
EC —Repito, no es eso lo que impugna Philip Morris en su demanda. Es lo que viene después, la medida que tomaron ustedes después en 2008.
WA —En 2006 prohibimos los términos engañosos, light y ultralight. Acá había por ejemplo un Marlboro Light de paquete dorado; Philip Morris hace lo que hizo después en otras partes del mundo en esa época, saca el término light y pone gold, pero lo deja exactamente igual. Con lo cual todos los fumadores sabían que ese era el light. Incluso después de que nosotros tomamos nuestra medida de prohibir variantes, porque habíamos llegado a la conclusión de que la variante era un mecanismo por el cual se engañaba al consumidor.
EC —No se usaban más los términos light o ultralight, pero se usaban marcas u otro tipo de calificativos que daban a entender lo mismo.
WA —Tenían un código de colores. El ultralight era el plateado, el blue era el médium y el light era el dorado, el gold. Nombraban el color.
EC —Eso es lo que se prohíbe con la ordenanza 514/008.
WA —Sí, y ellos lo hicieron explícito en otros países, fundamentalmente en Estados Unidos. En el año 2010 el gobierno de Obama prohibió los términos engañosos en Estados Unidos. Y Philip Morris en ese momento envió un folleto a todos los vendedores diciendo: “El paquete está cambiando pero el contenido es el mismo, el cigarrillo que antes era el Light ahora se va a llamar Gold”. Eso hizo que la Agencia de Control de Alimentos y Drogas de Estados Unidos le hiciera una advertencia a Philip Morris de que estaba continuando con el engaño. Philip Morris desencadena la demanda diciendo que nosotros le expropiamos la marca.
EC —Invoca el Tratado de Protección de Inversiones Uruguay-Suiza sosteniendo que una de las inversiones que había hecho Philip Morris en Uruguay en el despliegue de esas marcas estaba siendo expropiada.
WA —Sí, y que se violaban los derechos de propiedad intelectual y demás. Ese tema fue gran parte del litigio. El otro tema fue que aumentamos las advertencias sanitarias del 50 % al 80 %.
EC —La cajilla pasaba a tener el 80 % de su superficie con advertencias.
WA —Fue una orden directa del presidente aumentar las advertencias.
EC —Un paso en el cual ustedes no se estaban guiando estrictamente por el convenio marco de la OMS.
WA —Sí, está específica y explícitamente establecido en el convenio marco y las directrices. Las directrices dicen claramente que se debe tener mínimo el 50 % y aumentar todo lo que se pueda, no ponen límite. De manera que ahí estábamos enmarcados explícitamente dentro del convenio.
EC —La otra medida, la RPU, es la que no estaba explícitamente en el convenio marco.
WA —Sí, pero está en el espíritu del artículo 11 del convenio marco cuando habla de las marcas de fábrica, del comercio, de los colores, y dice que hay que controlar y regular eso.
EC —En definitiva, después de este largo proceso que insumió estos siete años, este tribunal arbitral le dice a Philip Morris: “Usted no tiene razón, el Estado uruguayo tiene derecho a tomar estas medidas a efectos de proteger la salud de su población”. Esa es la esencia.
WA —Esa es la esencia. Y eso tiene implicancia a nivel mundial, porque reconoce el derecho soberano de los estados a proteger la salud pública cuando las medidas no sean arbitrarias, no sean discriminatorias y sean razonables y hechas de buena fe. Pone varias condiciones, pero reconoce el derecho soberano de los estados. Y además reconoce que el tratado del Convenio Marco para el Control del Tabaco ampara a los países a tomar medidas. Porque nosotros –y los árbitros– decíamos que el tratado de protección de inversiones no se puede analizar aisladamente, también hay que ver los compromisos que Uruguay asume al ratificar el tratado del convenio marco, que es un tratado mundial. Se reconoce que el tratado está basado en evidencia y que los estados tienen derecho a ejercer su soberanía sobre los aspectos de salud.
***









