El artículo 15 del proyecto de ley de Rendición de Cuentas establece que el Poder Ejecutivo queda "eximido de los plazos de cumplimiento" de pagos por demandas pérdidas o laudos arbitrales, si considera que "ello afecta la atención de los servicios a su cargo".
Según abogados constitucionalistas, el artículo es inconstitucional, atenta contra el Estado de Derecho e implica volver a normas de siglos atrás.
“De aprobarse este artículo en el Parlamento, será declarado inconstitucional en la Suprema Corte de Justicia”, dijo el doctor Martín Risso, consultado por El Observador.
Los funcionarios judiciales, que intentan cobrar US$ 40 millones al Poder Ejecutivo de una deuda por aumento salarial, consideraron que el artículo propuesto es “lapidario”.
La Mesa de los Jueves con Esteban Valenti, Carlos Ramela, Fernando Butazzoni y Antonio Mercader.
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