

Por otra parte, Pacheco desestimó la comisión de un delito en el proceso de adquisición de un avión en 2012 para ALUR por un valor de 390.000 dólares. “Más allá del análisis que pueda hacerse sobre la conveniencia o no de su adquisición, no se advierten hechos con apariencia delictiva ni con relación a la compra ni con relación a su uso, con la única excepción –debe hacerse notar- de un viaje utilizado para el traslado del entonces Secretario de Política Económica y Planificación del Desarrollo del Ministerio de Economía de la República Argentina, Axel Kicillof, en agosto de 2013, para asistir a un evento de la Fundación Propuesta Uruguay 2030, que no tenía relación alguna con ALUR ni con ANCAP, y que habría sido decidido por autoridades de ANCAP”.

Otro de los temas investigados refiere al pago por parte de ALUR de una partida de dinero a los cortadores de caña, sin los aportes previsionales correspondientes, que el fiscal Pacheco entiende no constituye un delito.
“De las resultancias de la instrucción emerge que, si bien quedó acreditado el pago de tales partidas, que algunos indagados calificaron como `donaciones´, en todo caso –no tratándose de trabajadores dependientes de ALUR- no quedaba claro del punto de vista laboral si correspondía o no el pago de aportes; en todo caso, nos hallamos ante una presunta mera irregularidad de tipo administrativo, sin relevancia penal”, indica la vista fiscal.

Consideraciones finales

En su presentación de ayer el fiscal agregó que, pese a las irregularidades detectadas, cuando se procedió al levantamiento del secreto bancario de todos los indagados no se halló un enriquecimiento patrimonial de ninguno de ellos.

En otro orden, destacó que actuó con “total libertad en esta causa” y que no hubo “presión” de parte el sistema político, los abogados de los indagados ni de sus superiores.

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Producción: Alejandro Rodríguez

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