Entrevistas

Proyecto de Vertiente Artiguista que prohíbe dormir en la calle no "criminaliza": Indigentes "corren un riesgo gravísimo de salud" y "el Estado tiene la obligación de intervenir"

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Daoiz Uriarte, abogado y dirigente de ese sector frenteamplista, explica por qué este proyecto no considera estar en situación de calle como un delito ni una falta, pero sí por qué lo prohíbe y cómo se pondría en práctica

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Más de 2.000 personas viven en las calles en Montevideo, según el último censo, realizado esta año, del Ministerio de Desarrollo Social. Es un problema persistente que provoca muertes en invierno y deteriora la convivencia, la seguridad y la higiene en la ciudad.

¿Qué debe hacer el Estado? ¿Qué puede hacer el Estado? Esta discusión vuelve de manera recurrente al ámbito político sin que hasta ahora se hayan adoptado medidas eficientes en esta materia.

En estos días la Vertiente Artiguista está elaborando un proyecto de ley que prohíbe acampar y dormir en espacios públicos en cualquier momento del día y del año.

La propuesta será formalmente presentada el viernes próximo en la Mesa Política del Frente Amplio. Según informó El Observador, hay sectores dentro del oficialismo, como el Partido Comunista y el Partido Socialista, que dudan que el camino que que se está sugiriendo sea efectivo.

Para conocer más de esta iniciativa, En Perspectiva recibió al abogado Daoiz Uriarte, dirigente de la Vertiente Artiguista e impulsor del proyecto.

El texto propone que cada persona encontrada durmiendo en la calle sea obligada a trasladarse a la casa de un familiar o a un refugio del Mides y, si no acepta ninguna de esas opciones, un juez pueda ordenar su conducción al refugio más próximo.

En la entrevista, Uriarte destacó lo siguiente sobre las motivaciones del proyecto:

Ya veníamos trabajando en el proyecto. Fundamentalmente lo que desnudó la situación fue la muerte de una persona en Pando, donde la Intendencia de Canelones intentó que se aplicara la Ley de Faltas y la Justicia entendió que no correspondía aplicarla.

Creo que efectivamente analizando la situación hay lagunas en la ley, no tiene la perfección necesaria para que pueda aplicarse la prohibición que está prevista.

El articulo 368 de la Ley de Faltas de 2013, establece que:

“El que fuera del ejercicio del derecho consagrado en el artículo 57 de la Constitución de la República, ocupare espacios públicos acampando o pernoctando en forma permanente en ellos, será castigado con pena de 7 (siete) a 30 (treinta) días de prestación de trabajo comunitario, si habiendo sido intimado 2 (dos) veces de que desista de su actitud, por parte de la autoridad municipal o policial correspondiente, persiste en la misma”.

Al respecto, Uriarte destacó que al aplicar la Ley de Faltas en estos casos se está “criminalizando” a las personas que duermen en la calle y que tanto esta ley como la de internación compulsiva de 2011, “no han funcionado en la forma que iba a funcionar”.

-Estamos criminalizando una situación, que es dormir en la calle, y eso no soluciona nada, porque gran parte de esta situación ha estado muchos años institucionalizada, ya sea en la cárcel o en el hospital, entonces: ¿cuál es el problema de que aparezca un juez y le diga "usted cometió una falta y va a tener que hacer trabajo comunitario"? No siente el apercibimiento de la ley o la coacción de la ley. Probablemente ni siquiera se pueda aplicar, porque cuando vayas a tratar ya no está en ese lugar y está en otro. No es realista.

-Entonces, hay dos intentos por la vía de la ley, se votó dos leyes, y de hecho se está admitiendo que no han servido, que no han funcionado.

-Yo creo que no han funcionado, por lo menos en la forma en que se pensó que iba a funcionar. ¿Por qué se nos ocurrió esto y cuál es la diferencia de lo que estamos planteando? La diferencia es que no es ni una falta ni un delito, es simplemente una situación donde las personas no pueden estar y entonces hay que conducirlas. Y digo conducirlas: quiere decir sacarlas de la calle y llevarlas a un refugio, aun contra su voluntad. Y voy a poner un ejemplo que en derecho es muy común: cuando uno es citado como testigo y no tiene ganas de ir a declarar, el juez directamente ordena que vaya la Policía, lo detenga y lo lleve al juzgado a declarar. Si ahí la persona se niega a declarar, puede incurrir en desacato, pero ahí es conducido. Y una vez que declara, se va, y no cometió ningún delito.

Uriarte destacó que su proyecto está pensado para “los 365 días del año, durante 24 horas”

-Las personas que están en situación de calle corren un riesgo gravísimo de salud, no solo en invierno. Porque en verano, con 30 y pico de grados de calor, sin higiene, durmiendo en la calle, también se está corriendo un riesgo de salud muy importante. Aparte de que uno cuando está durmiendo está en la situación de máxima vulnerabilidad. Tiene inconciencia, por lo tanto puede ser objeto de accidentes, porque no se puede prevenir de ellos; puede ser objeto de agresiones, de personas o de animales; y también, por supuesto, está mucho más expuesto a contagio de enfermedades. Y esto se da no solo a las tres de la mañana un día de invierno, se da también a las nueve de la mañana, a las tres de la tarde. Por eso el proyecto está pensado para los 365 días del año durante las 24 horas.

-Y está pensado, decía usted, desde el punto de vista de la persona, de la seguridad y la salud de la persona.

-Pero no solo eso, porque el artículo 44 de la Constitución tiene dos enunciaciones muy claves. La primera: todo el mundo tiene la obligación de cuidar de su salud. O sea que la persona tiene la misma obligación que yo de cuidar de su salud. Pero a su vez la Constitución dice que el Estado tiene que dar asistencia a aquellas personas que por estar en estado de indigencia no pueden proporcionársela. Entonces, con esos dos aspectos, la persona tiene el deber de cuidarse pero como está en la indigencia no se cuida, porque duerme en la calle, porque no tiene higiene, etcétera; el Estado tiene no solo el derecho sino la obligación de intervenir.

Consultado sobre cómo se llevaría adelante la prohibición de acampar y dormir en espacios públicos en cualquier momento del día y del año, Uriarte dijo lo siguiente:

-Los grupos del Mides o de las intendencias que recorren habitualmente la ciudad justamente por estas situaciones, obviamente lo que tienen que decir es: "Señor, usted no puede estar así. Si quiere puede ir a la casa de un familiar, de un amigo, etcétera, lo llevamos hasta ahí, le proporcionamos la locomoción. Si usted no quiere eso, entonces elija un refugio de los que tenemos". Y si la persona sigue insistiendo, se da cuenta al juez, y esto es muy importante, no se puede saltear, porque cualquier acto que implique llevar a alguien contra su voluntad es necesario un juez. No tiene discrecionalidad: simplemente si la persona insiste, "llévenlo al refugio".

-¿Y eso se puede solucionar rápido?

-Inmediatamente, es una llamada telefónica.

-¿En ese caso los funcionarios a cargo se ocupan de trasladar a esa persona?

-Ahí está.

-¿Pero lo hace un funcionario del Mides, de la Intendencia? ¿Quién conduce por la fuerza?

-Siempre para estas normas se puede recurrir al auxilio de la fuerza pública.

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Foto en Home: Agustín Magallanes

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