Directivos de la cooperativa ACAC, que se encuentra en un duro conflicto con AEBU, denunciaron penalmente a varios dirigentes del sindicato de bancarios, a los que acusa de utilizar ilegalmente una base de datos que incluye teléfonos celulares de los socios de la institución para enviarles mensajes de voz.
EN PERSPECTIVA
Martes 13.06.2017, hora 10.25
¿Ustedes tienen claro que los datos personales que dan en un comercio, cuando contratan un servicio o completan un documento deben estar, del otro lado, cuidadosamente protegidos y resguardados?
Sí, aunque no seamos tan conscientes, nuestra información vale y es interesante para múltiples actores. Por eso hay una ley en nuestro país, la Nº 18.331, de agosto del año 2008, que reconoce el derecho a controlar el uso que se hace de los datos personales y, en consecuencia, establece una serie de aspectos a tener en cuenta cuando se recolecta información para una base de datos y luego para el cuidado que hay que tener con ella y la responsabilidad que eso implica.
En síntesis, la ley establece que “las bases de datos personales deben cumplir con la normativa vigente e inscribirse en el registro a cargo de la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales”.
Indica también que “los datos registrados deberán ser veraces, adecuados, ecuánimes (imparciales) y no excesivos en relación con la finalidad para la que se han obtenido”.
Además, “los datos no deben utilizarse para fines diferentes a los solicitados y cumplida su finalidad deberán eliminarse”. “Se debe contar (a su vez) con el consentimiento del titular para tratar sus datos”.
La ley estipula que se debe adoptar medidas de seguridad para proteger los datos recolectados” y que estos deben ser tratados en forma reservada.
Establece además que “el responsable de la base de datos deberá responder por cualquier violación a las disposiciones de la Ley”.
AEBU – ACAC
Son conceptos relativamente nuevos, a los que todavía no nos hemos acostumbrado. Creo que vale la pena repasarlos cada tanto.
Pero hoy, en particular, nos sirven para analizar un litigio que se ha producido en torno a una base de datos entre dos agentes del sistema financiero: uno grande, como es AEBU (Asociación de Empleados Bancarios del Uruguay), y otro bastante más chico: ACAC, una cooperativa de ahorro y crédito por capitalización que opera en el mercado desde 1986.
El Conflicto
Hace tiempo que la cooperativa ACAC y AEBU mantienen un fuerte conflicto.
En los últimos meses, sin embargo, la situación se agravó y dejó de estar exclusivamente en el Ministerio de Trabajo. A esta altura, la discusión ya pasó al ámbito de la Justicia Penal y el Banco Central (BCU).
ACAC denunció penalmente el mes pasado a varios dirigentes de AEBU, incluido el presidente del sector Banca Privada del gremio, Elbio Monegal.
La cooperativa los acusa de utilizar ilegalmente una base de datos que incluye teléfonos celulares de los socios de la institución para enviarles mensajes de voz.
El gremio, por su parte, alega que no ha cometido ningún delito, que la información sobre los socios de la cooperativa les llegó de forma anónima, y que la decisión de utilizarla va en línea con la defensa de sus afiliados.
AEBU denuncia que el conflicto con ACAC se inició a partir de un incumplimiento de la cooperativa. Según se afirma en un comunicado divulgado por el sindicato bancario el 24 de abril pasado, “contemplando las dificultades económicas invocadas por ACAC”, se “suscribió el convenio colectivo del 11 de diciembre de 2015, que incluyó, entre otras cuestiones, cierre de agencias, reubicación de trabajadores en locales administrados por terceros, supresión de guardias de seguridad en las agencias existentes, contratación de personal en forma tercerizada y la transformación del pago de una compensación económica incumplida desde el año 2013 en el pago de un incentivo por asiduidad y puntualidad sujeto a severas condiciones, con un tope de $ 1.600 nominales que representaban no más del 4% de la remuneración promedio de los trabajadores de ACAC”.
Sin embargo, afirma el comunicado, “AEBU no podía imaginar que ACAC negociaba de mala fe incumpliendo la legislación vigente, las normas internacionales y los principios que rigen la negociación colectiva”. Y plantea que “dos meses después de firmado el convenio colectivo, la cooperativa “otorgó —sin noticia alguna al sindicato— un incremento salarial del 41,7% a los jefes, cuya remuneración ya ascendía al doble de la fijada en los consejos de salarios”.
Como consecuencia de ello, AEBU decidió tomar una medida que fue la que denunció ACAC penalmente. ¿Cuál fue esa medida? Utilizar la base de datos que incluía los números de teléfonos celulares de los afiliados a la cooperativa para enviarles un mensaje de voz que decía:
“Como socio de Cooperativa ACAC, usted cuenta con partes sociales. Infórmese de cuánto dinero representan en la cooperativa. Solicite información de la situación, contactándose con su agencia más cercana. Repetimos: Como socio de Cooperativa ACAC, usted cuenta con partes sociales. Infórmese de cuánto dinero representan en la cooperativa. Solicite información de la situación, contactándose con su agencia más cercana”.
En la denuncia, presentada por el abogado Jorge Pereira Schurman, se alega que “este mensaje (de AEBU) generó un gran nerviosismo entre los numerosos socios de la cooperativa que llamaban preocupados por el misterioso comunicado, creyendo por un lado que lo enviaba la propia ACAC”.
El gerente general de ACAC, Juan Daufin, contó en diálogo con En Perspectiva algo más sobre el impacto que les generó esta medida del sindicato:
“Si eso sucede en cualquier otra institución financiera que capte ahorro esto genera una corrida. Y esto es una corrida generada en ACAC pero limitada en la medida que toda la cooperativa se puso a explicar y a responder que eso no era un mensaje enviado por la cooperativa y que la cooperativa tenía la solvencia patrimonial como para devolver el capital social que los socios tienen invertido”, dijo Daufin.
En concreto, decía el gerente general, hubo más de 400 socios que solicitaron retirar su parte social, de un total de 200.000 aproximadamente que tiene la cooperativa. Él indicaba que más allá del efecto económico financiero que esto puede tener para la institución, de por medio hay un riesgo reputacional. Incluso se refirió al impacto para el sistema financiero en su conjunto.
Según Daufin, “el riesgo actualmente es si esta situación sigue, porque seguimos recibiendo llamadas. El riesgo es reputacional. Una institución financiera debe cuidar su reputación y se debe manejar con mucho cuidado la información más importante, que es la de sus clientes o socios. Es un daño reputacional que perjudica no sólo desde el punto de vista económico. AEBU lo que está haciendo cuando usa (la base de datos) y después sale a justificar esto, es diciéndole a todo el sistema financiero que puede generar un riesgo sistémico mañana: <Así como se lo hice a ACAC mañana puedo usar la base de datos de cualquier banco para generar una corrida>, y esto es lo que a nosotros nos preocupa porque puede poner en riesgo a todo el sistema financiero. Por eso realizamos no sólo la denuncia penal, sino también en la Unidad Reguladora de Datos Personales, en el Banco Central y en el Ministerio de Trabajo”.
La empresa considera – como escuchábamos- que utilizar esa base de datos contraviene entre otras cosas la Ley 18.331 de protección de datos personales y acción de “habeas data”, y el artículo 302 del Código Penal sobre “revelación de secreto profesional”.
Y por eso sus autoridades decidieron actuar:
“Nos vimos hasta obligados a hacer la denuncia penal porque antes que ACAC está la defensa de los datos personales de las personas de cualquiera de nosotros. Cuando damos nuestros datos es para que se utilice en ese vínculo comercial o contractual que generamos con esa institución y no que sea utilizada por un tercero sin autorización, cosa que fue reconocida y hasta justificada por AEBU”, sostuvo Daufin.
¿Y qué explicaciones da el sindicato bancario?
En diálogo con En Perspectiva, el presidente del sector Banca Privada de AEBU, Elbio Monegal, reconoció que fue él, personalmente, quien tomó la decisión de enviar esos mensajes, aunque negó haber cometido un delito por ello.
La visión que tiene el gremio sobre este hecho y sobre por qué resolvió usar esa base de datos es bien distinta a la de la cooperativa:
“Primera aclaración: no usamos la base de datos. Lo que recibimos fue un padrón social que lo que contenía eran nombres y teléfonos. Se decidió utilizarlo porque tenemos un conflicto muy duro en la cooperativa desde 2016 por discriminación y persecución sindical. Y eso dio como corolario de la política antisindical de la empresa, que despidió a 20 trabajadores, que además eran los que sostenían el conflicto por sus características y su compromiso. En función de eso, nosotros habíamos recibido hace algunos meses la información que en un principio decidimos no usarla porque no le encontrábamos sentido. Sin embargo, cuando pasó esto (los despidos) entonces sí resolvimos usarla enviándole un mensaje de voz a los socios de la cooperativa simplemente informándoles de que ellos tienen derecho a una parte social y a esos beneficios”, explicó Monegal.
Y según el sindicato…. ¿Qué impacto podría tener la medida que tomaron en ACAC específicamente? ¿Y en el sistema financiero en general?
Monegal respondió lo siguiente:
“ACAC no entiende mucho cómo funciona el sistema financiero. Ellos hablan de corrida y la corrida sólo se puede dar en los bancos que son los que toman depósitos. Cuando hablamos de corrida en el sistema financiero es por corrida de depósitos; ellos son una cooperativa de capitalización y no toman depósitos, por lo tanto mal pueden tener una corrida. AEBU cumplió el 5 de mayo 75 años y hace 75 años que convivimos con los bancos y el sistema financiero, y no hemos tenido ningún tipo de problema. Ahora, todos en Uruguay conocemos las reglas de juego y sabemos hasta dónde vamos y qué cosas hacemos. Por ejemplo, a los bancos no se les ocurriría echar a 20 trabajadores sólo por su condición de afiliados a AEBU. Entonces ese riesgo no es tal. No existe un riesgo sistémico como ellos dicen.
Además, en los bancos los únicos responsables de las bases de datos -porque así lo dice la ley- son los que las administran. Por eso nosotros no tenemos ningún tipo de problema en ese sentido. No estamos abarcados por la ley, no incumplimos nada porque no somos quienes la creamos, ni quienes la registramos ni quienes la administramos. Los bancos tienen un cuidado muy especial con las bases de datos, a las que no tiene acceso nadie. Nadie. Por lo tanto tampoco tendríamos acceso nosotros.
Ellos quieren que de un conflicto que para el sistema financiero es insignificante (porque ACAC no llega a tener el 1% del crédito del sistema), generar una conmoción que no es tal, porque nadie en el sistema se ha preocupado en llamarme y decirme: “Bo, loco, ¿qué está pasando?”. Voy todos los días a reuniones con los gerentes de bancos y ni me mencionan el tema. Esta gente quiere generar un poco de confusión para tapar una política antisindical que está demodé y que no se condice con la condición del país”.
En Perspectiva consultó a autoridades de los bancos y efectivamente este conflicto no ha generado mayor preocupación en el sector y tampoco se visualiza que una medida de este tipo pueda extenderse a otras empresas del sistema.
Banco Central
Mientras tanto…. ¿Qué ha pasado con este tema en el Banco Central del Uruguay (BCU)? ¿Tuvo que intervenir la autoridad reguladora del sistema financiero?
En el BCU confirmaron a En Perspectiva que recibieron “la denuncia de la Cooperativa ACAC relativa a la utilización de la base de datos por parte de AEBU” y que la institución “se encuentra actuando en el marco de sus competencias”.
En el caso particular de ACAC, según explicaron, “resulta de aplicación el artículo 35 de la Carta Orgánica del BCU” en los literales k) y l). Allí se establece que “además del monitoreo permanente de las entidades supervisadas a partir de la información periódica que les es requerida por la regulación vigente, la Superintendencia de Instituciones Financieras tiene potestades para requerir toda la información que estime necesaria a efectos de formarse una opinión de la situación de las empresas”.
Dentro de sus potestades, el BCU puede “aplicar sanciones de observaciones, apercibimientos y multas” a las instituciones que “infrinjan las leyes y decretos que rijan su actividad o las normas generales o instrucciones particulares dictadas a su respecto”.
Y entonces…¿puede suceder que ACAC, que fue quien denunció el hecho ante el BCU, termine siendo sancionada por esta institución?
Según nos aclaró el BCU a través de su Departamento de Comunicación, esta institución no tiene atribuciones para adoptar medidas con relación a la participación que haya tenido AEBU en el caso.
Una medida posible, por parte del BCU, en caso que determinarse que ACAC hubiera incumplido con la Ley de Protección de Datos Personales, es dar cuenta a la Unidad de Regulación y Control de Datos Personales, la autoridad de aplicación de esa Ley.
“También, a través de la evaluación del caso, el BCU se forma opinión de la calidad de la gestión de ACAC y puede instruir medidas para mejorar el control de riesgos”, indicaron desde el departamento de comunicación del BCU.
La Unidad de Regulación
¿Y la Unidad de Regulación y Control de Datos Personales, la autoridad de aplicación de esa Ley, está actuando en este caso?
Sí, según confirmaron a En Perspectiva en este organismo allí hay un expediente sobre el tema que se encuentra en trámite, y por eso no pueden dar más detalles al respecto.
En la justicia
¿Y mientras tanto qué sucede con este caso en la justicia?
En el ámbito judicial confirmaron a la producción de En Perspectiva que el expediente está para fijar audiencia, o sea, para determinar la fecha en que se citará a los denunciantes para ratificar la denuncia y a aquellos que el juez considere necesario interrogar según sea el caso.
En suma
La forma cómo se resuelva este caso en la Justicia, en el BCU y en la unidad de control competente, puede ser interesante para generar un antecedente que nos permita a todos -a quienes cuidan la base de datos, a quienes tienen acceso a ella y a quienes facilitan sus datos para integrarla – tomar mayor conciencia de lo que implica esa fuente de información y hasta por qué hay una ley que vela por eso.
Despidos: Por qué
Pero hay más en este diferendo entre ACAC y AEBU.
Más allá de esta diferencia en particular entre ACAC y AEBU por el uso de la información de la cooperativa, uno puede preguntarse por qué se dio el despido de casi una veintena de trabajadores de ACAC.
La versión de la firma es que debió despedir a 18 trabajadores por otra medida que denuncia que el sindicato llevó a cabo el año pasado. Concretamente se trató de un “boicot”, según la empresa, para que a la cooperativa se le cortaran todas las líneas de crédito que tenía con cinco bancos, lo que hizo que al quedarse sin financiamiento la empresa debiera enviar a esos trabajadores al seguro de paro y posteriormente despedirlos.
AEBU, en cambio, dice que no se trató de un boicot en el que estuviera involucrado, sino que fue una definición de los propios bancos, que cuidan su dinero cuando ven que ACAC venía de años de números rojos y enfrentaba, por otro lado, un duro diferendo con el sindicato bancario.
Una agresión
Hasta aquí el conflicto ya venía siendo bastante duro. Pero en las últimas semanas se sumó otro hecho que hizo recrudecer el enfrentamiento.
Según denuncia ACAC, un funcionario de la cooperativa afiliado a AEBU que fue a votar en las elecciones del gremio, fue agredido cuando intentaron impedirle que sufragara.
El funcionario realizó una denuncia penal luego de constatar las agresiones con un médico forense. En este caso la denuncia no fue realizada por la empresa, sino por el funcionario, pero los hechos vinieron a engrosar toda esta situación tan complicada.
Sobre este punto Monegal se limitó a decir que lo que sucedió fue “una pavada” y advirtió que no realizaría declaraciones al respecto porque hacerlo sería darle trascendencia al hecho.
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Crédito Foto: AEBU