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El jueves pasado, la Organización Internacional del Trabajo aprobó la primera norma internacional para regular el trabajo en plataformas digitales.
Con 406 votos a favor, 8 en contra y 36 abstenciones, representantes de Gobiernos, empleadores y trabajadores, reunidos en la Conferencia Anual del organismo, aprobaron la normativa sobre trabajo de plataformas.
En 2023 el Banco Mundial estimó que había hasta 435 millones de trabajadores de plataformas digitales en el mundo, que en gran medida han quedado fuera de las protecciones laborales.
El crecimiento de estas plataformas durante las últimas décadas ha abierto nuevos mercados para las empresas y creado oportunidades de empleo e ingresos, "ofreciendo cierta flexibilidad a algunos trabajadores y caracterizándose por bajas barreras de entrada", según la OIT.
Pero las condiciones a veces dejan que desear, ya que están reguladas por contratos de prestación de servicios o autónomos, en vez de ser asalariados de las empresas.
Las compañías que están detrás de las aplicaciones, como Uber, Pedidos Ya o Rappi, controlan el trabajo por encargo mediante algoritmos que asignan tareas, fijan la remuneración y evalúan el desempeño.
Esto les permite, en muchos casos, ignorar aspectos como los requisitos de salario mínimo, la seguridad en el lugar de trabajo y el acceso a la seguridad social.
El acuerdo de la OIT tiene como objetivo ampliar las protecciones laborales a millones de personas en todo el mundo que trabajan a través de plataformas digitales, en ámbitos como el reparto de comida y los servicios de transporte.
¿Qué implica este nuevo convenio? ¿Qué derechos abarca? ¿Qué implicaría para Uruguay y los trabajadores migrantes este cambio?
Romina Andrioli con el Dr. Juan Raso, excatedrático de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social, y actual profesor de posgrado en la Universidad de la República y la Universidad de Montevideo.
















