El novedoso mecanismo de producción de la película “La uruguaya”… Y otros telegramas
La Tertulia de los Miércoles con Gabriel Budiño, Leonardo Costa, Teresa Herrera y Agustín Iturralde.
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Sería bueno que si hay críticas al sistema penal y al trabajo de la policía por un juicio penal, se diga concretamente qué se está haciendo mal y cómo corregirlo. Los juicios en Uruguay son todos largos, más aún los penales. De hecho este engendro de código penal se hizo para evitar el juicio y aumentar la productividad del sistema. Juicios de 3 años son comunes y suelen durar más. En Montevideo Portal hay un informe al respecto, increíblemente detallado para lo que ese medio suele publicar. En este caso hubo 37 imputados (lo que surge de la suma), de esos 13 fueron sobreseídos, 9 tienen condena por juicio abreviado, 4 casos fueron archivados (eso significa que por el momento no hay elementos concluyentes, pero que se pueden reabrir) y hay 11 casos que van a juicio. Entonces, 13+9=22 casos cerrados. Capaz que no se cerraron como alguna gente quiere, pero están cerrados por falta de pruebas o porque los imputados se autoinculparon y negociaron «orejeando las cartas» que tenía la fiscalia. No me pregunten a mi la legitimidad moral de esa lógica de negociar materia penal, porque yo no la comparto, pero es la ley y mucha gente aplaude esto justamente porque permite cerrar casos rápidamente y no cree que valga la pena buscar la «verdad material de los hechos». Es un poco esa lógica de que la verdad (material) no existe porque es un mero consenso social. Hay 4 casos archivados y 11 casos abiertos, es decir 15 de 37 que todavía no sabemos en qué van a terminar. Para la «productividad» del sistema penal, los otros 22 casos son asunto cerrado.
El principio de presunción de inocencia dice que cualquier imputado, en el momento de ser imputado arranca como inocente, no como culpable que intenta probar su inocencia. Para poderlo condenar se precisa hacer algo, porque su estado natural es la inocencia. Si el sistema demora no es que arrastra las patas para no penarlo, porque para no penarlo basta con cerrarlo de apuro sin investigar nada. El trabajo del sistema penal, cuando existe, es lo que permite condenar. Si el sistema no trabaja, lo que debe hacer es absolver.
Hace un tiempo teníamos un fiscal que rapidísimo en casos de delitos sexuales que archivó casi 300 casos en unos días y a (casi) todo el mundo le escandalizó la prisa por archivar, aunque no tuvieran acceso a los expedientes. ¿Ahora el tema es que se trabajan los casos y demoran mucho? ¿vamos hacia juicios sumarios basados en la opinión pública? Insisto, cuidado con eso. Acá hay 11 casos que van a juicio y eso significa que el acuerdo que les plantearon les pareció que les era desventajoso respecto al juicio, así que si quieren condenar, tienen que laburar para producir la prueba.
El problema de fondo es que en esta sociedad fragmentada en tribus en la que vivimos ahora, para la opinión pública la gente ya entra al proceso penal con un fallo basado en el «sentir popular» de cada tribu. La justicia, basada en los principios del derecho positivo y de las garantías a los acusados llevan tiempo y no necesariamente logra probar todo lo que sucedió. Y ante la duda, le duela a quien le duela, la justicia debe absolver, no castigar. Yo conozco juicios por accidentes de tránsito que con chicanas y todo se llevan 5 o 6 años, habiendo heridos graves en el medio y todo, porque si no hay suficientes pruebas materiales todo gira en torno a testimonios y a valorar su veracidad.